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Diario de los Debates
                                                          PRIMERA LEGISLATURA ORDINARIA DE 2007 - TOMO III - Diario de los DebatesDiario de los Debates  1571
                                                                                         Diario de los Debates
                                                                                         Diario de los Debates
                  posición sin agradecer a este honorable Congreso  Con la intención de acercarnos paulatinamente
                  la deferencia que nos ha dispensado para poder  a todos los ciudadanos que habitan en el territo-
                  intervenir antes, sin seguir la secuencia formal  rio nacional, estamos desarrollando una política
                  de las exposiciones.                        de descentralización, de acuerdo a lo establecido
                                                              en el artículo 32.° de la Ley Orgánica de la
                  Como bien ha dicho el señor Presidente, es este  Defensoría del Pueblo.
                  congreso internacional el que me obliga a estar
                  con los casi 20 defensores del pueblo que han  Por ello, contamos ya con 28 oficinas defensoriales,
                  venido al Perú.                             en cada una de las regiones del país; en Lima,
                                                              una oficina en cada cono, una en el Callao y una
                  Concurro al Congreso, evidentemente, en cum-  oficina en nuestra sede central; y nueve módulos
                  plimiento de la Constitución y de la Ley Orgáni-  de atención instalados en zonas donde en la ac-
                  ca de la Defensoría del Pueblo, para sustentar  tualidad no nos es posible crear oficinas defenso-
                  en calidad de Defensora del Pueblo el proyecto  riales, pero lo que la demanda ciudadana exige
                  de Presupuesto de la entidad a mi cargo corres-  es nuestra presencia, como sucedió en Juliaca,
                  pondiente al año fiscal 2008.               Puno, donde se ha creado el más reciente módu-
                                                              lo de atención. (Cuadro 59.)
                  La Defensoría del Pueblo, como todos saben, es
                  un organismo constitucionalmente autónomo,  Además, tenemos los equipos itinerantes, que se
                  creado por la Constitución Política de 1993, y tiene  desplazan desde cada oficina defensorial o mó-
                  como funciones el defender los derechos consti-  dulo de atención hasta las comunidades o pobla-
                  tucionales, supervisar los deberes de la adminis-  dos más alejados y excluidos del país, principal-
                  tración estatal y supervisar la adecuada presta-  mente en las zonas rurales, andinas y amazónicas.
                  ción de los servicios públicos a la ciudadanía.
                                                              En ese contexto, atendemos la demanda de los
                  En este marco, a la Defensoría se le ha señalado  ciudadanos que interponen y plantean sus que-
                  la función de servir a la población ante el recla-  jas, consultas y petitorios. (Cuadro 60.)
                  mo por la vigencia de sus derechos frente a todas
                  las entidades de la administración estatal.  En este ánimo, apostamos por el diálogo plural y
                                                              democrático para la solución de controversias, la
                  Por tanto, nuestra actuación, en tanto se trata  supervisión proactiva del Estado, emitiendo re-
                  de un órgano del Estado, está orientada por el  comendaciones orientadas al mejoramiento pro-
                  principio de servicio a las personas.       gresivo de la gestión pública en el Perú, en es-







                                                              ATENCIÓN
                                                        DESCENTRALIZADA


                                                          “El  Defensor  del  Pueblo  contará
                                                          progresivamente  con  oficinas  en
                                                          cada  capital  de  departamento  (…);
                                                          asimismo, podrá establecer otras en   Cuadro 59
                                                          los lugares que estime necesario”.
                                                          Artículo 32.º, Ley N.º 26520,
                                                          Ley  Orgánica  de  la  Defensoría  del
                                                          Pueblo.

                                                          28 OFICINAS
                                                          28 OFICINAS
                                                          DEFENSORIALES
                                                          DEFENSORIALES
                                                                      9 MÓDULOS DE
                                                                      9 MÓDULOS DE
                                                                      ATENCIÓN
                                                                      ATENCIÓN

                                                                 9.   T SESIÓN (MATINAL) 22-11-2007 -       Diario de los DebatesDiario de los Debates
                                                                                      Diario de los Debates
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