Page 242 - Guerrillas y montoneras durante la Independencia - Vol-1
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Volumen 1
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                 OFICIO DE FRANCISCO DE PAULA OTERO DONDE APREMIA LA
                REMISIÓN DE PRENDAS PARA SER ENTREGADAS A SUS DUEÑOS

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                    Tarma y Diciembre 7 de 1820.
                    Por presentado con la razon jurada de las expecies y prendas que se re-
            claman: Don Esteban Espinosa á quien autoriso y comisiono en bastante forma,
            pasará al Pueblo de Ricrán; y a la Hazienda de Maco con el auxilio de quatro
            soldados [testado: de esta guarnicion] averiguará prolijamente haciendo com-
            pareser á este fin a los Alcaldes de aquel Pueblo, y hacienda y del Caporal de
            esta, el paradero de las prendas substraidas; la recojerá inmediatamente al punto
            y traerá á este Govierno para que se restituyan de donde se hallen a sus dueños;
            Y por las que falten pondrá en la diligencia que actue una noticia circunstancia-
            da de las personas en cuyas manos existan, y en que modo. Asi mismo traerá á
            esta Capital y a mi disposicion á Pio Torres, y a los Alcaldes de Ricran y Maco
            (dejando en ambos puntos otros Interinos), y para que comprobandose por sus
            declaraciones que se les reciviran aqui, los graves agravios inferidos al oficial re-
            currente, se imponga a los principales autores de tan criminales exsesos, la pena
            correspondiente al desagravio del damnificado y á la vindicta Publica, hoy mas
            atendible que nunca, por quanto el radical fundamento del Sagrado sistema de
            nuestra Independencia es la seguridad de las personas y vienes del hombre libre
            y no su deprecion y agravio, como erradamente se creé por el bulgo.
                                                               [F. Paula Otero]


                                    L.L. Mss. m. B.N.P., Box 174 - 193, s.c.





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