Proyecto de Ley N° 4166/A/98-CR
Propone aprobar una Resolución Legislativa
que apruebe el Acuerdo Amplio de Integración Fronteriza, Desarrollo y
Vecindad y sus Anexos.
Señor Presidente:
Ha ingresado para Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores, el Proyecto N° 4166/98-CR, del Poder Ejecutivo, conteniendo el Tratado de Comercio y Navegación y el Acuerdo Amplio de Integración Fronteriza, Desarrollo y Vecindad y sus Anexos.
La Comisión para efectos de análisis y evaluación del Acuerdo Amplio de Integración Fronteriza, y para elaborar, como corresponde, un Dictamen independiente, lo identifica como el Dictamen al Proyecto No. 4166/A/98-CR.
EXPOSICION DE MOTIVOS
I. DEL ACUERDO AMPLIO DE INTEGRACION FRONTERIZA, DESARROLLO Y VECINDAD Y SUS ANEXOS.
El Acuerdo Amplio de Integración Fronteriza, Desarrollo y Vecindad, suscrito entre el Perú y el Ecuador, es uno de los instrumentos jurídicos internacionales que regirán las relaciones bilaterales entre el Perú y el Ecuador, que juntamente con otros instrumentos, que se complementan, forman parte de la denominada solución global y definitiva a que se refiere el punto sexto del Cronograma de Aplicación de la Declaración de Brasilia.
Este Acuerdo, consta de 34 artículos, ha sido suscrito el día 26 de octubre de 1998, en el Palacio de Itamaraty, en la ciudad de Brasilia, en el Brasil, ante los señores Presidentes de los países garantes o sus representantes, representantes de diversas organizaciones internacionales, los Reyes de España, el representante del Papa y otras distinguidas personalidades.
Por Resolución Suprema No. 477-98-RE, de fecha 26 de octubre de 1998, se aprueba por parte del Poder Ejecutivo su remisión al Congreso de la República, para los efectos a que se contraen los artículos 56 y 102, inciso 3, de la Constitución del Estado.
El Congreso de la República del Perú recibió del Poder Ejecutivo para su evaluación correspondiente este Acuerdo Amplio de Integración Fronteriza, Desarrollo y Vecindad, mediante Oficio No. 126-98-PR, de fecha 26 de octubre, el mismo que fue recibido en el Congreso el día 27, incluyendo 6 anexos .
Signado en el Congreso de la República como Proyecto No. 4166/98/CR, éste fue derivado a la Comisión de Relaciones Exteriores para su correspondiente Dictamen, que para efectos de Dictamen independiente del Tratado de Comercio y Navegación lo denomina como Dictamen al Proyecto No. 4166/A/98-CR.
Lo que queda pendiente en este proceso hacia la vigencia de este instrumento bilateral internacional es su evaluación final por el Congreso de la República, a partir del presente Dictamen, y de producirse su aprobación, su ratificación por el Presidente de la República, al amparo de lo establecido en la Constitución Política del Perú y continuar con el proceso diplomático pendiente para su perfeccionamiento. Situación similar a la que debe producirse en el vecino país del Ecuador.
Debe tenerse en cuenta, por otra parte, que luego de aprobado por el Congreso, ratificado por el Poder Ejecutivo, y culminado el proceso diplomático de perfeccionamiento, este Tratado quedará pendiente de entrar en vigencia, hasta la colocación del último hito, de conformidad con el cronograma de Río de Janeiro del 19 de enero de 1998.
II. DEL PLANEAMIENTO Y ACUERDO DE LA COMISION PARA EL ANALISIS Y LA EVALUACION DEL ACUERDO AMPLIO DE INTEGRACION FRONTERIZA, DESARROLLO Y VECINDAD
Como una etapa previa a su debate interno en la Comisión, ésta tomo un acuerdo para que, además del debate público facilitado por los diversos medios de comunicación, el esfuerzo individual de estudio de los señores Congresistas miembros de la Comisión y los esfuerzos de la Comisión misma como grupo de trabajo, se aperture un proceso de difusión, análisis y evaluación denominado "Proceso de consulta pública", acordándose principalmente:
- Establecer un mecanismo amplio de difusión del Acuerdo.
- Establecer un proceso amplio de consulta pública a fin de escuchar opiniones de los especialistas en el tema y de los grupos organizados que lo soliciten.
- Establecer un canal de comunicación directa a fin que toda persona interesada en emitir su opinión lo haga a las direcciones señaladas.
III. DEL PROCESO DE ANALISIS DEL ACUERDO
1. DIFUSION DEL TEXTO DEL ACUERDO
La difusión íntegra del contenido del Acuerdo se inició
precisamente una vez suscrito éste y culminada la
moratoria bilateralmente establecida entre los dos gobiernos.
Los diversos medios de comunicación masiva iniciaron un proceso de información sobre los temas materia del Acuerdo.
La Presidencia de la Comisión de Relaciones Exteriores instruyó al Area de Reproducción de Documentos de la Oficialía Mayor a fin de que las copias del texto, que estaba contenido en el Proyecto No. 4166/98-CR, sean entregadas no sólo a los señores Congresistas, sino también a todos aquellos que lo soliciten, incluyendo a los ciudadanos, situación que ha sido puesta en conocimiento de la ciudadanía.
