Page 210 - Guerrillas y montoneras durante la Independencia - Vol-5
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Volumen 5
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            de firmeza que corresponde y aun dandome parte y mandandome los prepos
            por su recistencia para imponerles la multa que convengan.
                    Reunidos todos los cavallos me los remesara Usted con un oficial ó
            Sargento de toda confianza á quien se hara responzable de uno solo que falte ó
            se trueque y con la escolta de seis ú ocho hombres viniendo tamvien firmada
            por Usted la razon de todos ellos, con sus colores y marcas, expresando igual-
            mente el nombre de los dueños y pueblo donde reciden, para que justiprecian-
            dolos aqui por peritos nombrados, se expidan los recivos por el Capitan Co-
            micionado Martin, se entreguen (Testado: devuelvan) á los interesados, para
            que la Hacienda Nacional los pague oportunamente.
                    Del cumplimiento de (Testado: toda) esta orden en su puntual tenor es
            Usted inmediatamente responsable.
                    Dios guarde a Usted muchos años. Cuzco 9 de Octubre de 1823.


                             C.G.Q. Mss. M.E.N.A. Fot. CNSIP. T. 25, Leg. 4. C. 1, Doc. 2.



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                    La falta de salud en que me hayo actualmente no da lugar por haora
            á realizar la obediencia con que benero las dispociciones del Soberano Con-
            greso, cuya orden se sirben Vuestras Señorías comunicarme con fecha 23 del
            pasado relativa á que pase á ocupar la bacante del Señor Don Toribio Dabalos
            que obtenia la Diputacion en propiedad por esta Costa: Luego que me haye
            restablecido cumpliré la citada orden; y espero tengan Vuestras Señorías la
            bondad de haserlo así presente a la Soberana representacion Nacional.
                    Dios guarde a Vuestras Señorías muchos años. Supe Octubre 9 de
            1823.
                                                Pedro Sayan (Rubricado)
                    (Al margen)
                    Lima y Octubre 12/823.
                    Archivese.
                    Señores Don Manuel Muelle y Don Manuel Antonio Colmenares Di-
            putados Secretarios del Soberano Congreso.


                                   A.C.D.P. Mss. Leg. 1, C. 8, N° 24, s. cat.



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