Departamento de Investigación Parlamentaria

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Recursos de Información sobre Procedimientos Parlamentarios
Reglamento del Congreso de la República

El Procedimiento Legislativo 

Artículos: 72 / 73 - 75 / 76 -77 / 78 - 81  

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DEBATE Y APROBACIÓN 

Concordancias: 
Constitución Política del Perú

Sentencias del Tribunal Constitucional

ENVÍO AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Concordancias:
Constitución Política del Perú

Normas Legales 
Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (11.4. 01)

PROMULGACIÓN, PUBLICACIÓN Y VIGENCIA

Concordancias: 
Constitución Política del Perú

Normas Legales
Ley Nº 26889, Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa (10.12.97)

Sentencias del Tribunal Constitucional


REGLAS ESPECIALES PARA LA APROBACIÓN DE PROPOSICIONES DE LEY

a) Leyes de reforma de la Constitución; se aprobarán con el voto favorable de por lo menos la mitad más uno del número legal de Congresistas, para luego ser sometida a referéndum o, en su defecto, será aprobada en dos períodos anuales de sesiones sucesivos con el voto aprobatorio de un número superior a los dos tercios del número legal de Congresistas. La ley aprobada por cualquiera de las formas señaladas no puede ser observada por el Presidente de la República.

Concordancia 
Constitución Política del Perú

Normas Legales
Ley N° 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos (03.05.94)

Sentencias del Tribunal Constitucional

b) Leyes Orgánicas; se aprobarán o modificarán con el voto favorable de por lo menos la mitad más uno del número legal de Congresistas.

Concordancias: 
Constitución Política del Perú

Normas legales
Ley N° 26303, Dictan norma para la clasificación e identificación de las Leyes Orgánicas en nuestro ordenamiento jurídico, (5.5.94).

Ley N° 26889, Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa (10.12.97)

Ley N°28237, Código Procesal Constitucional (31.5.04)

 Sentencias del Tribunal Constitucional

c) Ley de Presupuesto; dentro de las 48 horas de presentados al Congreso los proyectos de Ley de Presupuesto, de Endeudamiento y Ley de Equilibrio Financiero, el Presidente del Congreso convoca a una sesión extraordinaria destinada a la sustentación de las referidas iniciativas por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economía y Finanzas.

  • La exposición, que no excederá de 60 minutos debe referirse fundamentalmente a las prioridades del gasto y las fuentes de financiamiento.
  • Dicha presentación es seguida de un debate, con intervención de los voceros de grupos parlamentarios por un período no mayor de 20 minutos cada uno.
  • Concluido el debate a que se refiere el artículo anterior, los referidos proyectos son publicados en el Diario Oficial El Peruano y derivados a la Comisión de Presupuesto, que los analiza en sesiones públicas.
  • El Presidente de la Comisión de Presupuesto sustentará el dictamen de la misma. Dicho dictamen debe necesariamente precisar con claridad las prioridades asignadas al gasto público en términos generales y en cada sector.
  • El debate de la ley de presupuesto se inicia el 15 de noviembre y debe ser aprobada con el voto favorable de por lo menos la mitad más uno del número de los  Congresistas presentes, y  enviada al Poder Ejecutivo, de lo contrario entrará en vigencia el proyecto enviado por el Presidente de la República, quien lo promulgará mediante decreto legislativo.
  • En la sesión del Pleno destinada a debatir y sustentar el Presupuesto, se seguirá el procedimiento  siguiente:
  • El Presidente dará la palabra en primer término al Presidente del Consejo de Ministros quien manifestará sus puntos de vista respecto del dictamen de la Comisión de Presupuesto;
  • Intervendrá luego el Ministro de Economía y Finanzas para sustentar el pliego de ingresos; y
  • Harán uso de la palabra cada uno de los Ministros, lo mismo que el Presidente de la Corte Suprema, el Fiscal de la Nación, el Presidente del Jurado Nacional de Elecciones y el Defensor del Pueblo para que sustenten sus pliegos de egresos.
  • Las intervenciones no excederán de  treinta minutos por orador.
  • Concluida la sustentación, intervendrán los voceros de los grupos parlamentarios conforme a las reglas definidas por el Consejo Directivo
  • Al concluir el debate, el Presidente del Consejo de Ministros manifiesta en representación del Poder Ejecutivo su aceptación o disconformidad con el proyecto de ley de Presupuesto.
  • Luego de dicha intervención, se procede a votar el proyecto.

Concordancias: 
Constitución Política del Perú:

Sentencias del Tribunal Constitucional

d) Leyes sobre créditos suplementarios, habilitaciones y transferencias de partidas; deben tramitarse como la Ley de Presupuesto. Durante el receso parlamentario las aprueba la Comisión Permanente, con el voto favorable de por lo menos los tres quintos del número legal de sus miembros.

Concordancias:
Constitución Política del Perú:

e) Ley de la Cuenta General de la República; debe ser revisada y dictaminada dentro de los noventa días útiles siguientes a su presentación. Una vez revisada y dictaminada por la Comisión respectiva, el Pleno se pronunciará dentro de los siguientes treinta días útiles; de lo contrario, se envía el dictamen de la Comisión Revisora al Presidente de la República para que la promulgue mediante decreto legislativo.

Concordancias:
Constitución Política del Perú:

fLeyes autoritativas de legislación delegada; pueden ser aprobadas para autorizar el ejercicio de la función legislativa al Gobierno mediante decretos legislativos o a la Comisión Permanente mediante la aprobación de proposiciones de ley, con las limitaciones establecidas en el segundo párrafo del inciso 4) del artículo 101°  y en el segundo párrafo del artículo 104°  de la Constitución Política. Deben indicarse la materia específica de la delegación y el plazo de la misma. 

Concordancias:
Constitución Política del Perú

Sentencias del Tribunal Constitucional


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