De igual forma, su dispuso que a través del Home Page del Congreso de la República se pusiera el texto íntegro del Acuerdo a fin que cualquier ciudadano pueda tener acceso libremente a su contenido, situación también puesta en conocimiento público de la ciudadanía por diversos medios de comunicación.
2. CONVOCATORIA A LA CIUDADANIA Y A LOS SECTORES ORGANIZADOS A OPINAR SOBRE EL ACUERDO
La Comisión, como parte del acuerdo para dictaminar este proyecto, convocó a los sectores organizados a coordinar su participación ante la Comisión para exponer sus puntos de vista sobre el Acuerdo.
Invocó igualmente a la ciudadanía a que hagan llegar sus opiniones sobre el particular directamente a la Comisión, a través de los medios más fáciles y directos y sin mayores formalidades.
3. DEBATE PUBLICO A TRAVES DE LOS DIVERSOS MEDIOS DE COMUNICACION
En forma paralela la Comisión ha seguido atentamente el debate producido sobre el particular por los diversos medios de comunicación y ha tomado conocimiento de los puntos de vista y las preocupaciones suscitadas respecto del Acuerdo, que pasaremos a analizar más adelante.
La Comisión debe felicitar el amplio debate producido en los medios de comunicación y el alto grado de responsabilidad asumido por los medios respecto de la difusión y tratamiento del tema.
4. EXPOSICIONES ORALES ANTE LA COMISIÓN
Producto de la invitación pública a exponer puntos de vista ante los miembros de la Comisión y de las coordinaciones propias realizadas, la Comisión de Relaciones Exteriores tuvo la oportunidad de escuchar los puntos de vista de especialistas en la materia y también de los sectores organizados.
Debe destacarse que estas sesiones de carácter público, además de ser cubierta por los medios de prensa e informado sobre sus incidencias a la ciudadanía, fueron televisados en vivo y en directo, en toda su secuencia e incidencias, por varios medios de comunicación.
Asimismo, a fin de facilitar aún más su difusión, la Comisión ha procedido a poner en Internet los textos de las transcripciones magnetofónicas de las sesiones de consulta pública.
La relación de los expositores ante la Comisión se anexa y forma parte del presente Dictamen.
5. OPINIONES POR ESCRITO ANTE LA COMISION
Habiéndose solicitado opiniones por escrito a la ciudadanía, la Comisión ha tenido oportunidad de conocer las comunicaciones escritas dirigidas a la Comisión.
Con todo este proceso de apertura de la información y de recepción de opiniones técnicas y puntos de vista, la Comisión consideró suficiente el proceso de consulta pública y acordó debatir y, luego de aprobarlo, someter el Acuerdo Amplio de Integración Fronteriza, Desarrollo y Vecindad al Pleno del Congreso de la República, incluyendo sus anexos.
IV. DE LOS TEMAS GENERALES DEL ACUERDO AMPLIO DE INTEGRACION FRONTERIZA, DESARROLLO Y VECINDAD
Para efectos de precisar los temas materia de este convenio hemos optado por
sumillar cada artículo para una mejor apreciación de su contenido
general,
procediendo a establecer comentarios generales que precisen mejor el alcance
del artículo.
T I T U L O I
Normas generales
Artículo 1
El Perú y el Ecuador otorgan la mayor prioridad a la integración fronteriza, la cooperación mutua y el desarrollo conjunto a través de la ejecución de programas, proyectos y actividades conjuntas, en el marco de las relaciones de buena vecindad que han decidido construir los dos Estados.
Comentarios:
Este es un artículo general de declaración de principios.
Los principales temas materia de este artículo son:
· Declaración de prioridad de integración fronteriza para los dos países
· Declaración de la prioridad de la integración en el marco de las relaciones de buena vecindad.
Artículo 2
En el ámbito de aplicación del presente Acuerdo es el territorio de ambos países. Los distintos convenios que se celebren sobre la base de este Acuerdo precisarán, según fuere necesario, sus ámbitos específicos de aplicación.
Comentario:
Este artículo precisa el ámbito de aplicación del Acuerdo. Se establece un ámbito territorial. Se deja abierta la posibilidad de fijar en los convenios complementarios necesarios a fijar sus ámbitos específicos.
Artículo 3
Las Partes otorgarán las facilidades necesarias para impulsar la buena vecindad entre los habitantes de la región fronteriza y, en particular, de la juventud, mediante eventos y programas educativos, deportivos, ecológicos y culturales.
Comentario:
Se establecen obligaciones formales de las partes para impulsar la buena vecindad entre los habitantes de la región fronteriza y se especifican campos de preferencia.
Artículo 4
El Acuerdo Amplio de Integración Fronteriza, Desarrollo y Vecindad se estructura en base a los siguientes componentes básicos:
a) La Comisión de Vecindad;
b) El Fortalecimiento de la Cooperación Bilateral;
c) El Régimen Fronterizo; y
d) El Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza.
