Departamento de Investigación Parlamentaria

AREA DE SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN Y SEGUIMIENTO PRESUPUESTAL

Entidades públicas obligadas por mandato legal a informar a la Comisión de Energía y Minas 

 ITEM   N° DE LEY  FECHA DE PUBLICACIÓN  TÍTULO  FUNDAMENTO  RESPONSABLE DE INFORMAR  PERIODICIDAD
1 29293 13/12/2008

Ley que declara de necesidad pública e interés nacional la implementación de medidas para lograr el desarrollo urbano sostenible concertado y la reubicación de la ciudad de Cerro de Pasco.

"INFORME TECNICO LEGAL N° 001-2024-VIVIENDA /VMVU-DGPRVU-DOICP-leyla.torres-RAP, de la Dirección de Ordenamiento e Integración de Centros Poblados del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (27/2/2024)

En el marco del Decreto Supremo N° 017-2017-PCM de fecha 13 de febrero 2017, se aprobó la fusión por absorción de la Comisión Interinstitucional creada por Ley 29293, en el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Mediante Convenio Específico Interinstitucional N° 113-2022-VIVIENDA suscrito con la Municipalidad Provincial de Pasco, se ha elaborado el Plan de Acondicionamiento Territorial de la Provincia de Pasco y el Plan de Desarrollo Urbano del Conglomerado de la ciudad de Cerro de Pasco, los cuales se encuentran en proceso de aprobación por la Municipalidad Provincial de Pasco."

Artículo 2.- Comisión Interinstitucional
1. Constitúyese una Comisión Interinstitucional con el objetivo de implementar medidas para reducir el impacto ambiental y proteger la salud de la población, así como defi nir el proceso de reubicación de la ciudad de Cerro de Pasco y alcanzar su desarrollo urbano sostenible. (...)
Artículo 9.- Plazos
La Comisión Interinstitucional:
a) Se instalará dentro de los treinta (30) días calendarios posteriores a la vigencia de la presente Ley.
(...)
c) Cada sesenta (60) días calendario, contados a partir de su fecha de instalación, debe informar de sus avances a las Comisiones del Congreso de la República responsables de los temas de Salud, Ambiente, Vivienda y Minas.
Presidencia del Consejo de Ministros

 Bimestral

2 32315 30/04/2025

Ley que establece medidas para impular la masificación del gas natural.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
(...)
QUINTA. Comisión multisectorial para la elaboración de un plan priorizado de masificación energética para los departamentos de la Amazonía
El Poder Ejecutivo, en un plazo máximo de sesenta días calendario contados a partir de la entrada en vigor de la presente ley, mediante resolución suprema, conforma una comisión multisectorial, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros, con el objeto de elaborar un plan priorizado de masificación energética para los departamentos de la Amazonía, incluyendo propuestas normativas de fomento del uso del gas natural u otros mecanismos, con alternativas energéticas a implementarse en aquellas zonas en las cuales no es posible o justificable en el corto plazo, el abastecimiento de gas natural por ductos.
Esta comisión multisectorial se instala dentro de los cinco días calendario contados a partir de la publicación de la resolución suprema que la crea, y 
tiene una vigencia de 180 días calendario, plazo en el cual presenta al Ministerio de Energía y Minas el informe final para su implementación, e informa sobre este a la Comisión de Energía y Minas del Congreso de la República.
Comisión multisectorial

180 días calendario desde la formación de la Comisión multisectorial

Fuente: Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano; Sistema Peruano de Información Jurídica SPIJ.
Elaboración: Área de Servicios de Investigación y Seguimiento Presupuestal.

   


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