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los presentes en su sesión ordinaria N.° 18 del 5 de junio de 2018 proponer al Pleno del
               Congreso la aprobación de los proyectos de ley Núms. 2753, 2834, 2883, 2886, 2945,
               2017/CR  que  proponen  la  derogación  de  la  centésima  vigésima  primera  disposición
               complementaria final de la Ley de Presupuesto del año 2018.

               Ante esta situación, y a fin de no afectar la operatividad de la entidad y en el servicio al
               ciudadano, recomendamos al Pleno del Congreso de la República la aprobación de los
               proyectos de ley antes señalados.

               2.  Modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor del Pliego 033 Reniec,
               en el marco del programa presupuestal 0079 Acceso de la población a la identidad.

               Autorizar  para  realizar  modificaciones  presupuestarias  a  nivel  institucional  en  favor  del
               Registro Nacional de Identificación y Estado Civil hasta por el monto de 22 millones de
               soles, con cargo a los recursos que hace referencia el artículo 34 de la Ley 28411, Ley
               General del Sistema Nacional de Presupuesto, en el marco del programa presupuestal
               079.


               Acceso de la población a la identidad a cargo del Reniec, previo cumplimiento de las
               acciones que debe efectuar el Reniec, las que se establecen mediante decreto supremo
               refrendado por el ministro de Desarrollo e Inclusión Social.


               Dichas modificaciones pesupuestarias se realizan hasta el primer trimestre del Año Fiscal
               2019.


               Tercera iniciativa, reajuste de la escala remunerativa del Reniec

               "Exonérese  al  Pliego  Registro  Nacional  de  Identificación  y  Estado  Civil  durante  el  Año
               Fiscal 2019 de los alcances de los artículos 6 y 9 de la presente Ley de Presupuesto del
               Sector Público y lo establecido en el artículo 2 del Decreto de Urgencia 038-2006, lo que
               se  atenderá  con  los  recursos  directamente  recaudados  de  la  entidad,  sin  demandar
               recursos adicionales al Tesoro Público".


               Cuarta  iniciativa,  incorporación  definitiva  de  los  trabajadores  bajo  el  régimen  CAS  al
               régimen laboral del Decreto Legislativo 728.


               Autorizar al Reniec incorporar al régimen laboral de la actividad privada del Decreto Ley
               728  a  los  trabajadores  contratados  mediante  el  régimen  especial  de  contrato
               administrativo de servicios, la misma que será financiada con los recursos directamente
               recaudados de la entidad, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

               Para la incorporación definitiva bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo 728, Ley
               de Productividad y Competitividad Laboral, del personal contratado bajo el régimen de
               contrato administrativo de servicios (CAS) del Registro Nacional de Identificación y Estado
               Civil deben cumplirse los siguientes requisitos:

               1. Contar con contrato CAS vigente.






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