Page 951 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. II
P. 951
Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
Josef Gabriel Tupac Amaro Cazique de Tinta y sus secuases en el pasado reve-
lión de los Indios y Provincias de aquel Departamento, en que con distinción
hace ver su aplicación y destino, en el orden que para mayor claridad previene
en el quaderno Número 73.
Como este negocio por si es intrinco [roto el original] no de poca en-
tidad por los Intereses [roto el original] que encierra, ha dispuesto y muy bien
premeditado formalisarlo en los términos que viene justificado, esto es por
una parte, haziéndose cargo de todas las especies, efectos, Dinero, Oro Alhajas
y Plata labrada, que consta todo con individuación de los Inbentarios, a que
relativo el expediente Número 74 con fojas 50. Y por otras su descargo con
distinción de clases en la manera que aparece del Número 73, en que se com-
prende la Cuenta General de la depositaria autorisada, con las diligencias que
contienen los demás quadernos con que se completan los 75 del expresado
bolumen por lo que en conzeciencia del menudo examen que ha practicado
de todos ellos puntualisaré quanto me paresca conveniente en la materia.
Siendo pues, el citado Quaderno número 74 el único documento que
aclara el Cargo contra la Depositaria, tampoco hay otra justificación, sobre
su total importancia y Generas de su naturaleza que los que especifican
primeramente los dos oficios de fojas 4 y fojas 6. Imbentarios de fojas 11 a
fojas 13; de fojas 14 a fojas 17, de fojas 22 a fojas 26; de fojas 28 a fojas 35, de
fojas 36 a fojas 37, de fojas 39 a fojas 41 y las razones de fojas 42 a fojas 50 con
que da fín dicho quaderno solemnisado todo en la forma que consta al pie de
cada pieza.
En el indicado quaderno Número 73 que es la cuenta General de la
Depositaria, no solo está considerado con nominación particular de efectos
el propuesto cargo de los Imbentarios, sino tambien su salida, así por las de-
boluciones que se hizieron a los respectivos dueños, conforme a la justifica-
ción que produjeron, como por lo entregado a la Administración General de
Reales Rentas unidas, tanto en especie como en dinero, por las ventas que se
practicaron de otras, a causa de no haver reclamado persona lexítima según
se demuestra todo de fojas 1 a 21 buelta, y de fojas 22 a fojas 27 y buelta, ha-
ziéndose ver por último a fojas 28 buelta del mismo Quaderno, por una parte
los aumentos que resultaron a favor de la Depositaria, y por otra las fallas, con
precedente cotejo de esta propia Cuenta con los citados Imbentarios Genera-
les.
950