Comentario:
Se establece en forma precisa cuatro campos de acción.
T I T U L O II
La Comisión de Vecindad
Artículo 5
Se establece la Comisión de Vecindad Peruano-Ecuatoriana como instancia y mecanismo de nivel político y representativo para impulsar, apoyar y coordinar los programas, proyectos y actividades que generen acercamiento y comunidad de intereses entre el Perú y el Ecuador. La Comisión de Vecindad establecerá las orientaciones generales para la cooperación bilateral, la aplicación del régimen fronterizo y para la buena marcha del Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza.
Comentario:
En este artículo se establece la Comisión de Vecindad Peruano-Ecuatoriana.
Se precisa su naturaleza estableciéndolo como una instancia y mecanismo de nivel político y representativo de los dos países.
Se fija su objeto, precisando que se encargará de impulsar, apoyar y coordinar los programas, proyectos y actividades que generen acercamiento y comunidad de intereses entre el Perú y el Ecuador.
Se precisa su competencia en el sentido que dicha Comisión establecerá las orientaciones generales para la cooperación bilateral, la aplicación del régimen fronterizo y para la buena marcha del Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza.
Artículo 6
La Comisión de Vecindad estará constituida por una Comisión Nacional Peruana y por una Comisión Nacional Ecuatoriana y se reunirá en sesión ordinaria, en forma alternada en el Perú y en el Ecuador, cuando menos una vez al año.
El funcionamiento de la Comisión de Vecindad y de las Comisiones Nacionales que la conforman estará regido por el Reglamento que consta como Anexo 1 de este Acuerdo. La Comisión podrá aprobar las modificaciones de dicho Reglamento que estime necesarias a la luz de los requerimientos derivados de su aplicación.
Comentario:
Se establece la composición de la Comisión, señalando que estará constituida por una Comisión Nacional Peruana y por una Comisión Nacional Ecuatoriana.
Se establece también, el lugar de las reuniones y la periodicidad de éstas.
Se establece la potestad Reglamentaria de la Comisión respecto del Reglamento de su funcionamiento.
Artículo 7
Las Comisiones Nacionales estarán presididas por los Ministros de Relaciones Exteriores y compuestas por representantes de los sectores público y privado de cada país. Los Ministerios de Relaciones Exteriores del Perú y del Ecuador cumplirán la función de Secretaría Ejecutiva de cada Comisión Nacional.
Comentario:
Se establece la presidencia de las Comisiones Nacionales y su composición.
Se establece asimismo el órgano que ejercerá las funciones de Secretaría Ejecutiva de cada Comisión Nacional.
Artículo 8
La Comisión de Vecindad establecerá Comités Técnicos Binacionales encargados de impulsar acciones de beneficio recíproco y preparar programas y proyectos de interés común para ambos países en los temas de su competencia. Los Comités estarán compuestos de secciones nacionales de uno y otro país, integradas por especialistas que podrán provenir de los sectores público y privado.
Sin perjuicio de las atribuciones que permiten a la Comisión de Vecindad establecer los Comités Técnicos Binacionales que considere necesarios, así como dar por terminados los trabajo de aquellos que hubieren cumplido con sus objetivos, se establecen inicialmente los siguientes Comités Técnicos Binacionales:
En el ejercicio de sus atribuciones, las secciones nacionales de los Comités Técnicos Binacionales coordinarán y efectuarán las consultas que estimen necesarias con las autoridades y las entidades locales, regionales y nacionales de sus respectivos países.
Comentario:
Se establece en este artículo el establecimiento de los Comités Técnicos Binacionales.
Se precisa su objeto, como el impulsar acciones de beneficio recíproco y preparar programas y proyectos de interés común para ambos países en los temas de su competencia.
Se precisa su composición y la de las secciones locales.
Se establecen inicialmente diversos Comités Técnicos Binacionales, dejando a salvo la atribuciones de la Comisión de Vecindad para crear o dar por terminado las funciones de los Comités Técnicos Binacionales.
Se establece un proceso de consultas oficiales, estableciéndose en la norma que en el ejercicio de sus atribuciones, las secciones nacionales de los Comités Técnicos Binacionales coordinarán y efectuarán las consultas que estimen necesarias con las autoridades y las entidades locales, regionales y nacionales de sus respectivos países.
Artículo 9
Los Comités Técnicos Binacionales podrán constituir Grupos de Trabajo Binacionales compuestos de representantes de los sectores público y privado de los dos países que tendrán mandatos específicos por un período de tiempo determinado.
Comentario:
Se prescribe la atribución de los Comités Técnicos de
constituir Grupos de Trabajo Binacionales y se fija la composición de
estos últimos.
T I T U L O III
El Fortalecimiento de la Cooperación Bilateral
Artículo 10
A través de los mecanismos adecuados, en especial la Comisión de Vecindad, las Partes buscarán actualizar, ampliar y fortalecer los acuerdos de cooperación bilateral vigentes y establecerán nuevos convenios en otras áreas que estimen prioritarias y de interés mutuo.
