Page 798 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 4
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Volumen  4
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            semejantes expedientes y en vista de todo y según lo que resulte se tomará la
            Providencia que corresponda en justicia.
                    Los Oficiales Reales de la Real Hazienda y Cajas de Su Majestad en esta
            ciudad de Chucuito, Thesorero don Benito Vercolme y Contador don Leandro
            Pinaso, así lo mandamos, firmamos con testigos, a falta de escrivano.


            (firmado) Benito Vercolme                   (firmado) Lendro Pinaso

            (firmado) Tomás Majan               (firmado) Josef Víctor Riva de Ensaldo




                    Auto en la Real Contaduría de Chucuito en veinte y nuebe días del mes
            de Diziembre de mil setecientos ochenta y tres, nosotros los oficiales Reales de
            las Reales Cajas de esta ciudad, Thesorero don Benito Vercolme y Contador
            don Leandro Pinaso. Habiendo visto y reconocido con la debida atención y
            proligidad las cuentas presentadas por el señor Governador de esta Provincia
            Comandante de Armas en ella don Ramón de Moya y Villarreal, de los gastos
            hechos con las tropas que desde el día veinte y cinco de Noviembre de sete-
            cientos ochenta armó contra los rebeldes tupaamaros y se mantuvieron en
            Campaña hasta el día siete de Diziembre del mismo año en que se retiraron de
            la Provincia de Lampa y que vueltas a aquartelar el diez y nuebe y siguientes
            días de Febrero de 81 las mantubo y pagó hasta el seis de Abril del mismo en
            que por hallarse gravemente herido no pudo continuar en la atención de este
            cuidado; las que abrazan también los gastos impendidos en los sueldos paga-
            dos a una Compañía de fucileros compuesta de cincuenta y dos hombre a que,
            desde el día doze de Abril de ochenta y dos, dejó reducida esta guarnición,
            con aprobación del Excelentísimo Señor Virrey de este Reyno hasta el dos de
            Enero (este y todos los demás días inclusive) del presente año de ochenta y
            tres en que, atendiendo al buen semblante de quietud entre estos naturales,
            la reformó, haviendo pagado el equitativo sueldo de dos reales por día a cada
            soldado: comprehensivas así bien dichas cuentas de los costos de municiones
            de boca y guerra, peltrechos y otros gastos precisos para la subsistencia de las
            tropas y defensa que hicieron de esta Provincia y Villa de Puno y en las que se
            inserta el valor a que assendieron los víveres, plata y municiones que robaron
            los rebeldes en la sangrienta entrada que hicieron a esta ciudad el día tres de
            Abril de dicho año de ochenta y uno: comprobados estos gastos con las revistas



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