Page 756 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. II
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Volumen 2
Asuntos económicos
Maior trescientos sincunta y quatro pesos, cinco reales, que con treinta que el
señor Comandante General de Ejército, Don Gabriel de Avilés mandó ce me
diese en el Cuzco, componen los dichos trescientos ochenta, y quatro pesos,
cinco reales, y para que conte lo firmé Pebil y Junio 26 de 782.
Manuel Esteban Santiago de la Baca y Silva.
Agreguese a sus antecedentes y pase a la vista del Señor Fiscal.
Lagos.
El defensor Fiscal de Real Hacienda Con reconocimiento de las
quentas presentadas por Don Marcelino Santos de los gastos que impendió
en los Departamentos del Pueblo de Guaracondo, puente de Apurimac, y
puente de Copa en la Provincia de Abanca de orden de la Junta de Guerra
formada en esta ciudad, y los reparos puestos a ella: dice que por las razones
que dicho Don Marcelino en satisfacción de dichos reparos tiene expuestas
en la respuesta que antecede, parece no deben escalfársele las partidas que
resulten de los reparos puestos a la segunda quenta presentada y le deben ser
abonables, las que en ellas da por descargo, sobre lo que Usted resolverá lo que
conciba con mas Justicia y fuese de su arbitrio, Cuzco y Agosto 5 de 1783.
Saldivar.
Cuzco, y Agosto 12 de 1783.
Sin embargo de los expuesto por el Abogado defensor Fiscal, remítase
este expediente para su resolución en las dudas que ofrece a el Señor
Superintendente General de Real Hazienda con copia de la carta que con
fecha 4 de Agosto del presente año señalaba con el número 2, se dirigió del
Real Tribunal de Cuentas, sobre el esclarecimiento de quienes firmaron los
recibos de las tres partidas que componen la cantidad de un mil, y ochocientos
pesos que en ella se refiere, respecto no haver havido contextación para que
en su inteligencia; y en la de que Don Marcelino Santos niega últimamente,
solo la partida de los 500 pesos que con fecha 29 de Noviembre de 80, se
le libraron al Señor Coronel de Exercito Doctor Manuel de Villalta para que
se le remitiesen al citado Don Marcelino para el prest de la guarnición del
Puente de Aporima, se vea igualmente contra quien resultan los enunciados
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