Page 165 - Guerrillas y montoneras durante la Independencia - Vol-3
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             Guerrillas y montoneras durante la Independencia
            por que casi no dieron lugar, á tomar ninguna disposicion, entrando assi mis-
            mo las alajas y paramentos de la Iglesia que quitaron en circunstancias de que
            se conducian por ver si se podian salvar.
                    (Al margen)
                    A la segunda Dixo:
                    Que con motivo de haver emigrado del lugar con otros vecinos aquel
            dia, ignora si se hizo la distribucion que se dice en esta pregunta, pero que
            quando regreso de su emigracion, le aseguraron que en la puerta de la Iglesia
            se havian repartido entre ellos muchas cosas.
                    (Al margen)
                    A la tercera Dijo:
                    Que es cierto lo contenido en ella.
                    (Al margen)
                    A la quarta Dijo:
                    Que quanto se expone en esta pregunta es verdadero, siendo uno de
            ellos el Declarante á quien le ofició para que resguardase la seguridad de los
            soldados Civicos que le acompañaban.
                    (Al margen)
                    A la quinta Dijo:
                    Que es efectivo que quando aprisionaron al Governador Interino Ta-
            mes, tomó el mando para evitar los desordenes del Pueblo, y estando en el,
            recivió oficio del Señor Presidente del Departamento autorizandolo de tal
            Governador.
                    (Al margen)
                    A la sexta Dijo:
                    Que es de notoriedad, que en todas las veces que han venido los ene-
            migos á este Punto, han dejado recados politicos de que necessitan su caveza y
            otras expresiones infames, tan solo por que siendo Europeo se haya constitui-
            do á ser buen servidor de la Patria segun publica voz y fama. Y que esta es la
            verdad y lo que puede decir so cargo del Juramento que tiene fecho en que se
            afirmó y ratificó. Que no le comprehenden las generales de la Ley, y diciendo
            ser de edad de quarenta y dos años lo firmó de que certifico=
            Isidoro Villar (Rubricado)                  Dionisio Minaya (Rubricado)
            testigo
                                                José María de Illanes (Rubricado)





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