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“Para garantizar la sostenibilidad de la supervisión de los servicios públicos de transporte
               ferroviario de pasajeros en las vías concesionadas del Proyecto Especial Sistema Eléctrico
               del Transporte Masivo de Lima y Callao, los costos…”


               El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis Del Alcázar).— Puede continuar, congresista
               Wong.


               El  señor  WONG  PUJADA  (SN).—  “…  los  costos  y  los  gastos  de  las  actividades  de
               supervisión  de  los  servicios  públicos  serán  financiados  con  un  porcentaje  adicional  de
               hasta  1%  de  los  ingresos  percibidos  por  la  entidad  prestadora  del  servicio  público,  el
               mismo que será determinado en sus respectivos contratos de concesión. Este porcentaje
               adicional se aplica sin perjuicio de lo establecido en el artículo 14 de la Ley 26917.

               En el caso del Contrato de Concesión de la Línea 1 del Sistema Eléctrico de Transporte
               Masivo  de  Lima  y  Callao,  el  pago  del  porcentaje  adicional  señalado  en  el  párrafo
               precedente  será  asumido  directamente  por  el  Concedente,  siendo  necesaria  su
               incorporación como una obligación a su cargo en el Contrato de Concesión. Para tal
               efecto  exceptúase  al  Ministerio  de  Transportes  y  Comunicaciones  de  las  limitaciones
               establecidas en el artículo 41, numeral 41.1, literal c), del Texto Único Ordenado de la
               Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.”

               El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis Del Alcázar).— Concluya, congresista Wong.

               El señor WONG PUJADA (SN).— La supervisiones de los servicios público de transporte
               incluyen  la  del  transporte  ferroviario.  Sin  embargo,  es  necesario  fortalecer  dicha
               supervisión,  garantizando  su  sostenibilidad  y eficacia,  más  aún  tomando  en  cuenta  los
               servicios públicos de transporte ferroviario de pasajeros que brinda el Sistema Eléctrico de
               Transporte Masivo de Lima y Callao.

               En  dicho  contexto,  con  esta  medida  propuesta,  que  reconoce  a  favor  de  Ositrán  un
               aporte  adicional  por  parte  de  las  empresas  prestadoras  de  servicios  de  transporte,  se
               garantizará  a  los  ciudadanos  que  el  servicio  de  transporte  masivo  se  preste  en
               condiciones de calidad.


               La supervisión es por demás muy importante porque es la única forma de llevar a cabo un
               control  efectivo  de  las  obras  que  se  estén  realizando.  Hemos  visto,  por  lo  que  hemos
               investigado  en  las  regiones,  que  el  problema  es  que  no  hay  supervisión.  Por  ello,
               proponemos esta disposición complementaria final.

               Gracias, Presidente.


               El  señor  PRESIDENTE  (Norman  David  Lewis  Del  Alcázar).—  Tiene  la  palabra  el
               congresista Mariano Portugal.

               El  señor  PORTUGAL  CATACORA  (GPUR).—  Presidente,  me  piden  una  interrupción  el
               congresista Grandez y el congresista Guevara. Con todo gusto se las concedo.


               El  señor  PRESIDENTE  (Norman  David  Lewis  Del  Alcázar).—  Puede  interrumpir  el
               congresista Víctor Grandez.


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