Comentario:
Se establece la obligación de las partes de actualizar, ampliar y fortalecer los acuerdos vigentes, previéndose la suscripción de nuevos acuerdos en áreas prioritarias y de interés mutuo.
Artículo 11
Este artículo detalla en extenso las líneas de acción sobre las cuales las partes se obligan a darle prioridad:
a) Ampliar y fortalecer los convenios y programas de cooperación científica y técnica en campos de relevancia para el desarrollo económico y social, tales como:
- el transporte,
- la irrigación,
- el turismo,
- la agricultura
- la agroindustria,
- la minería
- la energía,
Para ello deberá propiciarse, entre otras actividades:
- el intercambio de conocimientos y experiencias,
- la capacitación y entrenamiento de recursos humanos; y,
- el intercambio de expertos en asuntos de interés compartido.
b) Intensificar la colaboración en los esfuerzos de prevención en salud, campañas inmunológicas y de saneamiento ambiental, sea directamente, o con apoyo de:
- la Organización Mundial de la Salud,
- la Organización Panamericana de la Salud,
- el Convenio Hipólito Unanue,
- la UNICEF; y
- otros organismos que desarrollen actividades en este campo.
c) Aprovechar la infraestructura y los servicios educativos de ambos países en la zona de frontera y estimular los intercambios educativos en el ámbito escolar y universitario, así como promover el conocimiento mutuo de las diversas expresiones culturales. Para ello, convienen en fortalecer los acuerdos vigentes en materia de cooperación educativa y cultural.
d) Coordinar las tareas de prevención de desastres naturales, tales como los ocasionados por el Fenómeno El Niño, e intensificar el apoyo mutuo para contrarrestar sus efectos dañinos, particularmente en la zona de frontera, a través de las entidades nacionales de defensa civil y al amparo del Convenio sobre Desastres Naturales de 1997.
e) Actualizar y fortalecer los acuerdos vigentes en materia de sanidad animal y vegetal para mejorar el control sanitario en la zona de frontera y facilitar el intercambio comercial de productos de origen agropecuario.
f) Impulsar la cooperación bilateral en el campo pesquero a través de un Acuerdo Marco de cooperación entre sus respectivos institutos especializados y establecer un régimen de pesca artesanal e industrial para regular, con un sentido de colaboración y mutuo beneficio, las operaciones pesqueras en la zona fronteriza.
g) Aunar esfuerzos en la prevención y represión de actos delictivos, así como coordinar las labores nacionales de lucha contra el tráfico ilícito de drogas, para lo cual las Partes suscribirán convenios de cooperación policial y judicial en el plazo más breve posible.
h) Suscribir un Convenio para el reconocimiento mutuo de sentencias y la repatriación de nacionales que hubieren sido sentenciados.
i) Aprovechar de manera coordinada los recursos mineros que se encuentran en las zonas fronterizas de los territorios de ambos países conforme al marco jurídico que establezcan las Partes a través de un Convenio sobre Integración y Complementación Minera.
j) Expandir, interconectar y aprovechar de manera coordinada sus respectivos sistemas eléctricos a escala vecinal, regional y nacional conforme al marco jurídico que establezcan las Partes a través de un Convenio de integración eléctrica, el cual promoverá oportunidades comerciales conjuntas en este campo.
k) Establecer mecanismos y realizar esfuerzos conjuntos de cooperación para el desarrollo del turismo internacional, binacional y fronterizo. Las partes emprenderán proyectos conjuntos de promoción de los circuitos turísticos de interés mutuo.
l) Desarrollar estudios y proyectos ambientalmente sostenibles para el mejoramiento de las condiciones de vida de las comunidades nativas, contando con la activa participación de sus pobladores.
T I T U L O IV
Régimen Fronterizo
Artículo 12
Las Partes otorgan prioridad a los programas y proyectos destinados a establecer y facilitar los servicios a los flujos turístico y comercial en la frontera común mediante la suscripción de un Convenio sobre el Tránsito de Personas, Vehículos, Embarcaciones Fluviales y Marítimas y Aeronaves, que consta como Anexo 2 del presente Acuerdo.
En el Apéndice B de dicho Convenio constan la conformación y las atribuciones de Comité Técnico Binacional del Régimen Fronterizo.
Comentario:
Se precisa la prioridad de las partes para suscribir un Convenio sobre el Tránsito de Personas, Vehículos, Embarcaciones Fluviales y Marítimas y Aeronaves, que consta como Anexo 2 del presente Acuerdo.
Este Anexo que efectivamente contiene un proyecto de Convenio sobre la materia, tiene un apéndice A de definiciones y el Apéndice B que trata sobre el Comité Técnico Binacional de Régimen Fronterizo.
Artículo 13
Se establece los Comités de Frontera como mecanismos de coordinación binacional, subsidiarios del Comité Técnico Binacional de Régimen Fronterizo, encargados de supervisar y colaborar en la aplicación de los acuerdos en materia de régimen fronterizo. En el Anexo 3 del presente Acuerdo se incorpora el Reglamento de los Comités de Frontera.
Comentario:
Se establecen los Comités de Frontera.
Se precisa su naturaleza y se establece su objeto y se hace referencia al Reglamento respectivo contenido como Anexo del presente Acuerdo.
