Defensoría de la Mujer, el Niño, el Adolescente y de las personas con discapacidad víctimas de actos de discriminación

Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer
25 de noviembre

La violencia contra las mujeres y niñas es una de las peores violaciones que se ejercen contras las personas en el mundo entero, y se manifiesta de  diversas formas, en nuestro país según la estadística del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en los que va en el presente año 2023 se  producido 6,565 casos de violencia familiar, de los cuales el 5,302 fueron agresiones contra el sexo femenino.

 Según la Ley N°30364 – ley para prevenir y sancionar los hechos de violencia contra las mujeres y demás integrantes del núcleo familiar, se ha establecido 04 tipos de violencia que se presentan, por lo que debemos prevenirlos y erradicarlos:

 a)    Violencia física. Es la acción o conducta, que causa daño a la integridad corporal o a la salud. Se incluye el maltrato por negligencia, descuido o por privación de las necesidades básicas, que hayan ocasionado daño físico o que puedan llegar a ocasionarlo, sin importar el tiempo que se requiera para su recuperación.

 b)    Violencia psicológica. Es la acción u omisión, tendiente a controlar o aislar a la persona contra su voluntad, a humillarla, avergonzarla, insultarla, estigmatizarla o estereotiparla, sin importar el tiempo que se requiera para su recuperación.

 c)    Violencia sexual. Son acciones de naturaleza sexual que se cometen contra una persona sin su consentimiento o bajo coacción. Incluyen actos que no involucran penetración o contacto físico alguno. Asimismo, se consideran tales la exposición a material pornográfico y que vulneran el derecho de las personas a decidir voluntariamente acerca de su vida sexual o reproductiva, a través de amenazas, coerción, uso de la fuerza o intimidación.

 d)    Violencia económica o patrimonial. Es la acción u omisión que ocasiona un menoscabo en los recursos económicos o patrimoniales de las mujeres por su condición de tales o contra cualquier integrante del grupo familiar, en el marco de relaciones de poder, responsabilidad o confianza, por ejemplo, a través de:

 La perturbación de la posesión, tenencia o propiedad de sus bienes.

  • La pérdida, sustracción, destrucción, retención o apropiación indebida de objetos, instrumentos de trabajo, documentos personales, bienes, valores y derechos patrimoniales.
  • La limitación de los recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades o privación de los medios indispensables para vivir una vida digna; así como la evasión del cumplimiento de sus obligaciones alimentarias.
  • La limitación o control de sus ingresos, así como la percepción de un salario menor por igual tarea, dentro de un mismo lugar de trabajo.

 En los casos en que las mujeres víctimas de violencia tengan hijos/as y estos/as vivan con ellas, la limitación de los recursos destinados a satisfacer sus necesidades o privación de los medios indispensables para vivir una vida digna, así como la evasión de sus obligaciones alimentarias por parte de la pareja, se considerará como una forma de violencia económica o patrimonial contra la mujer y los/las hijos/as.

e) Violencia digital.

Es toda acción mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación, incluidas las redes sociales, que afecte la integridad, dignidad, intimidad, libertad, la vida privada o el acceso a la información de las mujeres. Incluye el acoso, hostigamiento, amenazas, control, chantaje, vulneración de datos personales, acceso no autorizado a información personal, publicación de contenido íntimo sin consentimiento, suplantación de identidad y cualquier forma de violencia que se produzca a través de medios digitales.

f) Violencia en el ámbito de la administración de justicia (violencia judicial).
Es cualquier acto u omisión por parte de operadores/as de justicia que, en el marco de un proceso judicial o administrativo, obstaculice, retarde, niegue o impida el acceso de las mujeres a una tutela efectiva oportuna, imparcial, diligente y con enfoque de género. Esto incluye la revictimización, estereotipos de género, falta de diligencia debida, decisiones discriminatorias o cualquier actuación que implique denegación de justicia o trato desigual por razón de género.

 ¿Qué debe hacer una mujer que es víctima de violencia de parte de su pareja?

