Page 698 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. II
P. 698
Volumen 2
Asuntos económicos
OTRA
Las tres últimas revistas de que acava de tratarse desde la respectiva al
mez de Febrero de mil setecientos ochenta y dos según sus fechas persuaden
haverse pasado en la Villa de Moquegua o no haverse pasado en el tiempo que
acreditan. En el primer caso resultaría un considerable alcanze contra la cuen-
ta presentada por que los Individuos de dicha Compañía no podían haver
ganado el sueldo de Cavallería que se les ha avonado no estando en diligencia
sino talbez recogidos en sus casas ó quando mas en un Quartel de dicha Villa.
En el segundo sería mui reprehensible la omición de una diligencia cual es la
revista que solo por ella se asegura cualquiera fraude o equivocación contra la
Real Hazienda; y además ay lugar de presumir, que los hechos que se acientan
en las que se han tenido presentes como son la existencia de tal número de
soldados, Cavos, etc. las notas de baxa que se acientan con las fechas en que
sucedieron son sino imaginariamente o a bulto escritos a lo menos expuestos
acrecidos yerros con que su recuerdo se devió a lo fragil de la memoria, ó a
unos ligeros y tal vez inperfectos apuntes de los quales si alguno se perdió en
el desorden y confución de las marchas ataques y otros acrecimientos como es
mui verosimil, o se escusaron las noticias que contenía ó la repuso la memoria
y el antojo a todo riesgo. En este concepto el Ministro a quien perteneciese el
Juzgamiento de esta cuenta advitrará los medios de asegurar en la Real Ha-
zienda en cualesquiera de los casos que se han asentado.
OTRA
En otras cuentas higualmente particulares de esta naturaleza de gastos
causados de la revelión y que harán un cuerpo en la General se ha hecho pre-
sente la reflexión de que a un soldado miliciano no deve avonársele el sueldo
del día en que desiertan o se lizencian y habiéndose reconocido este abuso
practicado en los ajustamientos de la Compañía de que acava de tratarse a
parecido necesario exponer en este lugar la misma advertencia para govierno
del respectivo Ministro que jusgase esta cuenta del Soldado veterano en las
contadurías de Exército se le avona el Prest o sueldo del día en que deserta
particularmente y del en que muere por la razón de que en el primer caso no
deja de llevar su sueldo y tal vez alguna prenda como sable, casaca, virreta u
697