Page 403 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. II
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II

             129     En dicho día se libraron a favor del Capitán Dn. Barto-
                     lomé Fuensálida setenta y ocho pesos, y medio reales en
                     virtud Libranza del Comandante de la Plaza por los mis-
                     mos en que salieron alcanzado los maestros herreros a
                     cuyo cargo corre la hechura de rejones en la quenta que
                     se le ajustó…………………………………….................... 078½
             130     En dicho día se libraron a favor del Dr. Dn. Julián de Ca-
                     petillo treinta pesos por el salario de los tres escrivientes
                     de la Secretaría de dies días contados desde el día 10 del
                     corriente hasta oy de la fecha a razón de un peso diario….. 030
             131     En dicho día se libraron a favor de Dn. Miguel de Velasco
                     ciento quarenta pesos por el importe de viente fanegas de
                     harinas a siete pesos que entrego al recogedor Dn. Josef Cal-
                     derón ……………………………………………………                              140
             132     En dicho día se libraron a favor de Dn. Miguel de Velas-
                     co dies y siete pesos, sinco reales por los jornales de los
                     indios que trabajaron en el cierre de la ciudad del varrio
                     de Ayaguayco .......................................................................... 017/5
             133     En dicho día se libraron a favor de Dn. José Peralta ciento
                     treinta y ocho pesos tres reales por los jornales del cierre
                     de las calles de los varrios de la Almudena, Belén y Santo
                     Domingo. Dos rúbricas ........................................................ 138/3




                                         Día 21 de dicho.

             134     En 21 de diciembre de 1780, se libraron y pagaron a favor de
                     Dn. Torivio Cano y Azevedo diez y seis pesos por el salario
                     de un escriviente del Comandante, ordenanzas y comida
                     de los presos de tres días contados desde el 19 hasta el de
                     la fecha……………………………………………………                             016










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