Page 178 - Debate Constitucional 1978 - Tomo VII
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can¡esina y con del *cto¡ ¿e los irabajrdores. rle podi
E.dencia comunal, y cst6 poblacio¡s do a¡.ecir. o i¡cnro obsenado e¡ un¿
camFsinas, scn por ¡o ¿ragcmr, ¡o .r3 rcuión e el deDúmmio de Jlnin,
no¡ ¿el cincudrta o sesenta por cienio do¡de tu¡ciona un cónité Dcpartane¡
del told de ll población perona. En bl de Desar.ollo, que ¿n ená enfda¿ no
necesa.io qüe inrruc tiene particiFació¡ el sector d¿ los 1m_
cio.es pa.a cl cjcrcicio del derecho lolt bajadores. concÉtanenre,cuandonos
.oúinos en el cjniro civico lás or$ni
ce. en cl idioma, en ls leryua d€ Ios sec aciones prof:siondes
Por €llo co¡sidera- d¿ la óiúdad de Énancayo, para pedir la
mos que debe figua. cono un pánáfo Ésit¡ción de ¡ue*ras renias que s-
nís dentro de €sre txro co.fiiucional, nera la by ñ" 14?00, tsnbién !!de otr
Co¡ reláción al rtidlo 1s3e, pedinós senlr. .o sé si * dcliberada o i¡cors
que s3 agregue dcsp!és del i¡ciso 2, el .ient¿nente, que .¿ priva o no se ron¿
"k
siCaiente t¿xlo: slspensión .lc ésos cn .lenta e¡ lá cmsitúción de e$e ti'
derechos sólo es lplicab¡c a delitos co !o d¿ o¡sanismo la ladicipación de los
¡rlnes, de ninCún nodo e¡ las sentenci.s i.abáiadores o.eanizados, reprGenlados
por ¡cros 'le lndole !o¡iüco". Al arricú. a hvés dc sus c¿ntales. N obseña.6
lo ¡59,, debe de ag¡egársele: El 3ufrá- ta situació¡ pedi que los t¡abajádorcs a
sio directo, de los ritulárés de los pód+ traw:s de sus cBtfal€s estulierar .ep.6
.es del Esrado, .le los gobiernos regio¡a- senlados. Com!ruebo laDbién, en .ua+
les y de los mü¡icipios", io ! quieDes debe¡ de i¡tesrar el tura-
El añculo 1ó0r ha si¿o ¡esenado, pe do Nácio¡al & Eleccion¿s, que sE €stá
r des¿e ya querenos adelantar el jui' olvidmdo, que se esrá
cio, la ide¿ y el dirdio que ii6e co¡ re. ñor l¡¿side¡re, la ¡aficipación dc los
hbaja¿oEs a tav& d¿ su ccnthles.
nisla ¡eruano. ?edimos considdo que efo no Puede connnüd,
"El
shteña de elcc.io¡es .la Épres@ que er. onÉión b¡Y que supedrls Po.
tación a las mino¡ias ütilialdo c¡ m4 cllo !'do que €st¡ndo
todo de la cif¡a repartidoh". . Fenio de ábosaAos ¿ rra!és dc su ¡e
con rclación al dic'no 161,, realna- deración Nlcional, que es el organisno
te hc cscucha¿o con suná arociól ¡¿ níxino dc tod6 los s¡og¡dos &l ?eni
preshtació¡ de esre capitulo lor ¿l doc d cuanio se refie¡c a la Epresentación
ror Sarazd Pena¡illo; lerc ¡o ha dado, del Coleeio de AboCados de lrna, suse-
¡o ¡a jurificado, ¡ó ¡a rundaneniado r,mos que se debiír susituir al rePF
docri¡ariámóte el po. qué ss ünbia ssnt$té del Cole8io ¿e Abogados de Lj-
la ds¡ominación de Juado Nacional d¿ na, po. 'dos Épr6e¡tmtes dc ras orca_
El¿ccion s á Cortc Nació¡al de Eleccic ntaciolE lopularcs, obrens Y cam!*
nes, Por e*as co¡siddciones y ?or las sinas . Asi daÉmos paticipación : es
razonEs ya ¿x!ü¿srrs lof el docror Rj
ger Cád¿s y oi¡os corsituyentes, con. Ior los fundanenros ya expu6ros, so'
sideEnos qu debe mantenerse la de¡o- licito qq.la conisión Pri¡cipal túca cn
mi¡aci& arraior de jura¿o Nacional de cue¡ta osle Pla¡teamie¡to y esta su$i
Eleccio¡es y rc de Cone Nacional de E rüción en cüadó a la conlosició¡ y pa¡-
licilación de las orgoiaciones d€ los
Y con re¡ación al 'ricDlo 162!, rer ermentós sociales y¿ Eferjdos; y, ¡i-
lecto a la con¡osició. del Jurado Na- rulnenté, senor Presid:nt, también el
cio¡al dc El4cio¡es, scclimos ón la tl' lonote de esb capllülo o¡sidero
nica, co¡ el criterio de todas ¡as o¡eani- que ya ¡os ha adela¡tado no ls posición
zaciones qüe se dr a ¡ivel derartanen' de la Coñisión, sino la del lanidó pe
tal, a nivel provi¡cial o a nivel disrnt¡j, litico o que él pdte¡ee de que está¡
de neC$ la .eal y d¿c1ña participaciór ¡or er voto al malfabeto; pero ios anal-