  1. Desde la primera vez que recibe un golpe o un insulto, debe poner límites. Debe dejar en claro que ambos tienen los mismos derechos y que no permitirá que la situación se repita.
  2. Si el hecho se repite, lo más adecuado sería poner una denuncia en una Comisaría de Mujeres y decirle a su pareja que lo mejor es permanecer separados hasta que reciban ayuda profesional. Los hombres que maltratan a sus mujeres no están mentalmente sanos.
  3. Es muy importante buscar ayuda profesional en lugares de apoyo a la mujer maltratada.
  4. No creer en disculpas ni juramentos. Si la mujer no toma medidas drásticas, el hecho se repetirá, poniendo en riesgo su vida y la salud mental de sus hijos. Además estos aprenderán del modelo que tienen y más adelante pueden repetir las mismas conductas (los hombres aprenden a maltratar y las mujeres a someterse).
  5. No creer que está en la obligación de soportar "por los hijos" o por temor a quedarse sola. Los hijos sufren mucho como consecuencia de la violencia en el hogar y muchas mujeres salen adelante sin necesidad de un hombre.
  6. Buscar un trabajo, o actividad que le genere ingresos, el trabajar las hará sentirse útiles y capaces de enfrentar la vida.

¿En qué formas se puede presentar la violencia hacia la mujer?

En forma de :

  1. Amenazas (¡te voy a dejar ¡ ¡te voy a golpear! ¡ te voy a matar! etc.)
  2. Insultos
  3. Órdenes que debe cumplir por temor
  4. Quitarle el habla (no hablarle)
  5. Encierro
  6. Echarle la culpa de todo haciéndola sentir incapaz
  7. Celarla excesivamente, acusarla de infidelidad e impedirle salir de casa.
  8. Impedir que trabaje para dominarla más
  9. Golpearla (darle empujones, cachetadas, puñetes, patadas, golpes con algún bjeto, etc.)
  10. Hacerle sentir que si se le maltrata es porque se lo buscó
  11. Obligarla a renunciar a sus propias metas o aspiraciones
  12. Romper sus cosas
  13. No permitirle tomar decisiones
  14. No darle dinero o impedirle que participe de manera igualitaria en la economía el hogar
  15. Privarla de alimentación
  16. No permitirle visitar a sus padres, ni familiares cercanos.

 

NO PERMITAS ESTE TRATO!!! BUSCA AYUDA. EL MALTRATO NO TIENE JUSTIFICACIÓN. SI LO PERMITES PONES EN RIESGO TU VIDA Y LA DE TUS HIJOS. PIENSA QUE EN MUCHOS CASOS LAS HIJAS QUE OBSERVAN VIOLENCIA HACIA SUS MADRES MÁS ADELANTE PUEDEN SUFRIR LO MISMO PORQUE APRENDEN ESE MODELO DE RELACIÓN DE PAREJA.

  

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La lucha contra la violencia hacia la mujer: un desafío urgente en el Perú

En el Perú, la violencia de género sigue siendo una problemática alarmante que afecta la vida de miles de mujeres diariamente. Según estadísticas recientes, las cifras de agresiones físicas, psicológicas y sexuales colocan al país entre los de mayor incidencia en América Latina. Esta realidad, profundamente arraigada en patrones culturales machistas y desigualdades estructurales, evidencia la necesidad de acciones integrales para proteger a las víctimas y prevenir futuros actos de violencia.

En el marco del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, cada 25 de noviembre, se refuerza el compromiso de visibilizar este problema y promover soluciones efectivas. En este contexto, la Defensoría de la Mujer del Congreso de la República desempeña un rol fundamental al ofrecer servicios gratuitos de asesoría integral. Estos servicios, que incluyen orientación legal, psicológica y social, están diseñados para empoderar a las víctimas, informándoles sobre los mecanismos disponibles para afrontar casos de violencia, como presentar denuncias y solicitar medidas de protección.

La atención psicológica proporcionada es crucial para mitigar el impacto emocional que genera la violencia, ayudando a las mujeres a recuperar su autoestima y estabilidad emocional. Por su parte, la asesoría legal no solo guía a las víctimas en el proceso judicial, sino que también les brinda herramientas para ejercer sus derechos con confianza. Estos servicios no solo asisten a las mujeres afectadas, sino que también contribuyen a erradicar la normalización de la violencia en la sociedad peruana.

En conclusión, la labor de oficinas estatales como la Defensoría de la Mujer es vital para combatir la violencia de género y ofrecer apoyo a quienes más lo necesitan. Su compromiso con la protección, información y empoderamiento de las mujeres es un paso firme hacia una sociedad más justa e igualitaria. Estos servicios gratuitos representan un recurso invaluable para construir un futuro en el que todas las mujeres puedan vivir libres de violencia y miedo.

 

       

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