Artículo 14
En adición a los pasos de frontera terrestres existentes en Aguas Verdes_ Huaquillas y en La Tina-Macará, las Partes convienen en habilitar nuevos pasos de frontera en Cariamanga-Ayabaca, Lalamor-El Alamor y Zumba-Namballe, los que deberán entrar en funcionamiento en un plazo no mayor de 180 días.
Mediante Canje de Notas las Partes podrán establecer otros Pasos de Frontera y habilitarán las instalaciones que fueren necesarias para atender los requerimientos de los tráficos que se generen en ambos lados de la frontera y para favorecer el comercio entre los dos países. El mismo procedimiento permitirá suprimir alguno de los existentes cuando ello fuese considerado conveniente por ambas Partes.
Comentario:
Se establece la posibilidad de crear nuevos pasos de frontera en adición a los pasos de frontera terrestres existentes en Aguas Verdes_ Huaquillas y en La Tina-Macará.
Se precisa las referencias de los nuevos puntos:
- Cariamanga-Ayabaca,
- Lalamor-El Alamor y
- Zumba-Namballe,
Se establece que estos pasos deberán entrar en funcionamiento en un plazo no mayor de 180 días.
Si bien no se señala el plazo de inicio de este cómputo, en forma expresa en esta parte del Acuerdo, debe aplicarse la cláusula de la vigencia, en la que se establece que se inician con todos los otros suscritos en Brasilia. Es decir, queda supeditado este plazo a la colocación del último hito en la Frontera norte del país.
Se señala también que mediante Canje de Notas las Partes podrán establecer otros Pasos de Frontera y habilitarán las instalaciones que fueren necesarias para atender los requerimientos de los tráficos que se generen en ambos lados de la frontera y para favorecer el comercio entre los dos países.
Se señala que el mismo procedimiento permitirá suprimir alguno de los existentes cuando ello fuese considerado conveniente por ambas Partes.
Artículo 15
Durante el primer año de vigencia del presente Acuerdo, las Partes mejorarán y ampliarán las instalaciones administrativas y concentrarán y simplificarán los controles en cada uno de los pasos de frontera. Se instalarán los Centros Nacionales de Frontera -CENAF, donde la realidad vecinal lo requiera. Los primeros CENAF serán construidos en los pasos de frontera Aguas Verdes _ Huaquillas y La Tina_Macará. Posteriormente se construirán CENAFS en Lalamor-El Alamor y Zumba-Namballe.
Comentario:
Se establece que durante el primer año de vigencia del presente Acuerdo las Partes mejorarán y ampliarán las instalaciones administrativas y concentrarán y simplificarán los controles en cada uno de los pasos de frontera.
Se establece también la obligación de instalar Centros Nacionales de Frontera -CENAF, donde la realidad vecinal lo requiera.
Se señala que los primeros CENAF serán construidos en los pasos de frontera siguientes:
- Aguas Verdes _ Huaquillas
- La Tina_Macará.
Se señala como obligación posterior la construcción de CENAFS en:
- Lalamor-El Alamor; y
- Zumba-Namballe.
Artículo 16
Las Partes también se comprometen a suscribir, en un plazo de 120 días, un Acuerdo sobre Ferias y Festivales de Frontera que reemplace a los instrumentos vigentes en la materia y contribuya a la promoción del comercio y al intercambio cultural en la región fronteriza.
Comentario:
Se establece el compromiso de las Partes de suscribir, en un plazo de 120 días, un Acuerdo sobre Ferias y Festivales de Frontera que reemplace a los instrumentos vigentes en la materia y contribuya a la promoción del comercio y al intercambio cultural en la región fronteriza.
Se entiende que este plazo comienza a correr luego de colocado el último hito a que se hacen referencia líneas arriba.
Artículo 17
Las Partes establecerán un Comité Binacional para la Promoción y Protección de los Derechos de las Personas en la Región Fronteriza Peruano-Ecuatoriana.
Comentario:
Se establece la obligación de las Partes para establecer un Comité Binacional con un objeto específico: la Promoción y Protección de los Derechos de las Personas en la Región Fronteriza Peruano-Ecuatoriana.
T I T U L O V
El Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza y su Financiamiento
El Plan Binacional
Artículo 18
Con el propósito de elevar el nivel de vida de las poblaciones de norte y nor-oriente del Perú y del sur y oriente del Ecuador y a fin de impulsar la integración y la cooperación entre los dos países, las Partes acuerdan llevar adelante un Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza, que tendrá una duración de diez (10) años y que se ejecutará de conformidad a los lineamientos generales descritos en el presente título.
Comentario:
Por este artículo, las Partes acuerdan llevar adelante un Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza, que tendrá una duración de diez (10) años y que se ejecutará de conformidad a los lineamientos generales descritos en el presente título.
Artículo 19
Con la finalidad de ordenar la captación de recursos y promover la adecuada ejecución de sus programas y proyectos, el Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza contará con la siguiente estructura funcional:
- un Directorio Ejecutivo Binacional, que estará integrado por los Capítulos Peruano y Ecuatoriano; y
- un Comité Asesor Internacional.
