Page 1002 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. II
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Volumen 2
Asuntos económicos
Dios guarde a Vuestra Señoría muchos años. Lima, Enero 27 de 1791.
Exelentísimo Señor
Manuel de Villar Matias de la Cuesta
Al Margen:
Lima, y Enero 31 de 1791
35.
Devuélvase a los Ministros de Real Hacienda para que, haciendo tazar
la plata labrada, procedan a la venta en caso que por ella se de el valor de su
ley, y de lo contrario pásese a la casa de moneda; y, por lo que hace a los demás
efectos, hágase igualmente la venta precedida del avaluo que corresponde, y
formalidades de estilo.
Una Rúbrica.
Franco
Exélentísimo Señor Virrey
de estos Reynos.
Por recibido el superior decreto del margen, y para su debido y pun-
tual cumplimiento, notifíquese por el Escribano de esta Real Caja al contraste
de esta ciudad, Don Nicolás Noriega, para que comparezca en estas reales
cajas a tasar varias piezas de plata labrada y oro, precediendo en el acto de la
notificación, la aceptación y juramento de estilo. Real Caja y contaduría gene-
ral del Ejército, Lima y Febrero 8 de 1791.
Rúbrica Rúbrica
Proveyeron y rubricaron el auto desuso, los señores Ministros de real
Hacienda en dicha fecha. De que doy fé
Pedro de Jaras
Escribano de Estado y Real Hacienda
Notificación y aceptación:
En la ciudad de los reyes del Perú en nueve de Febrero de mil sete-
cientos noventa y uno. Yo, el escribano, hice saber el auto que antecede en su
persona (quien lo) a Don Nicolás Noriega, contraste de esta ciudad, quien lo
aceptó y Juró a Dios Nuestro Señor. Usar de él, según su leal saber y entender,
y así lo dijo, aceptó y firmó por ante mí, de que doy fé.—
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