Departamento de Investigación y Documentación Parlamentaria

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Funciones

Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Parlamentario del Congreso de la República

SUB CAPÍTULO II. ÓRGANOS DEPENDIENTES DE LA DIRECCIÓN GENERAL PARLAMENTARIA

Artículo 48º

Departamento de Investigación y Documentación Parlamentaria:

  1. El Departamento de Investigación y Documentación Parlamentaria es un órgano de línea dependiente de la Dirección General Parlamentaria. Tiene por finalidad proveer documentos, información e investigación especializada sobre diversos temas que requieran las comisiones y otros órganos parlamentarios, en cumplimiento de las funciones del Congreso de la República, así como realizar el análisis de impacto, ex ante y ex post, de los proyectos legislativos y de leyes aprobadas; centralizar, sistematizar y organizar estadísticamente la información que se desarrolla en los órganos parlamentarios y los sectores económicos, sociales y políticos del país.
  2. Está a cargo de un funcionario denominado JEFE DE DEPARTAMENTO, designado por la Mesa Directiva a propuesta del Oficial Mayor.
  3. Son unidades orgánicas dependientes del Departamento de Investigación y Documentación Parlamentaria: el Área de Biblioteca, Área de Servicios de Investigación y Seguimiento Presupuestal y Área de Estadística.

Artículo 49º

Funciones del Departamento de Investigación y Documentación Parlamentaria:

  1. Son funciones del Departamento de Investigación y Documentación Parlamentaria, las siguientes:

    1. Planear, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar el desarrollo de las actividades, planes y metas del Departamento, de acuerdo con la política institucional.
    2. Procesar la generación de documentos, información e investigaciones especializadas que requieran las comisiones, a través del Departamento de Comisiones, en distintos asuntos vinculados al Reglamento del Congreso de la República, hermenéuticas parlamentarias o similares; y otros órganos parlamentarios, así como investigaciones en temas de representación política y parlamentaria.
    3. Planear, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la actualización y el mantenimiento de las bases de datos que administran las unidades orgánicas del Departamento
    4. Planear, organizar, dirigir, supervisar y evaluar los servicios de digitalización, reproducción y distribución virtual y física de las proposiciones de ley, proposiciones de resolución legislativa, dictámenes, informes, mociones, acusaciones constitucionales, solicitudes de levantamiento de inmunidad parlamentaria, así como expedientes y agendas virtuales, entre otros documentos parlamentarios, en coordinación con el Departamento de Gestión Documental.
    5. Otras funciones en el ámbito de su competencia que le sean asignadas por la instancia superior y en cumplimiento de la normatividad vigente.

  2. Son funciones del Área de Biblioteca, las siguientes:

    1. Formular y proponer las políticas y metas de la Biblioteca, así como desarrollar las actividades correspondientes para su cumplimiento.
    2. Formular y proponer la asignación de recursos, para la consecución de sus metas, así como programar, supervisar y evaluar la ejecución del presupuesto asignado y de los respectivos calendarios de compromisos.
    3. Planear, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la admisión de material bibliográfico y documental, así como la actualización, preservación y descarte de colecciones.
    4. Planear, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar el desarrollo de los servicios y procesos bibliotecarios de la Biblioteca del Congreso de la República, garantizando que se brinde un óptimo servicio bibliotecario que logre la conservación, preservación, mantenimiento, actualización y adecuado manejo del material bibliográfico.
    5. Seleccionar y proponer la admisión de recursos de información, en cualquier tipo de soporte, asesorando y participando en los procesos de adquisición.
    6. Establecer vínculos de coordinación e interactuar con instituciones nacionales e internacionales afines al proceso documentario, de archivo y biblioteca, con el objeto de intercambiar experiencias e información, para optimizar el acceso a diversas fuentes de información especializada.
    7. Proponer y ejecutar los lineamientos para la sistematización de los recursos de información y colecciones de la Biblioteca.
    8. Organizar y prestar servicios bibliotecarios y de información a los usuarios, utilizando con eficiencia las tecnologías de información vigentes.
    9. Proporcionar servicios de información especializada en apoyo de los procesos de investigación y capacitación.
    10. Mantener contacto con instituciones afines, nacionales e internacionales y especialmente la Federación Internacional de Bibliotecarios y Asociaciones de Bibliotecas Parlamentarias, con el objeto de intercambiar experiencias e información especializada.
    11. Supervisar el mantenimiento del patrimonio bibliográfico y documental y de las bases de datos asignadas a la Biblioteca.
    12. Proponer y supervisar sistemas y procesos técnicos para el mantenimiento y conservación de las colecciones de la Biblioteca.
    13. Dirigir y supervisar los procesos de inventarios parciales y generales de las colecciones de la Biblioteca y emitir los reportes correspondientes.
    14. Administrar los bienes asignados a la Biblioteca.
    15. Proporcionar asesoría a la Alta Dirección en el ámbito de su competencia.
    16. Otras funciones que le sean asignadas en el ámbito de su competencia por la instancia superior y en cumplimiento de la normatividad vigente.