La Estructura Organizada del Plan se describe en el Anexo 4.
Comentario:
En este artículo se establece la estructura funcional del Plan Binacional.
Artículo 20
En este artículo se precisan los programas del Plan:
· Programa Binacional de Proyectos de Infraestructura Social y Productiva;
· Programas Nacionales Peruano y Ecuatoriano de Construcción y Mejoramiento de la Infraestructura Productiva en las Regiones Fronterizas;
· Programa Nacionales Peruano y Ecuatoriano de Construcción y Mejoramiento de la Infraestructura Social y de Aspectos Ambientales en las Regiones Fronterizas; y
· Programas de Promoción de la Inversión Privada.
El contenido de cada programa está descrito en el Anexo 5 de este Acuerdo.
Se establece también que en el desarrollo de los programas y proyectos incluidos en el Plan se deberá necesariamente considerar el impacto ambiental de las obras a ser ejecutadas.
Se señala también que cuando sea necesario, con la finalidad de lograr eficiencia en las inversiones y un adecuado ordenamiento territorial, se hará estudios de zonificación ecológica económica o se tomará en cuenta los estudios existentes.
En adición a los proyectos derivados de los anexos mencionados en el presente artículo, las Partes establecen la facultad de presentar, directamente o por intermedio de la Comisión de Vecindad, proyectos específicos a ser incluidos en el Plan Binacional.
Artículo 21
Las Partes se comprometen, dentro de los términos previstos en el presente Acuerdo, a desarrollar y construir el eje de interconexión vial Méndez - Yaupi - Borja (Campanquiz-Santiago) _ u otra alternativa que pudiera ser considerada de conformidad con el presente acuerdo contemplado en el Programa Binacional de Proyectos de Infraestructura Social y Productiva que forman parte del Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza.
Es intención de las Partes que el eje vial antes mencionado quede concluido hasta el año 2005, para lo cual las Partes, al entrar en vigor el presente Acuerdo, buscarán en fuentes internacionales la financiación que permita desarrollar el proyecto.
Obtenida dicha financiación, las Partes procederán a desarrollar el proyecto en sus respectivos componentes nacionales, teniendo en cuenta la intención manifestada de dar término a las obras dentro del plazo señalado.
Igualmente, se comprometen una vez concluidas las obras, a garantizar el mantenimiento de la transitabilidad del eje vial mencionado.
Comentario:
Este artículo establece la obligación de facilitar el proceso de interconexión, por el cual las Partes se comprometen, dentro de los términos previstos en el presente Acuerdo, a desarrollar y construir el eje de interconexión vial Méndez - Yaupi - Borja (Campanquiz-Santiago) _ u otra alternativa que pudiera ser considerada de conformidad con el presente acuerdo contemplado en el Programa Binacional de Proyectos de Infraestructura Social y Productiva que forman parte del Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza.
Se plantea como plazo esperado el año 2005.
Se comprometen las partes a buscar fuentes internacionales de financiación que permita desarrollar el proyecto.
Las Partes se comprometen a desarrollo el proyecto en sus respectivos componentes nacionales, teniendo en cuenta la intención manifestada de dar término a las obras dentro del plazo señalado, una vez obtenido el financiamiento.
Se comprometen también, una vez concluidas las obras, a garantizar el mantenimiento de la transitabilidad del eje vial mencionado.
Artículo 22
Se establece en este artículo que los principales mecanismos financieros que serán utilizados para obtener los recursos necesarios para la ejecución del Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza serán los siguientes:
· Aportes y gestiones directas de los Gobiernos del Perú y del Ecuador;
· Un Fondo Binacional para la Paz y el Desarrollo;
· Un Grupo Consultivo de Financiamiento Internacional Perú-Ecuador;
· Un Grupo Binacional de Promoción de la Inversión Privada; y
· Otros.
Artículo 23
El Directorio Ejecutivo Binacional del Plan contará con un Comité Asesor Internacional integrado por representantes de los países e instituciones que participen en el financiamiento del Plan.
El Directorio Ejecutivo Binacional presentará un informe anual de sus actividades a la Comisión de Vecindad y al Comité Asesor Internacional.
Comentario:
Se establece un Comité Asesor Internacional y se precisa su composición.
Artículo 24
El Directorio Ejecutivo Binacional del Plan se reunirá de manera alternada en el Perú y en el Ecuador.
Comentario:
Se establece los lugares de reunión del Directorio Ejecutivo Binacional del Plan.
CAPITULO 2
El Fondo Binacional para la Paz y el Desarrollo
Artículo 25
A fin de promover y apoyar el financiamiento de los programas y proyectos pequeños y medianos previstos en el Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza, las Partes convienen en crear un Fondo Binacional para la Paz y el Desarrollo Perú-Ecuador.
El Fondo se constituirá con aportes de recursos provenientes de los Gobiernos del Perú y del Ecuador, de los países amigos, de instituciones multilaterales, de organizaciones no gubernamentales y de otras organizaciones privadas.
