Page 339 - La Rebelión de Huánuco. Vol 2
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La Rebelión de Huánuco de 1812
                    En obedecimiento de la orden verbal que me á dado el Señor Gover-
            nador Yntendente he pasado yo el Escribano á la Real Carcel en el dia de hoy
            siendolo como las tres de la tarde y allanada que fue solicité á los reos profugos
            y llamados, y no fueron havídos en ella por no háverse presentado á Excep-
            cion de Sebastian Perez que fue condusido, y puesto preso de que doy fee.
                                   Mariano Flores (Rubricado).
                              Nicolas Ambrocio de Ariza (Rubricado).
                                    Escribano de su Magestad.


                    (Al margen:)
                    Huanuco, y Abril 11 de 1812.
                    Vista la diligencia que precede y en rebeldia de todos los reos profugos
            que no han comparecido se les señalan los estrados con quien se entende-
            rán sus notificaciones y demas diligencias que combengan, y comuniqueseles
            traslado con el tiempo de tres quartos de hora, pasados los quales trayganse
            todos los de su materia.
                                      Gonsales (Rubricado).
                                      Travitaso (Rubricado).
                                   Mariano Flores (Rubricado).
                          Antemi Nicolas Ambrocio de Ariza (Rubricado).
                                    Escribano de su Magestad.


                    En dicho dia siendo como las tres y medía de la tarde notificamos é
            hicimos saver el precedente auto en los estrados de esta Audiencia y de ello
            doy fee.
                    Ariza (Rubricado).                  Flores (Rubricado).


                    En el mismo día á las quatro y media de la tarde por haver pasado el
            termino con que se comunicó el traslado á los Estrados. unimos todos los au-
            tos de la materia, y los pusimos a la vista de Su Señoria de que doy fee.
                    Ariza (Rubricado).                  Flores (Rubricado).

                    (Al margen:)
                    Huanuco y Abril 11 de 1812.
                    Autos y vistos: Traslado, y recibase la causa á prueba con el termino de
            díez dias comunes, y con todos cargos de Publicacion, conclucion, y citacion



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