Señora Presidenta:
Ha
ingresado para Dictamen de Vuestra Comisión el Proyecto de Ley N° 244/2000-CR,
presentado por los señores Congresistas Miguel Velit Núñez,
Guzmán Aguirre Altamirano, Luis Alva Castro, Róger Cáceres
Pérez, Carlos Cuaresma Sánchez, Alberto Cruz Loyola, María
del Milagro Huamán Lu, Manuel Masías Oyanguren, Marciano Rengifo
Ruiz, Robinson Rivadeneyra Reátegui, Ruby Rodríguez de Aguilar,
Gregorio Ticona Gómez, Pedro Vilchez Malpica, David Waisman Rjavinsthi
y Francisco Arroyo Cobián, que propone establecer la obligación
de publicar autorización de viaje de salida al exterior del país,
de autoridades y funcionarios municipales.
La Comisión
luego del estudio y análisis correspondiente ha llegado a las siguientes
conclusiones:
- El artículo 39°
de la Carta Magna dispone que: "Todos los funcionarios y trabajadores
públicos están al servicio de la Nación. El Presidente
de la República tiene la más alta jerarquía en el servicio
a la Nación y, en ese orden, los representantes al Congreso, ministros
de Estado, miembros del Tribunal Constitucional y del Consejo de la Magistratura,
los magistrados supremos, el Fiscal de la Nación y el Defensor del
Pueblo, en igual categoría; y los representantes de los organismos
descentralizados y alcaldes, de acuerdo a ley."
- La Constitución
Política en el artículo 191°, parte pertinente, señala:
" .... que corresponden al Concejo las funciones normativas y fiscalizadoras;
y a la alcaldía, las funciones ejecutivas. Los alcaldes y regidores
son elegidos por sufragio directo, por un período de cinco años."
- Es conveniente señalar
que para las autorizaciones de viaje para los funcionarios y servidores del
Poder Ejecutivo, existen diversos dispositivos de obligatorio cumplimiento
sobre los viajes al exterior que irrogan gastos al Estado que son aprobados
por Resolución Suprema en la que se detalla los gastos de desplazamiento,
viáticos, cualquier otra asignación, así como la duración
del viaje.
- En concordancia con los
artículos citados de la Constitución Política, los viajes
de salida al exterior del país de los alcaldes, regidores y funcionarios
del Gobierno Local, deben ser autorizados por el propio Concejo Municipal,
previa evaluación de la importancia y utilidad para la institución,
cuya resolución obligatoriamente tiene que publicarse en el diario
oficial El Peruano, o en el diario encargado de las publicaciones judiciales
de la jurisdicción de la municipalidad. También se incluye en
este requisito los directivos y funcionarios de las empresas de propiedad
municipal.
- La finalidad de la presente
iniciativa, permitirá que la comunidad tenga conocimiento del motivo
de los viajes al exterior del país en comisión de servicios
de las autoridades y funcionarios del Gobierno Local y de los directivos y
funcionarios de las empresas de propiedad edil.
- Actualmente los alcaldes,
regidores y funcionarios municipales y los directivos y funcionarios de las
empresas de los Gobiernos Locales no publican las resoluciones de viajes al
exterior en el diario oficial El Peruano o en el diario encargado de las publicaciones
judiciales de la jurisdicción de la municipalidad, propiciando que
la comunidad desconozca los fines y costos de dichos viajes que pueden ser
en comisión de servicios o atendiendo invitaciones de organismos o
instituciones internacionales.
- Mediante la presente
iniciativa, en el artículo 2° se propone regular el contenido de la
resolución de autorización de viaje al exterior, en la que se
deberá señalar el país de destino, motivo y período
de duración del viaje, valor del pasaje en categoría económica,
importe de los viáticos, tarifa CORPAC, fuente de financiamiento del
valor del viaje y los demás gastos que irrogue la salida al exterior.
Asimismo, la no exoneración de impuestos o derechos aduaneros, de ninguna
clase o denominación.
- También es conveniente
mencionar que el Poder Ejecutivo por Decreto de Urgencia Nro. 058-2000, del
15 de agosto del año en curso, dictó medidas extraordinarias
en materia de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria orientadas
a equilibrar las cuentas fiscales y racionalizar el gasto.
- El señor Presidente
del Consejo de Ministros, mediante Oficio Nro. 520-2000-PCM/DM y la señora
Contralora General de la República, por Oficio Nro. 104-2000-CG/DG,
han emitido opinión favorable a esta iniciativa.
Por las
consideraciones expuestas, la Comisión dictamina la aprobación
del Proyecto de Ley Nro. 244/2000-CR, con el texto sustitutorio siguiente:
TEXTO SUSTITUTORIO
Artículo
1°.- Objeto de la Ley
El Concejo
Municipal debe publicar la resolución que autoriza el viaje de salida
al exterior, en comisión de servicios del alcalde y regidor municipal
en el Diario Oficial "El Peruano" o en el diario encargado de las publicaciones
judiciales de la jurisdicción de la municipalidad.
En la circunscripción
que no exista diario, el Concejo Municipal publicará la resolución
mediante carteles impresos visibles que deberán estar fijados en el local
municipal.
El funcionario
municipal se encuentra incurso dentro de esta obligación y también
los directivos y funcionarios de las empresas de propiedad municipal.
Artículo
2°.- Contenido de la Resolución
La resolución
de autorización deberá contener los detalles siguientes:
- País de destino
- Motivo y período
de duración del viaje
- Valor del pasaje en categoría
económica
- Importe de los viáticos
- Tarifa CORPAC
- Fuente de financiamiento
del valor del viaje, y
- Los demás gastos
que irrogue la salida al exterior.
- La no exoneración
de impuestos o derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación
Artículo
3°.- De la autorización del viaje
El viaje
al exterior del alcalde, regidor y funcionario municipal que irroga gasto al
Gobierno Local, es autorizado por el Concejo Municipal, previa evaluación
de la importancia y utilidad para la institución.
Este mismo
procedimiento se aplica a los directivos y funcionarios de las empresas municipales.
Artículo
4º Del incumplimiento de la Ley
El infractor
de la presente norma está incurso en la responsabilidad que la ley señala.
Lima, 02
de octubre de 2000.
Dése cuenta
Sala de la Comisión