  3. Son funciones del Área de Servicios de Investigación y Seguimiento Presupuestal, las siguientes:

    1. Realizar estudios de línea base, así como el diseño de las metodologías correspondientes para la medición del impacto legislativo.
    2. Efectuar investigaciones que determinen el impacto de la implementación de las leyes.
    3. Propiciar la interrelación con otros centros de investigación parlamentaria nacionales o extranjeros.
    4. Fomentar la suscripción de convenios con instituciones nacionales y extranjeras, públicas y privadas, a fin de fortalecer las capacidades de investigación del Departamento.
    5. Coordinar con la Biblioteca del Congreso de la República en asuntos referidos a investigación y documentación parlamentaria de apoyo legislativo.
    6. Realizar traducciones directas e inversas de textos referentes a la labor legislativa, investigación y capacitación parlamentaria para los Congresistas y funcionarios del Congreso de la República.
    7. Brindar asistencia técnica para la evaluación, ex ante o ex post, del impacto legislativo.
    8. Sistematizar las experiencias y lecciones aprendidas como resultado de las intervenciones del Congreso y de otros Parlamentos a nivel internacional.
    9. Establecer los lineamientos para la revisión de las leyes, así como para la evaluación de su desempeño.
    10. Establecer los criterios de calidad legislativa.
    11. Actualizar la Plataforma de Información de información de Datos Automatizados - Seguimiento al Gasto Público en la ejecución del presupuesto general y la ejecución de inversión pública a nivel de los proyectos en los tres niveles de gobierno.
    12. Planear, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la publicación de todos los informes, estudios, carpetas, reportes y demás documentos elaborados por las unidades dependientes de la Dirección.
    13. Otras funciones que le sean asignadas en el ámbito de su competencia por la instancia superior y en cumplimiento de la normatividad vigente.

  4. Son funciones del Área de Estadística, las siguientes:

    1. Implementar y administrar la base de datos de la información estadística de los sectores sociales, económicos y políticos en un sistema de generación de estadística e indicadores, a fin de atender la demanda de información de los diferentes órganos parlamentarios.
    2. Asistir a la Dirección General de Parlamentaria en la elaboración de documentos de información estadística a requerimiento de los órganos parlamentarios y de la Alta Dirección del Servicio Parlamentario.
    3. Elaborar las Carpetas Georeferenciales por regiones y otros productos de información estadística de interés institucional.
    4. Diseñar y gestionar la formulación, desarrollo y mantenimiento de una base de datos para la generación de información estadística parlamentaria.
    5. Coordinar con el Instituto Nacional de Estadística e Informática el desarrollo de información estadística y la interrelación con el Sistema Estadístico Nacional.
    6. Planear, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la actualización y difusión de la información que se publica en las herramientas informáticas a cargo de la Dirección.
    7. Elaborar los reportes sobre la producción legislativa del Congreso de la República, así como cuadros estadísticos e indicadores de la gestión parlamentaria.
    8. Elaborar la información estadística a considerar en la publicación del Congreso en Cifras.
    9. Elaborar las proporcionalidades por grupo parlamentario para integrar los órganos de la Organización Parlamentaria del Congreso de la República.
    10. Otras funciones que le sean asignadas en el ámbito de su competencia por la instancia superior y en cumplimiento de la normatividad vigente.

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