Page 19 - La Rebelión de Huánuco. Vol 2
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La Rebelión de Huánuco de 1812
                    (Al margen:)
                    Cerro y Marzo 2, de 1812.
                    Por recivido exte expediente y admitida la Comición á mi conferida:
            procédase á la continuación de la causa por sus trámites.
                    Assí lo probeo, mando y firmo con testigos.
                                         Mariano Jossé de Tapia y Velarde (Rubricado).

                    (Al margen:)
                    Cerro y Marzo 2, de 1812.
                    Vistos: y teniendo consideración al estado de la causa y modo que se
            ha principiado: procédase a continuar la declaraciones intructivas que queda-
            ron suspensas para con lo que resulte probea.
                    Así lo proveo mando y firmo el Comisionado actuando con testigos.
                                                               Tapia (Rubricado).


                    En el Cerro (A margen: Ulloa —rubricado—) de Yauricocha en cuatro
            días del mes de Marzo de mil ochocientos dose años Yo Don Mariano José de
            Tapia Abogado de la Real Audiencia de Lima y de su Ylustre Colegio en uso
            de la Comición que se me tiene conferida, y en virtud del anterior Decreto
            hise compareser por medio de tres Ministros de Justicia al reo Manuel Rivera
            de quien reciví Juramento que lo hizo por Dios Nuestro Señor y una señal de
            Cruz en forma de Derecho, so cuyo cargo ofreció decir verdad de lo que supie-
            re y le fuere preguntado: y siéndolo con atención á lo que resulta del Prosseso,
            Dijo ser nacido en la Ciudad de Quito, hijo lexitimo de Vizente Rivera, y de
            Rosalía Ortega naturales del mismo Quito de edad como de cuarenta años de
            oficio Platero, y con cuyos productos se ha mantenido toda su vida, y responde.
                    Preguntado por la causa de su prición, y por el Jues que la ordenó, dijo
            que ignora la causa de su prición, y que solo save, que ha sido de orden del
            Señor Subdelegado del Partido, y responde.
                    Recombenido como falta á la Religión del Juramento diciendo, que
            ignora la cauza de su prisión cuando es notorio, que esta trahe su origen de su
            mala versación, concurso con insurgentes, y últimamente ha sido denunciado
            como reboltoso, y promovedor de sublevaciones, dijo que los cargos que se le
            hacen son falzos, y él único motivo que encuentra es haver sido convidado á
            comer en su casa el día de su santo á cuatro amigos suyos, que concurrieron
            con sus lexítimas mugeres: ha saver Don Mariano Cárdenas, Don Agustín



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