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los presentes en su sesión ordinaria N.° 18 del 5 de junio de 2018 proponer al Pleno del
Congreso la aprobación de los proyectos de ley Núms. 2753, 2834, 2883, 2886, 2945,
2017/CR que proponen la derogación de la centésima vigésima primera disposición
complementaria final de la Ley de Presupuesto del año 2018.
Ante esta situación, y a fin de no afectar la operatividad de la entidad y en el servicio al
ciudadano, recomendamos al Pleno del Congreso de la República la aprobación de los
proyectos de ley antes señalados.
2. Modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor del Pliego 033 Reniec,
en el marco del programa presupuestal 0079 Acceso de la población a la identidad.
Autorizar para realizar modificaciones presupuestarias a nivel institucional en favor del
Registro Nacional de Identificación y Estado Civil hasta por el monto de 22 millones de
soles, con cargo a los recursos que hace referencia el artículo 34 de la Ley 28411, Ley
General del Sistema Nacional de Presupuesto, en el marco del programa presupuestal
079.
Acceso de la población a la identidad a cargo del Reniec, previo cumplimiento de las
acciones que debe efectuar el Reniec, las que se establecen mediante decreto supremo
refrendado por el ministro de Desarrollo e Inclusión Social.
Dichas modificaciones pesupuestarias se realizan hasta el primer trimestre del Año Fiscal
2019.
Tercera iniciativa, reajuste de la escala remunerativa del Reniec
"Exonérese al Pliego Registro Nacional de Identificación y Estado Civil durante el Año
Fiscal 2019 de los alcances de los artículos 6 y 9 de la presente Ley de Presupuesto del
Sector Público y lo establecido en el artículo 2 del Decreto de Urgencia 038-2006, lo que
se atenderá con los recursos directamente recaudados de la entidad, sin demandar
recursos adicionales al Tesoro Público".
Cuarta iniciativa, incorporación definitiva de los trabajadores bajo el régimen CAS al
régimen laboral del Decreto Legislativo 728.
Autorizar al Reniec incorporar al régimen laboral de la actividad privada del Decreto Ley
728 a los trabajadores contratados mediante el régimen especial de contrato
administrativo de servicios, la misma que será financiada con los recursos directamente
recaudados de la entidad, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Para la incorporación definitiva bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo 728, Ley
de Productividad y Competitividad Laboral, del personal contratado bajo el régimen de
contrato administrativo de servicios (CAS) del Registro Nacional de Identificación y Estado
Civil deben cumplirse los siguientes requisitos:
1. Contar con contrato CAS vigente.
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