Page 451 - Guerrillas y montoneras durante la Independencia - Vol-1
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             Guerrillas y montoneras durante la Independencia



















              DILIGENCIAS PRACTICADAS A RAÍZ DEL ALBOROTO OCURRIDO EN
                                    LA HCIENDA DE HUAURA

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                    Tarma y Febrero 6 de 1821
                    En lo principal: por debuelto a este Gobierno e Intendencia este expe-
            diente, con las diligencias actuadas por el Alcalde Mayor de Pasco, don Pedro
            Jose del Castillo, en puntual cumplimiento de lo mandado en mi Decreto de
            15 de Enero anterior de foja 1°: y respecto de que de las declaraciones recividas
            por dicho Comicionado, resulta plenamente justificado el punible criminal
            alvoroto, que causaron en la hacienda de Huaura, en la noche del 16 del proxi-
            mo pasado [ilegible] don Tomas Espiritu, y Domingo Pomasongo, caudillos, y
            sus sequaces, con los depravados designios de extorcionar el ganado de dicha
            hacienda, y de amagar contra la vida de don Vitorino Suarez, encargado del
            gobierno de ella, en ausencia del mayordomo don Jose Suarez, su padre: para
            que semejantes permiciosos delitos no queden impunes, con detrimento de la
            vindicta publica; confierese por este gobierno comicion bastante, y la necesa-
            ria en derecho, a Don Clemente Rodriguez, para que con el auxilio, que pida,
            y la franquearán, sin demora, en vista de este Decreto, los alcaldes de quales-
            quiera de los pueblos de mi jurisdiccion, pase a la hacienda de Huaura, y con-
            duzca presos, a buena guardia, y custodia, a esta capital, y a mi disposicion,
            a Tomas Espiritu, y a Domingo Pomasongo, principales autores de aquella
            escandalosa asonada, que debe corregirse, y en efecto se corregirá en justicia,
            del modo mas conforme á la delinquencia de los culpables, y al desagravio que
            se reclama: Al primer otro si, el mismo comicionado don Clemente Rodriguez
            notificará a los naturales de los pueblos de Guachon, Ninacaca y Yanacachi,


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