Page 482 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 7
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Volumen  7
                                                              Causas criminales contra los rebeldes
                                                        Manuel Espinavete López
                                                               (firmado)


            [Sentencia pronunciada por el Visitador Areche contra Lucas Collque. Julio
            14, 1781].


                    En la causa criminal que de oficio de la real justicia se ha seguido a
            Lucas Colque, cacique del pueblo de Pomacanche por complicidad en la re-
            belión ejecutada por el insurgente José Gabriel Tupa Amaro, quien le enviaba
            gente y la mandaba en varias expediciones que hizo dicho rebelde contra las
            tropas de Su Majestad, concurriéndo al secuestro del obraje de Pomacanche;
            observados los términos de las leyes con que ha hecho de acusador fiscal don
            Pablo de Figueroa y de defensor don Pedro Núñez, ambos abogados de la real
            audiencia de Lima; vistos los autos y lo que de ellos resulta:
                    Fallo atento a su mérito que debo de condenar y condeno al expresado
            Lucas Colque en doscientos azotes que le darán por las calles públicas de esta
            ciudad, y en diez años de destierro al presidio y plaza de Valdivia, para que
            sirva en ella a ración y sin sueldo, depositándosele Ínterin hay proporción
            de buque que lo conduzca a su destino en el puerto del Callao, remitiéndose
            testimonio de esta sentencia al señor gobernador de dicha plaza a fin de que
            acuse su recibo y cumplimiento al superior gobierno de estos reinos. Y más
            le condeno en perdimiento de todos sus bienes, aplicados a la cámara de Su
            Majestad. Y por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, así lo pronuncio,
            firmo y mando.


            José Antonio de Areche
                       (firmado)


            [Certificación de la sentencia. Julio 14, 1781].
                    Dió y pronunció la anterior sentencia el muy ilustre señor José An-
            tonio de Areche, caballero de la real distinguida orden española de Carlos
            tercero, del consejo de Su Majestad en el real y supremo de Indias, visitador
            general de los tribunales de justicia y real hacienda de este reino, el de Chile y
            provincias del Río de la Plata, superintendente de ella, intendente de ejército,
            subdelegado de la real renta de tabaco y comisionado con todas las facultades
            del excelentísimo señor virrey de este reino para entender en todos los asun-



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