Page 446 - La Rebelión de Huánuco. Vol 2
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Volumen  2
                                  Autos seguidos sobre el descubrimiento de los autores de la rebelión de Huánuco
                          Ante mi Nicolas Ambrocio de Ariza (Rubricado).
                                     Escribano de Su Magestad


                    Siendo solisitado los autos de que en el presendente se hase mencion
            no son havidos por ser llevados entre otros en el saqueo que hisieron los Yn-
            dios insurjentes, y segun hago acuerdo los enunciados Antonio Espinosa y
            Don Antonio Zavala transaron el litigio y excusa por cien por que este dio á
            aquel es lo que puedo exponer. Huanuco y Mayo 3 de 1812.
                          Ante mi Nicolas Ambrocio de Ariza (Rubricado).
                                     Escribano de Su Magestad

                    (Al margen:)
                    Huanuco y Mayo 2 de 1812.
                    Respecto de que en este ínstante se me acaba de dar parte que el reo
            Narsiso Truxillo está en su casa, mando que inmediatamente lo condusca pre-
            so á mi presencia el oficial de milicias don Josef Espinosa, sírviendo este dato
            de mandamiento en forma.
                                      Gonsales (Rubricado).
                                   Mariano Flores (Rubricado).
                          Ante mi Nicolas Ambrocio de Ariza (Rubricado).
                                     Escribano de Su Magestad


                    En el mismo dia haviendose berificado la pricion del reo Narsíso Tru-
            xillo, y conduccion a mi presencia, visto que este es menor de veinte y cinco
            años segun lo á referido, y lo representa por su aspecto, siendole mandado
            nombrar curador que le defienda en esta causa dijo, que nombraba a don Pe-
            dro Tello vesino de esta ciudad, el qual haviendo comparecido aceptó y juró
            el cargo en toda forma de derecho de defensor a dicho su menor hacíendo las
            diligencias en juicio, y fuera de el, tomando para ello consejo de personas de
            síencia, y consiencia para el mejor asierto á cuya consequencia le disierno el
            cargo de tal curador, concedíendole poder, y todas las facultades que como á
            tal le corresponde interponiendo como interpongo mi autoridad judisial y lo
            firmaron con Su Señoria de que doy fee.
                               Josef Gonsales de Prada (Rubricado).
                                     Pedro Tello (Rubricado).
                                   Mariano Flores (Rubricado).



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