Page 805 - La Rebelión de Túpac Amaru II - Vol-6
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
tra el contenido Manuel Ferrer dice: Que obrando Vuestra Señoría equitati-
vamente se ha de servir castigarlo con la pena de destierro por el tiempo y
a lugar que fuere servido, por haber asistido y acompañado al traidor José
Gabriel Tupa Amaro en las expediciones del cerro de Piccho, Pucacasa y Pau-
cartambo, armado con una honda, para que así le sirva de castigo y de ejemplo
al público.
La consideración de la calidad que alega en su confesión de haber con-
currido coacto y violentado por el rebelde (aunque ésta no la ha calificado)
le disminuye la pena ordinaria de muerte que le correspondía y la piedad in-
nata que acostumbra Vuestra Señoría ejercitar con los sujetos de la sumaria,
afirman que no le notaron hecho particular en las invasiones a que concurrió
que lo hagan acreedor al último suplicio, pues sólo ocupaba el rebelde en la
custodia de las bestias y mulas. En estos términos Vuestra Señoría resolverá lo
que fuere servido y pareciere ser más conforme a justicia. Cusco y junio 20 de
1781.
Figueroa (rubricado)
Cuzco, 21 de junio de 1781.
Traslado a Manuel Ferrer quien en el acto de la notificación nombrará
abogado que le defienda con apercibimiento.
Una rúbrica
Manuel Espinavete López
(rubricado)
Incontinenti se hizo saber el anterior auto a Manuel Ferrer, quien
dijo no conocía abogado alguno, esto respondió de que certifico.
Espinavete (rubricado)
[El abogado Pablo Núñez es nombrado Defensor de Ferrer. Junio 21, 1781].
Cuzco, 21 de junio de 1781.
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