Son propuestas mediante las cuales los Parlamentarios ejercen su derecho a pedir al Congreso que adopte acuerdos sobre asuntos importantes para los intereses del país y las relaciones con el Gobierno.
Se presentan ante la Oficialía Mayor del Congreso y proceden en los siguientes casos:
Las Mociones de Orden del Día pueden ser fundamentadas por su Autor por un tiempo no mayor de cinco minutos, y los grupos opositores tienen un minuto cada uno, con un máximo de cinco minutos entre todos. Sin embargo, en función de la cantidad de asuntos pendientes en la agenda, el Presidente puede señalar un tiempo menor. Su admisión a debate requiere el voto favorable de la mayoría de Congresistas hábiles, salvo disposición Constitucional diferente.
Las Mociones de Saludo de menor importancia se tramitan directamente ante el Consejo Directivo, salvo casos excepcionales a criterio del Presidente.