Page 229 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. III
P. 229

Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
            criollos, que si eligen este dictámen, no se les seguirá perjuicio ni en vidas ni
            en haciendas; pero si despreciando esta mi advertencia hicieren lo contrario,
            experimentarán su ruina, convirtiendo mi mansedumbre en saña y furia,
            reduciendo esta provincia en cenizas; y como sé decirlo, tengo fuerzas, pesos,
            y á mi disposicion todas estas provincias comarcanas, en union entre criollos
            y naturales, fuera de las demas provincias que igualmente están á mis ordenes,
            y así no estimen en poco esta mi advertencia, que es nacida de mi amor y
            clemencia, que propende al bien comun de nuestro reino, pues se termina
            á sacar á todos los paisanos españoles y naturales de la injusta servidumbre
            que han padecido. Mirando al mismo tiempo como por principal objeto el
            que cesen las ofensas á Dios Nuestro Señor,  cuyos ministros, los Señores
            sacerdotes, tendran el debido aprecio y veneracion á sus estados, y del mismo
            modo las religiones y monasterios, por cuya piadosa y recta intencion con
            que procedo, espero de la divina clemencia, como destinado por ella, para
            el efecto me alumbrará y gobernará para un negocio en que necesito toda su
            asistencia para su feliz éxito.
                    Y para que así tengan entendido, se fijarán ejemplares de este edicto,
            en los lugares que se tengan por conveniente, en dicha provincia, en donde
            sabré quienes siguen este dictámen, premiando á los leales, y castigando á los
            rebeldes, que conocereis vuestro beneficio, y despues no alegareis ignorancia.
            Es cuanto puedo deciros. Lampa, y Diciembre 23 de 1780.”


                                D. Jose Gabriel Tupac-Amaru, Inca.



            (C. A., Ia. edición, Tomo V).






















                                               228
   224   225   226   227   228   229   230   231   232   233   234