El Fondo emitirá Certificados de Paz y Desarrollo por cada cinco (5) millones de dólares americanos recibidos y podrá celebrar convenios para obtener aportes no reembolsables bajo otras modalidades de cooperación.
Comentario:
Se crea un Fondo Binacional, se precisa su constitución.
Dentro de sus competencias se establece la posibilidad de emitir Certificados de Paz y Desarrollo. También la posibilidad de celebrar convenios para obtener aportes no reembolsables.
Artículo 26
El Fondo Binacional administrará sus recursos principalmente a través
de cuatro ventanillas de acceso diseñadas para financiar directamente
los proyectos pequeños y medianos incluidos en los programas
básicos del Plan que figuran en el artículo 20 de este Acuerdo
y los estudios y trabajos requeridos para la ejecución de los mismos,
así como para apoyar la inversión privada de mayor cuantía.
Las ventanillas de acceso proporcionarán recursos para lo siguiente:
a) Para la ejecución de proyectos de participación ciudadana y de desarrollo comunitario.
b) Para la construcción y mejoramiento de la infraestructura social, productiva, ambiental y de servicios.
c) Para el financiamiento de la mediana, pequeña y micro empresa.
d) Para la preparación de proyectos y para la promoción de la inversión privada.
Comentario:
Se establecen la modalidad de administración de recursos del Fondo, precisándose las áreas básicas de actividad.
Artículo 27
El Fondo Binacional para la paz y el Desarrollo estará regido por la Estructura Organizativa establecida en el Anexo 6 de este Acuerdo, el mismo que podrá ser elevado a la categoría de Estatuto aprobado por las Partes. El Fondo tendrá una Asamblea, un Directorio y una Secretaría Ejecutiva.
Comentario:
Este articulo precisa la estructura organizacional del Fondo.
CAPITULO 3
El Grupo Consultivo de Financiamiento Internacional
Artículo 28
A fin de apoyar el financiamiento de los proyectos de mayor envergadura previstos en el Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza, las Partes convienen en promover, de manera conjunta, la organización y convocatoria a un Grupo Consultivo de Financiamiento Internacional.
Con este fin, las Partes buscarán el apoyo del Banco Mundial, el Banco Interamericano de Desarrollo, la Corporación Andina de Fomento, las agencias especializadas del sistema de Naciones Unidas, las agencias del sistema interamericano, los Gobiernos de los países amigos y otras fuentes de financiamiento internacional.
Comentario:
Por este artículo las partes se obligan a promover un Grupo Consultivo de Financiamiento Internacional.
Se establecen las organizaciones a las que deberán acudir las partes para la consecución del objetivo señalado:
- El Banco Mundial,
- El Banco Interamericano de Desarrollo,
- La Corporación Andina de Fomento,
- Las agencias especializadas del sistema de Naciones Unidas,
- Las agencias del sistema interamericano,
- Los Gobiernos de los países amigos; y,
- Otras fuentes de financiamiento internacional.
Artículo 29
La convocatoria al Grupo Consultivo de Financiamiento Internacional se hará cuando se disponga de los estudios necesarios para los programas y proyectos de mayor envergadura contemplados en el Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza.
Comentario:
Se establece como condición de la convocatoria al Grupo Consultivo la finalización de los estudios necesarios para los programas y proyectos de mayor envergadura del Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza.
CAPITULO 4
Grupo Binacional de Promoción de la Inversión Privada
Artículo 30
Se establece el Grupo Binacional de Promoción de la Inversión
Privada Perú-Ecuador con el objeto de promover las inversiones de empresarios
peruanos, ecuatorianos o de terceros países en proyectos binacionales
o nacionales ubicados en las regiones fronterizas. El Grupo diseñará
los mecanismos para
estudiar las posibilidades de inversión existentes y difundirlas adecuadamente
entre los inversionistas potenciales.
Comentario:
Este artículo establece el Grupo Binacional de Promoción de la Inversión Privada Perú-Ecuador con el objeto de promover las inversiones de empresarios peruanos, ecuatorianos o de terceros países en proyectos binacionales o nacionales ubicados en las regiones fronterizas
T I T U L O VI
Artículos Finales
Artículo 31
La solución de las controversias que puedan surgir de la aplicación de algún aspecto de este Acuerdo, o de los Convenios suscritos en el marco del mismo, deberá ser alcanzada en forma directa entre las Partes, las que, previamente, procurarán encontrar una solución a la controversia en cuestión, en el marco de la Comisión de Vecindad.
Sin perjuicio de los establecido en este artículo, los Convenios que las Partes suscriban en el marco del presente Acuerdo podrán establecer procedimientos específicos para la solución de controversias que respondan a la naturaleza de cada Convenio.
Comentario:
Este artículo establece el procedimiento establecido para la solución de controversias.
Artículo 32
Las Partes realizarán un amplio esfuerzo de difusión del presente Acuerdo, así como programas de capacitación de los funcionarios y de las personas que participen directamente en su ejecución.
Comentario:
Se establece una obligación para las partes de difundir este acuerdo así como establecer programas de capacitación de los funcionarios y personas participantes.
