Page 912 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. II
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Volumen 2
                                                                         Asuntos económicos
            en otros tantos días y los demás que han corrido hasta el presente han sido del
            peculio del Suplicante.
                    Por lo que hasé a los otros reos, no se le ha ministrado al Suplicante
            cosa alguna, sin que por esto haian dexado de lograr las asistencias, tanto por
            lo que mira a su sustento quanto por lo que hase a los demás insidentes, y al
            renglón de belas por la continua vigía en que se les ha tenido y divercidad
            de separaciones. Por manera que no pudiéndose dudar de la entrada, de la
            existencia en el Quartel y de las salidas alos destinos enunciados tampoco la
            hai en el gasto impendido. Aunque el Suplicante pudiera haver llevado una
            cuenta exacta del gasto diario, pero siendo las partidas menudas y repetidas al
            día sus ocupaciones continuas y careciendo de tiempo y sociego para emplear
            esta proligidad, se contenta con dejar al superior arbitrio de Vuestra Exce-
            lencia su remuneración. Para esto hace presente de que si por solos los tres
            Tupacs=Amarus se conseptuó el gasto de un peso diario, quando no solo estos
            sino todos los comprendidos, hace una regla de proporción muí condusente
            para la regulación de estas impensas. Igualmente se pone en consideración de
            Vuestra Excelencia, que los reos destinados al Precidio del Callao, le tienen de
            costo a la Real Hacienda, dos reales diarios, sin contar con la enfermedades
            en cuio caso, llega a cuatro reales el gasto: con que quando aquí se les ha mi-
            nistrado no solo el sustento, sino quantas asistencias han sido presisas, en que
            han entrado algunas medicinas a los enfermos parese muí propio de la integri-
            dad de Vuestra Excelencia el que no quede sin compesativo este desembolso
            por todo lo cual A V.E. pide y suplica que haviendo por presentada dicha lista
            se sirva en fuerza de lo que ministra su contexto y de lo que lleba expuesto
            mandar se le libre y pague al Suplicante, aquella cantidad que fuere de su Su-
            premo arbitrio por la alimentación de los mencionados reos con respecto a
            las circunstancias insinuadas que assí es justicia que espero de la grandeza de
            Vuestra Excelencia.
            (firmado) Valerio Gasols

                    Al margen:

                    Lima y Noviembre 14 de 1783


                    Respecto que a los más de los reos que se mencionan no se les conoce
            por aora bienes algunos y que los pocos de que se tiene noticia pertenecientes



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