Page 406 - La Rebelión de Huánuco. Vol 1
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Volumen  1
                                        Sobre la insurreción en Huánuco y la creación de una Junta Gubernativa
                    (Al margen)
                    A la 3a. [testado] dijo: que no ha llegado a noticia del declarante el que
            se intentase, ni solisitase crear en esta Ciudad una Junta Guvernatiba, y que
            solo se acuerda que uno que vino de Ambo de quien no hace memoria le con-
            tó que a su Señoría le pasaron oficio queriendo hacer Junta, los de esta Ciudad
            y responde
                    Repreguntado que como havía de ignorar de la solicitud de crear Junta
            quando como Subdelegado que fue nombrado, y persona visible de la Ciudad
            devía de concurrir á todos los actos que se selebrasen en el lugar dijo: Que el
            día 2 del presente bolvieron á entrar los yndios á la Ciudad, lo aclamaron á
            Castillo por General protestando matar al declarante de cuyas resultas siem-
            pre anduvo fugitivo, hiendo, y viniendo de su chacara a esta Ciudad sin mes-
            clarse con ellos y responde
                    (Al margen)
                    A la 4a. Que ignora por que siendo llamado por Castillo para contestar
            un oficio á su Señoría se escusó diciendo que el como que estaba mandado
            devia hacerlo, y que estando en la Junta se escapó el declarante, por lo que solo
            de noticias save se dirigió tal oficio, y responde
                    (Al margen)
                    A la 5a. Que absuelbe la pregunta con decir que Castillo y los yndios
            heran los únicos que con sus mosos parciales querían impedir la entrada de su
            Señoría pues los vecinos desentes la deseaban con ancia, y responde
                    (Al margen)
                    A la 6a. Que ignora, pero que supo por boca del Regidor Narro que
            solo Castillo les dijo a los Cavildantes que si hiban bolverían cadáveres del
            Tingo, y responde
                    (Al margen)
                    A la 7a. Que ignora por no haver asistido á las Juntas: Que es quanto
            puede declarar sobre el particular en que se afirmó y ratificó, que no le com-
            prehenden las generales de la ley, que es de edad de quarenta y ocho años y lo
            firmó con su Señoría de que doy fee.
                    Josef Gonsales de Prada (Rubricado). Domingo Berrospi (Rubricado).
            Ante mi. Nicolas Ambrocio de Ariza (Rubricado).


                    Yncontinenti para seguir la información hizo comparecer su Señoría
            al Alcalde de primer voto de esta Ciudad Don Pedro Espinosa, y por ante mi le



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