Descentralización

Periodo Parlamentario 2001-2006

Priorizados por la Comisión

 

DICTAMEN COMISION DE DESCENTRALIZACIÓN

  Proyecto de Ley N° 615/2000-CR

Ley que modifica denominación de Presidente Ejecutivo de los Ctars por el de Director Ejecutivo.

 Señora Presidenta:

 Ha ingresado para Dictamen de Vuestra Comisión el Proyecto de Ley N° 615/2000-CR, presentado por los señores Congresistas Miguel Velit Núñez, Róger Cáceres Pérez, Carlos Cuaresma Sánchez, Jorge Samuel Chávez Sibina, Gregorio Ticona Gómez, Pedro Vilchez Malpica, y Pedro Morales Mansilla, que proponen modificar denominación de Presidente Ejecutivo de los Ctars por el de Director Ejecutivo.

La Comisión luego del estudio y análisis correspondiente ha llegado a las siguientes conclusiones:

 El artículo 198º de la Constitución Política señala que las máximas autoridades de la Región son el Presidente y el Consejo de Coordinación Regional. El primero de los nombrados es elegido por sufragio directo, y el segundo está integrado por los Alcaldes Provinciales o sus representantes.

 Asimismo, la Décimotercera Disposición Final y Transitoria de la Constitución señala que mientras no se constituyan las Regiones y hasta que se elija a sus Presidentes, funcionan Consejos Transitorios de Administración Regional en cada uno de los departamentos del país.

 

Por su parte el artículo 17º de la Ley Marco de la Descentralización, establece que la estructura organizativa básica de los Consejos Transitorios de Administración Regional está conformada por el Presidente Ejecutivo y el Secretario Técnico, quienes ejercen el máximo nivel jerárquico y serán designados por Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de la Presidencia.

En virtud de dicha Ley, actualmente el Presidente Ejecutivo y el Secretario Técnico de los CTARS, son designados por el Poder Ejecutivo, en razón que dichos CTARS son organismos públicos descentralizados del Ministerio de la Presidencia.

La presente iniciativa legislativa propone la modificación del precitado artículo 17º de la Ley Nro. 26922, variando la denominación del cargo de Presidente Ejecutivo de los CTARS, por el de Director Ejecutivo de tales organismos públicos descentralizados, y a su vez suprime el cargo de Secretario Técnico, lo que significa la unificación de un solo cargo ejecutivo en la estructura organizativa básica de los CTARS.

 

Finalmente, con la finalidad de consolidar el carácter transitorio de esta propuesta, la Comisión ha aprobado por unanimidad adicionar una disposición estableciendo que la Ley regirá hasta que se elijan a sus autoridades regionales de conformidad con lo establecido por la Carta Magna.

Por las consideraciones expuestas, la Comisión dictamina la aprobación del Proyecto de Ley Nro. 615/2000-CR, con el texto sustitutorio siguiente:

TEXTO SUSTITUTORIO

 

Artículo 1°.- Objeto de la Ley

Modifícase el artículo 17º de la Ley Nº 26922, Ley Marco de Descentralización, por el texto siguiente:

"Artículo 17º .- De la estructura organizativa

 

17.1 La estructura organizativa básica de los Consejos Transitorios de Administración Regional está conformada por el Director Ejecutivo quien ejerce el máximo nivel jerárquico y es el titular del pliego. Es designado por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de la Presidencia.

 

    1. La estructura orgánica se complementa con los órganos de línea, asesoría y apoyo, a través de Gerencias, conforme lo determine el correspondiente Reglamento de Organización y Funciones.
    2. El Director Ejecutivo designa al funcionario que lo reemplaza en caso de ausencia o impedimento"

 

Artículo 2º .- Derogación

Deróganse o déjanse sin efecto las normas legales y administrativas que se opongan a la presente Ley.

 

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

ÚNICA.- La presente Ley regirá hasta la elección de autoridades regionales a que se refiere el artículo 198º de la Constitución Política del Estado.

 Dése cuenta

Sala de la Comisión

 

Lima, 23 de octubre de 2000.



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