Artículo 49º
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Funciones del Departamento de Investigación y Documentación Parlamentaria:
- Son funciones del Departamento de Investigación y Documentación Parlamentaria, las siguientes:
- Planear, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar el desarrollo de las actividades, planes y metas del Departamento, de acuerdo con la política institucional.
- Procesar la generación de documentos, información e investigaciones especializadas que requieran las comisiones, a través del Departamento de Comisiones, en distintos asuntos vinculados al Reglamento del Congreso de la República, hermenéuticas parlamentarias o similares; y otros órganos parlamentarios, así como investigaciones en temas de representación política y parlamentaria.
- Planear, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la actualización y el mantenimiento de las bases de datos que administran las unidades orgánicas del Departamento
- Planear, organizar, dirigir, supervisar y evaluar los servicios de digitalización, reproducción y distribución virtual y física de las proposiciones de ley, proposiciones de resolución legislativa, dictámenes, informes, mociones, acusaciones constitucionales, solicitudes de levantamiento de inmunidad parlamentaria, así como expedientes y agendas virtuales, entre otros documentos parlamentarios, en coordinación con el Departamento de Gestión Documental.
- Otras funciones en el ámbito de su competencia que le sean asignadas por la instancia superior y en cumplimiento de la normatividad vigente.
- Son funciones del Área de Biblioteca, las siguientes:
- Formular y proponer las políticas y metas de la Biblioteca, así como desarrollar las actividades correspondientes para su cumplimiento.
- Formular y proponer la asignación de recursos, para la consecución de sus metas, así como programar, supervisar y evaluar la ejecución del presupuesto asignado y de los respectivos calendarios de compromisos.
- Planear, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la admisión de material bibliográfico y documental, así como la actualización, preservación y descarte de colecciones.
- Planear, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar el desarrollo de los servicios y procesos bibliotecarios de la Biblioteca del Congreso de la República, garantizando que se brinde un óptimo servicio bibliotecario que logre la conservación, preservación, mantenimiento, actualización y adecuado manejo del material bibliográfico.
- Seleccionar y proponer la admisión de recursos de información, en cualquier tipo de soporte, asesorando y participando en los procesos de adquisición.
- Establecer vínculos de coordinación e interactuar con instituciones nacionales e internacionales afines al proceso documentario, de archivo y biblioteca, con el objeto de intercambiar experiencias e información, para optimizar el acceso a diversas fuentes de información especializada.
- Proponer y ejecutar los lineamientos para la sistematización de los recursos de información y colecciones de la Biblioteca.
- Organizar y prestar servicios bibliotecarios y de información a los usuarios, utilizando con eficiencia las tecnologías de información vigentes.
- Proporcionar servicios de información especializada en apoyo de los procesos de investigación y capacitación.
- Mantener contacto con instituciones afines, nacionales e internacionales y especialmente la Federación Internacional de Bibliotecarios y Asociaciones de Bibliotecas Parlamentarias, con el objeto de intercambiar experiencias e información especializada.
- Supervisar el mantenimiento del patrimonio bibliográfico y documental y de las bases de datos asignadas a la Biblioteca.
- Proponer y supervisar sistemas y procesos técnicos para el mantenimiento y conservación de las colecciones de la Biblioteca.
- Dirigir y supervisar los procesos de inventarios parciales y generales de las colecciones de la Biblioteca y emitir los reportes correspondientes.
- Administrar los bienes asignados a la Biblioteca.
- Proporcionar asesoría a la Alta Dirección en el ámbito de su competencia.
- Otras funciones que le sean asignadas en el ámbito de su competencia por la instancia superior y en cumplimiento de la normatividad vigente.
- Son funciones del Área de Servicios de Investigación y Seguimiento Presupuestal, las siguientes:
- Realizar estudios de línea base, así como el diseño de las metodologías correspondientes para la medición del impacto legislativo.
- Efectuar investigaciones que determinen el impacto de la implementación de las leyes.
- Propiciar la interrelación con otros centros de investigación parlamentaria nacionales o extranjeros.
- Fomentar la suscripción de convenios con instituciones nacionales y extranjeras, públicas y privadas, a fin de fortalecer las capacidades de investigación del Departamento.
- Coordinar con la Biblioteca del Congreso de la República en asuntos referidos a investigación y documentación parlamentaria de apoyo legislativo.
- Realizar traducciones directas e inversas de textos referentes a la labor legislativa, investigación y capacitación parlamentaria para los Congresistas y funcionarios del Congreso de la República.
- Brindar asistencia técnica para la evaluación, ex ante o ex post, del impacto legislativo.
- Sistematizar las experiencias y lecciones aprendidas como resultado de las intervenciones del Congreso y de otros Parlamentos a nivel internacional.
- Establecer los lineamientos para la revisión de las leyes, así como para la evaluación de su desempeño.
- Establecer los criterios de calidad legislativa.
- Actualizar la Plataforma de Información de información de Datos Automatizados - Seguimiento al Gasto Público en la ejecución del presupuesto general y la ejecución de inversión pública a nivel de los proyectos en los tres niveles de gobierno.
- Planear, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la publicación de todos los informes, estudios, carpetas, reportes y demás documentos elaborados por las unidades dependientes de la Dirección.
- Otras funciones que le sean asignadas en el ámbito de su competencia por la instancia superior y en cumplimiento de la normatividad vigente.
- Son funciones del Área de Estadística, las siguientes:
- Implementar y administrar la base de datos de la información estadística de los sectores sociales, económicos y políticos en un sistema de generación de estadística e indicadores, a fin de atender la demanda de información de los diferentes órganos parlamentarios.
- Asistir a la Dirección General de Parlamentaria en la elaboración de documentos de información estadística a requerimiento de los órganos parlamentarios y de la Alta Dirección del Servicio Parlamentario.
- Elaborar las Carpetas Georeferenciales por regiones y otros productos de información estadística de interés institucional.
- Diseñar y gestionar la formulación, desarrollo y mantenimiento de una base de datos para la generación de información estadística parlamentaria.
- Coordinar con el Instituto Nacional de Estadística e Informática el desarrollo de información estadística y la interrelación con el Sistema Estadístico Nacional.
- Planear, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la actualización y difusión de la información que se publica en las herramientas informáticas a cargo de la Dirección.
- Elaborar los reportes sobre la producción legislativa del Congreso de la República, así como cuadros estadísticos e indicadores de la gestión parlamentaria.
- Elaborar la información estadística a considerar en la publicación del Congreso en Cifras.
- Elaborar las proporcionalidades por grupo parlamentario para integrar los órganos de la Organización Parlamentaria del Congreso de la República.
- Otras funciones que le sean asignadas en el ámbito de su competencia por la instancia superior y en cumplimiento de la normatividad vigente.
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