Departamento de Investigación Parlamentaria

AREA DE SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN Y SEGUIMIENTO PRESUPUESTAL

Entidades públicas obligadas por mandato legal a informar al Pleno del Congreso de la República

 ITEM   N° DE LEY  FECHA DE PUBLICACIÓN  TÍTULO  FUNDAMENTO  RESPONSABLE DE INFORMAR  PERIODICIDAD
1  Constitución Política del Perú \ \ Artículo 118.- Corresponde al Presidente de la República: (…) 7. Dirigir mensajes al Congreso en cualquier época y obligatoriamente, en forma personal y por escrito, al instalarse la primera legislatura ordinaria anual. (…)   Presidente de la República Anual
Julio
2 28983  16/03/2007 Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. Artículo 9.- Del cumplimiento de las disposiciones de la Ley Para el cumplimiento de la presente Ley: (...) b) La Presidencia del Consejo de Ministros sustenta ante el Pleno del Congreso de la República, anualmente, en el marco de la celebración del “Día Internacional de la Mujer”, los avances en el cumplimiento de la presente Ley. El 8 de marzo se conmemora el Día Internacional de la Mujer, establecido por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en 1975. Este día recuerda la lucha de las mujeres y la constante búsqueda de equidad de género.  Presidencia del Consejo de Ministros  Anual
Dia internacional de la mujer 8 de marzo
3 29515  1/04/2010   Ley que dispone el informe anual del Ministro de Educación ante el Congreso de la Republica sobre el cumplimiento y los avances del Proyecto Educativo Nacional. Artículo 2 .- Informe.- El Ministro de Educación informa anualmente ante el Pleno del Congreso de la Republica sobre el cumplimiento y los avances del Proyecto Educativo Nacional. El informe se realiza en sesión ordinaria en el mes de Marzo.  Ministro de Educación  Anual
Marzo
Artículo 3 .- Modificación.-  Cualquier modificación al Proyecto Educativo Nacional debe ser sustentada por el Ministerio de Educación en un plazo no mayor a quince (15) días posteriores a la vigencia de la norma que lo modifica ante el Pleno o la Comisión Permanente del Congreso de la República, según corresponda. Plazo no mayor a 15 días posteriores a la vigencia de la norma modificatoria.
4 29807  30/11/2011  Ley que crea el Consejo Nacional de Política Criminal.  Artículo 4.- El Consejo Nacional de Política Criminal tiene los siguientes mandatos y atribuciones: (…) 11. Emitir informes anuales en los que se analice el avance y la eficacioa de las políticas y directrices aprobadas y sustentarlos ante la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso. En dicha sesión se debatirá el informe y se realizarán las preguntas aclaratorias necesarias. El informe anual será sustentado ante el Pleno del Congreso de la República en la primera sesión posterior a la sustentación a la que se contrae el párrafo anterior.  Consejo Nacional de Política Criminal   Anual
Primera sesión posterior a la sustentación de los informes anuales
5 29976  4/01/2013  Ley que crea la Comisión de Alto nivel Anticorrupción. Artículo 3. Funciones 3.1 La Comisión de Alto Nivel Anticorrupción tiene las funciones siguiente: (…) 7. Exponer ante el Pleno del Congreo de la República el informe anual sobre el cumplimiento del Plan Nacional de lucha contra la Corrupción. Comisión de Alto Nivel Anticorrupción  Anual
6  30364    23/11/2015 Ley para prevenir, sancionar y errradicar la violencia copntra las mujeres y los integrantes del grupo familiar.  
Disposiciones Complementarias Finales Sexta. Informes El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables sustenta, en el mes de marzo de cada año, ante el Pleno del Congreso de la República el informe de avance sobre el cumplimiento de la Ley 30364, Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, con especial énfasis en la implementación del Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, los hogares de refugio temporal públicos, privados o mixtos, y sobre los centros de emergencia mujer, a cargo del Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar – Aurora. Para dar cumplimiento a ello, los ministerios y demás entidades integrantes del Sistema remiten la información correspondiente al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, bajo responsabilidad del titular del pliego.(*) (*) Modificada por el artículo 2 del Decreto Legislativo 1551 (28/04/2023). 
 Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables   Anual
Marzo
7  30490  21/07/2016  Ley de la Persona Adulta Mayor. Artículo 37. Informe Anual  El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables informa anualmente ante el Pleno del Congreso de la República sobre el cumplimiento de la presente ley, para lo cual los sectores correspondientes del Gobierno Nacional, de los gobiernos regionales y de los gobiernos locales remiten la información necesaria, oportunamente.  Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables  Anual
 8 30556 29/04/2017 Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios.

Artículo 3.- De la creación de la Autoridad y su finalidad
(…)
3.4 Para efectos del seguimiento y vigilancia de la ejecución y cumplimiento del Plan(*), se conforma un directorio presidido por el Presidente del Consejo de Ministros, e integrado por el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Agricultura y Riego y el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. El Presidente del Consejo de Ministros deberá informar hasta el último día hábil de marzo de cada año, al Pleno del Congreso de la República, sobre los avances y cumplimiento del Plan(*), salvo el primer año, en el cual informará cada seis (6) meses.

(*) Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios

Presidente del Consejo de Ministros Anual
Último día hábil de marzo
 9 30754 18/04/2018 Ley Marco sobre Cambio Climático.

Artículo 6. Autoridad Nacional
El Ministerio de Ambiente es responsable de:
(…)
6.2. Informar anualmente ante el Pleno del Congreso de la República sobre el progreso del cumplimiento de las metas en adaptación y mitigación, aprobadas en políticas, planes y programas, así como las establecidas en las Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional.

Ministerio del Ambiente Anual
 10 30916 19/02/2019 Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia.

Artículo 2.- Competencias de la Junta Nacional de Justicia
Son competencias de la Junta Nacional de Justicia:
(…)
m. Presentar un informe anual al Pleno del Congreso.

Junta Nacional de Justicia Anual
 11 31155 07/04/2021 Ley que previene y sanciona el acoso contra las mujeres en la vida política.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
(...)
TERCERA. Presentación de informe
El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en la primera semana del mes de septiembre de cada año, informa ante el pleno del Congreso de la República, sobre los avances en la implementación de la presente ley.

Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

Anual
Primera semana de setiembre

 12 31250 02/07/2021 Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tedcnología e Innovación (SINACTI).
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
(...)
NOVENA. Informe al Congreso de la República
En marzo de cada año, la Presidencia del Consejo de Ministros informa al Congreso de la República, en sesión del Pleno, sobre los logros de la Política Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (POLCTI).
En marzo y agosto de cada año, la Presidencia del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Concytec) informa sobre los avances de la POLCTI al Pleno de la Comisión de Ciencia, Innovación y Tecnología del Congreso de la República.
Presidencia del Consejo de Ministros Anual
Marzo
 13 32078  2/07/2024 Ley que declara Día del Inventor y del Científico Peruano el 2 de julio de cada año.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
PRIMERA. Informe ante el Congreso de la República
El presidente del Consejo de Ministros y el titular del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), el 2 de julio de cada año, presentan ante el Pleno del Congreso de la República su informe de gestión sobre el aporte de la ciencia, invención y tecnología y su impacto socioeconómico en el desarrollo del país.

 Presidente del Consejo de Ministros y el titular del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC)  Anual
2 de julio de cada año

Fuente: Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano; Sistema Peruano de Información Jurídica SPIJ.
Elaboración: Área de Servicios de Investigación y Seguimiento Presupuestal.


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