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Tres, autorizar al MEF a través de la Dirección General de Endeudamiento y del Tesoro
               Público, a devolver la recaudación realizada por la administración tributaria acreditada
               en cuentas de dicha dirección general y que corresponde al pago de deuda tributaria o
               aportaciones a favor de otras entidades beneficiarias distintas al Tesoro Público por los
               períodos comprendidos entre el 13 de abril del 17 al 30 de julio 2018.

               En  el  sector  Salud,  presidente,  en  primer  término  una  gravísima  omisión  referida  a  un
               grupo de trabajadores, que a pesar de realizar sus funciones esenciales para preservar la
               salud humana, no reciben ningún tipo de bono de los previstos para el sector, me estoy
               refiriendo  a  los  profesionales,  técnicos  y  auxiliares  asistenciales  de  la  salud  en  las
               entidades  comprendidas  en  el  numeral  3.1  del  Decreto  Legislativo  1153,  debiendo
               incorporarse una disposición complementaria que modifique el inciso e) numeral 8.2 del
               Decreto Legislativo 1153, con el siguiente texto:

               e) Bonificación por puesto en servicio de salud pública, se asigna al puesto ocupado por
               el profesional, técnico y auxiliar asistencial de la salud en las entidades comprendidas en
               el  numeral  3.1  del  presente  Decreto  Legislativo  y  que  únicamente  realiza  funciones
               esenciales en los servicios de salud pública descritas en el numeral 5.1 del artículo 5 de la
               presente norma.


               La  bonificación  se  diferencia  de  acuerdo  al  puesto  asignado  y  no  es  aplicable  a  los
               profesionales,  técnicos  y  auxiliares  asistenciales  de  la  salud  que  perciben  bonificación
               prevista en el literal c) del presente numeral.


               Asimismo,  presidente,  debo  referirme  a  la  asignación  presupuestal  del  MEF,  que  no
               permitirá  que  el  sector  pueda  cumplir  con  realizar  los  ajustes  y  las  valorizaciones  que
               forman parte de las compensaciones económicas que se otorga al personal asistencial de
               la salud, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Legislativo 1153.

               Este  año,  presidente,  el  MEF  solo  ha  asignado  trescientos  millones  de  soles.
               Lamentablemente, el MEF no ha acogido mi propuesta.

               Que  a  pesar  que  en  la  Comisión  de  Presupuesto  he  pedido  la  reconsideración  de  la
               votación,  hoy  vuelvo  a  pedir  al  MEF  la  asignación  de  mayores  fondos,  debiendo
               modificarse  el  artículo  25,  numeral  1,  literal  c),  asignándose  hasta  seiscientos  cinco
               millones para realizar ajustes en las valorizaciones, que forman parte de la compensación
               económica que otorga al personal de la salud en el marco del Decreto Legislativo 1153.

               Agricultura, me sumo a lo pedido por el congresista Sergio Dávila, en lo referente a la
               asignación de presupuesto para los programas Sierra Azul y para el INIA, atención que es
               prioritaria, presidente.


               Con referente a la ZofraTacna, que viene siendo incluida por error...

               El señor PRESIDENTE (Daniel Salaverry Villa).— Para que concluya, por favor, congresista
               Martorell.

               El señor MARTORELL SOBERO (FP).— ...artículo 25 de la Ley 28112, Ley Marco de la
               Administración  Financiera  del  Sector  Público,  que  obliga  a  las  entidades  públicas  a


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