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1676 Diario de los Debates - Primera LegisLatura Ordinaria de 2016 - tOmO iii
La señora PRESIDENTA (Luz Salgado Ru- Quisiera detenerme brevemente en este concepto.
bianes).— La Presidencia expresa su saludo al Sucede que en las primeras acciones que hemos
personal del Cuerpo General de Bomberos del realizado en la Defensoría del Pueblo, hemos
Perú, con el comandante Leigh, que agradecen advertido que no solamente en esta institución
la propuesta de la presidencia de la Comisión de sino en todo el Estado existe la ausencia de la in
Presupuesto para crear un fondo de beneficios ternalización de este concepto, y quiero graficarlo
para los señores bomberos. de la siguiente manera:
(Aplausos.) El día miércoles hemos hecho una supervisión
en 90 hospitales a nivel nacional, y solo para
También expresa su saludo al alcalde y consejero referirme a uno, en San Juan de Lurigancho,
regional de la provincia de Condesuyos, así como hemos encontrado en este distrito, que es el más
a los alcaldes distritales de Islay, Yanaquihua, Río populoso, con un millón 200 mil habitantes, que
Grande y Andaray del departamento de Arequipa, solamente hay 102 camas. Pero también hemos
que se encuentran en la galería diplomática. encontrado que no hay información, que no hay
data sustentable que pueda determinar cuál es
(Aplausos). la demanda del servicio de salud. Si no podemos
conocer cuál es la demanda del servicio de salud,
Tiene la palabra el Defensor del Pueblo, señor ¿cómo podemos saber cuál es el déficit del servicio
Walter Gutiérrez Camacho. de salud?
El señor DEFENSOR DEL Solo quiero poner este ejemplo para que podamos
PUEBLO, Walter Gutiérrez mirar de una manera muy cruda la ausencia de
Camacho.— Señora Presidenta información que nos permita determinar cuál va
del Congreso; señor vicepresidente a ser el accionar del Estado. Y a esto es a lo que
Richard Acuña; señores congre nos referimos nosotros cuando hablamos de la ne
sistas: Estamos el día de hoy aquí cesidad de cumplir con el mandato constitucional
presentes para cumplir un mandato que se refiere a la marcha administrativa, o léase
constitucional y sustentar el presupuesto de la eficiencia, del Estado, que se le asigna a la Defen
Defensoría del Pueblo; pero primero permítanos soría del Pueblo. Pero, además, el artículo 162.°
hacer alguna precisión. de la Constitución le demanda a la Defensoría
del Pueblo que supervise los servicios públicos.
El diseño de este presupuesto y la formulación del
mismo no responden a esta gestión, porque como Quiero recordarles, de una manera muy rápida,
todos ustedes saben, nosotros recién hemos asu muy apretada, que tan pronto debutamos en la
mido hace 90 días la conducción de la Defensoría Defensoría del Pueblo se abrió un debate en el
del Pueblo; entonces, responde a razones y a una sentido siguiente: ¿debe o no la Defensoría del
visión de la anterior administración. Pueblo ocuparse de los servicios públicos en
manos de los privados? Desde luego, este tema a
La Defensoría del Pueblo es una institución que nosotros nos llamó particularmente la atención.
claramente ha estado marcada, y sigue estando
marcada, por la impronta que le estableció su pri Tal vez con este ejemplo pueda quedar de algún
mer defensor el doctor Jorge Santistevan; es una modo zanjado el debate. El hecho de que noso
impronta que respondía a un contexto histórico en tros, como país o como Estado, entreguemos una
el que era indispensable privilegiar los derechos autopista en concesión, no vuelve privada esa
fundamentales que podrían denominarse clási autopista. Del mismo modo que el hecho de que
cos. Sin embargo, las competencias y funciones el servicio de salud sea brindado por una clínica,
de la Defensoría del Pueblo, siendo las que he no convierte a la salud en una mercancía, o al
mencionado muy importantes, no se agotan en servicio de educación en un acto de comercio.
la defensa de los derechos fundamentales y los
derechos constitucionales, porque también se El Estado tiene la obligación de supervisar. Y la
ocupa de la marcha de la administración pública institución que por mandato constitucional está
y de la supervisión de los servicios públicos. obligada a supervisar la calidad de esos servicios
es la Defensoría del Pueblo.
Esto está recogido en el artículo 62.° de la Cons
titución, y esta gestión quiere interpretar que Entonces, aprovecho esta oportunidad, señora
cuando hablamos de la marcha de la adminis Presidenta y señores congresistas, para decirles
tración nos referimos a la eficiencia del Estado. que la Defensoría del Pueblo va a ocuparse de
a
Diario de los Debates - 20. a sesión (matinaL) 25-11-2016