Page 152 - Guerrillas y montoneras durante la Independencia - Vol-6
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Volumen 6
Documentos de 1824
Expedirá Usted ordenes las mas actibas y egecutibas para que todos los
ganados que desde Reyes a este punto hé visto en las margenes de la Laguna
se retiren a las Cordilleras, mandando comisionados de probidad, (Testado:
para) semanalmente para que especulen y vean si se hán cumplido las orde-
nes y para que todos los ganados de los que no huviesen cumplido lo que se
há mandado se embarguen y se retiren de cuenta del Estado, dándoles un
documento a los propietarios con espresion del motibo con que se han toma-
do. La orden anterior y esta con respecto a los ganados es estensiba aun a los
Pueblos y Haciendas del Gobierno de Canta, y con arreglo a las instrucciones
que tengo de Su Excelencia el Libertador, siendo Usted responsable con su
vida y empleo de los ganados que por falta de cumplimiento a esta orden, to-
men los enemigos en las incursiones que hagan con respecto a que está Usted
autorizado para con las Partidas de guerrilla (que por oficio pedirá Usted al
Comandante Fresco) hacer sobstener y cumplir todas sus ordenes, remitien-
dome preso, a todo aquel que se opusiese (Testado: el cumplimiento) a ellas y
no obedeciesen.
Para que los Pueblos y Acendados inmediatos no tengan por disculpa
el que los dueños de los pastos de las cordilleras les mesquinan poner los gana-
dos en ellos les franqueará Usted los correspondientes documentos para que
sean admitidos sin calidad de pagar arrendamientos de los pastos.
Ultimamente me dará Usted a la maior brevedad puntual aviso y el
mas sircunstanciado del cumplimiento de esta orden para pasarlo al conoci-
miento de Su Excelencia el Libertador.
Dios guarde a Usted muchos años.
(Al margen)
Otro al mismo.
Debiendo probeerse con toda anticipacion en los Pueblos y lugares
que ha de parar el Exercito del mas abundante acopio de champas, leña, buñi-
ga etcetera dispondrá Usted que en Raneas se pongan quarenta mil champas,
en Pasco otras tantas, en Ninacaca veinte mil, en Carhuamayo veinte mil en
Reyes (Testado: cincuenta) ochenta mil,, y que en todos ellos se pongan con
precaución de que los Enemigos jamas las tomen, ni las destruyan.
Atendiendo a que los Pueblos de Reyes, Carhuamayo y Ninacaca por
la inmediacion al enemigo están enteramente destruidos y sus avitantes es-
parcidos por los cerros, ordenará Usted que los Pueblos de Ulucmayo, Pau-
cartambo, Huachón y Quiparacra se distribuyan para el acopio de leña en el
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