Departamento de Investigación Parlamentaria

AREA DE SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN Y SEGUIMIENTO PRESUPUESTAL

Entidades públicas obligadas por mandato legal a informar a la Comisión de Inclusión Social y Personas con Discapacidad 

 ITEM   N° DE LEY  FECHA DE PUBLICACIÓN  TÍTULO  FUNDAMENTO  RESPONSABLE DE INFORMAR  PERIODICIDAD
1 30435 17/05/2016 Ley que crea el Sistema Nacional de Focalización (Sinafo).

Disposiciones Complementarias Finales 
(…) 
Segunda.- Anualmente, dentro de los tres meses de concluido el año fiscal, la Contraloría General de la República, en el marco del Sistema Nacional de Control, dispone e implementa las labores de control, respecto a la aplicación de lo establecido en la presente Ley por parte de los integrantes del Sistema Nacional de Focalización (Sinafo) a cargo de las intervenciones focalizadas. Dicho órgano superior de control remite un informe sobre las referidas labores de control a la Comisión de Inclusión Social y Personas con Discapacidad y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República

Contraloría General de la República

Anual
Dentro de los tres meses de concluido el año fiscal

Tercera.- Anualmente, durante los tres primeros meses del año, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) remite un informe a la Comisión de Inclusión Social y Personas con Discapacidad del Congreso de la República respecto de los avances y resultados, del Sistema Nacional de Focalización  (Sinafo). Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social

Durante los tres primeros meses del año

2 30603 05/07/2017 Ley que garantiza el derecho al juego y la accesibilidad urbana para niños, niñas y adolescentes con discapacidad. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
PRIMERA. Informe a la Comisión de Inclusión Social y Personas con Discapacidad del Congreso de la República
El CONADIS informa anualmente y por escrito a la Comisión de Inclusión Social y Personas con Discapacidad del Congreso de la República sobre el cumplimiento de las normas dispuestas en la presente ley. El primer informe se realiza al primer año contabilizado a partir de la publicación de la presente ley.
Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS Anual
3 30790 11/06/2018 Ley que promueve a los comedores populares como unidades de emprendimiento para la producción. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
(…)
Segunda. Informe a la Comisión de Inclusión Social y Personas con Discapacidad y a la Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y Modernización de la Gestión del Estado
El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social informa en el segundo trimestre de cada año a la Comisión de inclusión Social y Personas con Discapacidad y a la Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y Modernización del Estado sobre las acciones realizadas para el cumplimiento de la presente ley.
Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social Anual
Segundo trimestre
4 31458 27/04/2022 Ley que reconoce las ollas comunes y garantiza su sostenimiento, financiamiento y  el trabajo productivo de sus beneficiarios, promoviendo su emprendimiento.

Artículo 12. Informe al Congreso de la República
El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social informa trimestralmente a la Comisión de Inclusión Social y Personas con Discapacidad del Congreso de la República las acciones referidas a la adquisición y entrega de alimentos, así como la transferencia de recursos realizada en el marco del Programa de Complementación Alimentaria y otros de finalidad similar a cargo del ministerio.

Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social Trimestral
5 32034 25/05/2024 Ley que promueve y fortalece la atención de las personas con discapaciad en edad adulta que se encuentren en situación de riesgo, desprotección o abandono familiar.

 

Artículo 8. Informe anual del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ante el Congreso de la República
El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), en coordinación y sobre la base de la información proporcionada por el Conadis y el Inabif, y los gobiernos regionales y gobiernos locales, presenta y sustenta un informe anual ante las comisiones de Mujer y Familia y de Inclusión Social y Personas con Discapacidad del Congreso de la República sobre el funcionamiento de todos los servicios destinados a la atención de personas con discapacidad en edad adulta que se encuentren en situación de riesgo, desprotección o abandono familiar. Esta exigencia en ningún caso contempla información reservada que pueda poner en riesgo a las víctimas o casos particulares de desprotección familiar o riesgo social.

Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), en coordinación y sobre la base de la información proporcionada por el Conadis y el Inabif; y los gobiernos regionales y gobiernos locales  Anual 
6 32139 22/10/2024 Ley que establece un porcentaje del presupuesto institucional de los gobiernos regionales y de los gobiernos locales para actividades y proyectos orientados a la atención de personas con discapacidad. Artículo 4. Rendición de cuentas
Los gobiernos regionales y gobiernos locales, bajo responsabilidad del titular del pliego, gerente general y gerente municipal, respectivamente, antes del 31 de marzo de cada año, remiten un informe anual de rendición de cuentas sobre el cumplimiento, resultados de ejecución presupuestaria e indicadores de desempeño de lo dispuesto en la presente ley a las comisiones de Presupuesto y Cuenta General de la República y de Inclusión Social y Personas con Discapacidad del Congreso de la República.
El mismo informe se remite al Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis).
Gobiernos regionales y gobiernos locales 

Anual
antes del 31 de marzo

 

Fuente: Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano; Sistema Peruano de Información Jurídica SPIJ.
Elaboración: Área de Servicios de Investigación y Seguimiento Presupuestal.

   


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