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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
            (Al margen: Auto para que se reconozcan los efectos inventariados con asis-
            tencia del que se dice dueño).


                    Cuzco y Marzo 31 de 1781.


                    Pásese al reconocimiento de los efectos y demás bienes que constan
            del inventario y se hallan en este cuartel depositados al cuidado de Manuel
            García, soldado de la guardia de su excelencia, con mi asistencia y de la parte
            que se dice dueña de ellos, para que diga si son ellos mismos o le falta alguna
            cosa.

            (rúbrica de Benito de la Mata Linares)
                                                        José de Arizmendi
                                                          (firmado)
                                                           Escribano habilitado

            (Al margen: Diligencia de reconocimiento).


                    Cuzco y Abril 1º de 1781.


                    Reconociéronse todos los efectos y bienes que constan del inventa-
            rio con arreglo al auto antecedente, y expresó la que se dice dueña, Antonia
            Páucar, ser ellos mismos y no faltar cosa alguna, y habiéndosele preguntado
            si quería se vendiesen las harinas, maíces, trigo, pallares, cecina, para que no
            se corrompiesen, convino en ello y se le ofreció entregarle su importe para el
            caso de salir libre.

            (rúbrica de Benito de la Mata Linares)
                                                        José de Arizmendi
                                                          (firmado)
                                                           Escribano habilitado
             [Relación de las especies embargadas].

                    Dotación del embargo hecho por orden del señor visitador general
            don José Antonio Areche a Antonia Páucar, y se hallan existentes en uno de
            los cuartos de este cuartel de la compañía al cargo de los que abajo firman, y



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