Page 974 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. II
P. 974

Volumen 2
                                                                         Asuntos económicos

             Por quatrocientos sesenta y dos pesos pagados a quarenta
             y quatro individuos que según la certificación de foxas
             quatro se agregaron el día anterior al de la salida de la
             Pampa de Arequipa. En cuia conformidad desde veinte y
             dos del citado mes de Noviembre hasta el doze del próxi-
             mo Diciembre que se despidieron y en que se cuentan
             veinte y un días al respecto de quatro reales diarios cada
             uno devengaron la sobre dicha cantidad                  462
             Suma total de sueldos pagados                           5420      4
             Suplidos de la Caxa de Arequipa                         3900
             Lexítimo alcance a favor del Corregidor                 1520      4
             Alcance figurado por el mismo                           1532      2

                                                         Diferencia 0011       6

                    Por manera que importando los sueldos devengados y pagados a los
            individuos milicianos de la Provincia de Lampa, cinco mil quatrocientos vein-
            te pesos quatro reales, y lo suplido para la Real Caxa de Arequipa para estos
            cargos tres mil y novecientos pesos resultan un mil quinientos veinte pesos y
            quatro reales de legítimo alcance a favor del Corregidor, en lugar de los un mil
            quinientos treinta y dos pesos y dos reales que deduxo en su cuenta notándose
            la diferencia de onze pesos y seis reales en su contra como todo queda demos-
            trado = Por último hago presente a Vuestra Señoría que los onze pesos y seis
            reales que se advierten de menos en los un mil quinientos veinte pesos quatro
            reales que resultan de alcance a favor del Corregidor en la presente liquida-
            ción respecto de los mil quinientos treinta y dos pesos y dos reales que deduxo
            en su cuenta de foxas trese; bienen de haver contado en la primera y segunda
            partida de ella con el número de quatrocientos veinte y tres individuos en
            lugar de los quatrocientos veinte y dos que aparecen por las respectivas listas
            de foxas una a foxas tres buelta. Y así se ve que el sueldo de este individuo a
            razón de dos reales en los primeros cinco días y de quatro en los veinte y uno
            restantes, compone los mismos onze pesos y seis reales de aquella diferencia =
            Que es quanto me ocurre exponer de la justificación de Vuestra Señoría para
            que sobre todo determine lo que fuere de su superior agrado. Buenos Ayres y
            Mayo quatro de mil setecientos ochenta y quatro = Juan Ignacio de Vidaurre.





                                               973
   969   970   971   972   973   974   975   976   977   978   979