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3 049 720,00, la que estará destinada a la asistencia técnica en procesos de
planeamiento estratégico para gobiernos regionales y locales.
Asimismo, que disponga la creación de las siguientes unidades ejecutoras que no
demandan recursos adicionales al Tesoro Público y se van a cubrir con sus propios
recursos:
De los institutos superiores tecnológicos José Abelardo Quiñones Gonzales, de Tumbes;
Veinticuatro de Julio, de Zarumilla; Contralmirante Villar Olivera, de Contralmirante
Villar, Zorritos; y del Instituto Superior Pedagógico José Antonio Encinas, de Tumbes, en el
pliego del Gobierno Regional de Tumbes.
Del Instituto Tecnológico Luciano Castillo Colonna, de la provincia de Talara, en el pliego
del Gobierno Regional de Piura.
De otro lado, pido que se autorice al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos efectuar
reajustes para el incremento de los incentivos laborales del personal sujeto al régimen
laboral del Decreto Legislativo 276.
Igualmente, que se autorice al Ministerio de Economía y Finanzas a transferir los recursos
necesarios para garantizar el financiamiento y la ejecución del Proyecto de Irrigación
Binacional Puyango-Tumbes, de conformidad con lo establecido en la Ley 30359, Ley
para la Implementación de Acuerdos Binacionales entre Perú y Ecuador y Ejecución del
Proyecto Especial Binacional Puyango-Tumbes…
El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Concluya, congresista.
El señor MERINO DE LAMA (AP-FA).— Asimismo, que se autorice al Ministerio de
Economía y Finanzas a transferir en favor de la Dirección Regional de Salud de Tumbes
una demanda adicional de S/, 18 333 254,00 para atender y garantizar la contratación
de recursos humanos a favor del programa orientado a disminuir la incidencia de
enfermedades metaxénicas y zoonosis, subsidios de sepelio de luto y pago de sentencias
judiciales.
Y que se autorice, a partir del 1 de enero del año 2016, la creación de una escala
salarial transitoria para los docentes contratados de los institutos y escuelas de educación
superior por un monto similar al de la segunda escala magisterial de cuarenta horas a la
que se refiere el artículo 57 de la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial, en tanto se
apruebe la Ley de la Carrera Pública de los Docentes de Institutos y Escuelas de
Educación Superior.
Igualmente, es necesaria la instalación del drenaje pluvial en la ciudad de Tumbes, en la
provincia de Tumbes, con código SNIP 232717; la instalación de servicios públicos de
comercio exterior en el Centro de Exportación, Transformación, Industrialización,
Comercialización y Servicios - Ceticos Tumbes, en la provincia de Zarumilla, Región
Tumbes, con código SNIP 238165; la construcción de la Vía de Evitamiento de la ciudad
de Tumbes; la descolmatación y rehabilitación de las aguas de los ríos Tumbes y
Zarumilla; la ampliación del servicio de alcantarillado y creación de la planta de
tratamiento de aguas residuales de la ciudad de Tumbes, provincia de Tumbes, con
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