Artículo 33
El presente Acuerdo entrará en vigor después de haber sido aprobado por las Partes conforme a sus respectivos ordenamientos jurídicos.
Comentario:
Este artículo está referida a la vigencia del Acuerdo. Debe precisarse que debe concordarse esta norma con el marco del Acuerdo Global y Definitivo y de los diversos documentos suscritos en Brasilia el 26 de Octubre de 1998. Por ello en la parte final de este mismo Acuerdo se señala que el presente Acuerdo entrará en vigencia en forma simultánea con aquellos otros que en esta misma fecha se suscriben y que forman parte de la solución global y definitiva a que se refiere el punto sexto del Cronograma de Aplicación de la Declaración de Brasilia, aprobado por las partes el 19 de enero de 1998 y en las condiciones que en el mismo se establecen.
Artículo 34
El presente Acuerdo será de duración ilimitada, pudiendo cualquiera de la Partes proceder a su denuncia formal por escrito a la Cancillería de la otra Parte con un plazo no menor de seis meses de anticipación. La denuncia del Acuerdo no implicará la denuncia de los Convenios, acuerdos o mecanismos suscritos en el marco de éste, los que podrán contener procedimientos de denuncia adecuados a su respectiva naturaleza.
Comentario:
Este artículo está referido a la duración del Acuerdo y a su posibilidad de denuncia.
V. DE LOS ANEXOS DEL ACUERDO AMPLIO DE INTEGRACION FRONTERIZA, DESARROLLO Y VECINDAD
El Poder Ejecutivo hizo llegar al Congreso los Anexos correspondientes citados en el presente Acuerdo, que tienen los siguientes nombres y se adjuntan también como parte del presente Dictamen:
1. Reglamento de la Comisión de Vecindad.
2. Convenio sobre el Tránsito de Personas, Vehículos, Embarcaciones Fluviales y Marítimas y Aeronaves.
3. Reglamento de los Comités de Frontera.
4. Estructura Organizativa del Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza.
5. Programas del Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza.
6. Estructura Organizativa del Fondo Binacional para la Paz y el Desarrollo.
La Comisión las ha evaluado en el contexto de ser parte integrante, en su condición de anexos, del Acuerdo Amplio de Integración Fronteriza, Desarrollo y Vecindad y los encuentra conforme.
VI. ANALISIS DE LOS TEMAS DE MAYOR DEBATE
Eje de interconexión vial Méndez-Yaupi-Borja
Luego del proceso de consultas públicas realizadas la Comisión ha identificado como el tema de mayor debate el relacionado al eje de interconexión vial Méndez-Yaupi-Borja, dado que según algunos se estaría concediendo ventajas al Ecuador.
Este tema se encuentra establecido en el Art. 21 del Acuerdo de Integración Fronteriza
Es el quinto eje vial, que integra el valle de Santiago con Méndez, que es una población que va hacia Cuenca-Ecuador. Este tramo se encuentra en el lado ecuatoriano hasta la Zona de Méndez e ingresa al Perú por la zona de Yaupi-Santiago, en la margen derecha del río Santiago hasta Santa María de Nieva, integrándose con el eje vial Zumba-Naballe.
De los análisis de los hechos constatamos que esta carretera fue propuesta en la década del 70 por el Gobierno militar con la idea de desarrollar el valle de Santiago.
El valle de Santiago tiene un potencial muy grande de 200,000 has entre forestales y actividad agrícola.
El desarrollo de este eje tendría un costo de US$133 millones de dólares, en donde la parte ecuatoriana tiene 192 Km y la parte peruana 140 Km.
En realidad no se trata solo de construcciones nuevas, sino de longitudes totales que en parte ya están construídas con asfalto, existen tramos afirmados y otros que están en ejecución.
El valle de Santiago tiene poblaciones, que son fundamentalmente aguarunas y huambisas, y es una región peruana calificada como de extrema pobreza y subpoblada. Del análisis de los censos realizados se revela que la población está decreciendo, con el peligro de la despoblación de la zona.
Este valle se podrá desarrollar en la medida que se concrete este eje vial, el cual está conectado a un punto importante cual es Santa María de Nieva, a pesar de no ser la capital que es Puerto Galilea.
Se trata de actualizar un proyecto de más de 20 años de antigüedad, el cual se ha trabajado muy lentamente, encontrándose el tramo vial cerca de Santa María de Nieva en este momento.
Este eje tiene como recorrido lógico la margen derecha del río Santiago, en donde en forma paralela al río por la margen izquierda del río viene la cordillera del Campanquiz y detrás de la cordillera viene el Oleoducto peruano.
La Comisión ha evaluado en profundidad este tema y ha llegado a la conclusión que la construcción de este eje vial:
- Es necesario para el desarrollo de la zona
- Es necesario para la integración de la zona
- Facilita la integración fronteriza
- No genera ningún riesgo a la soberanía nacional
Financiamiento del Plan Binacional
Como parte de las exposiciones de carácter oficial ante la Comisión se ha estimado por parte del Poder Ejecutivo un financiamiento del orden de 3,000 millones de dólares provenientes de recursos del Banco Interamericano de Desarrollo, de la Corporación Andina de Fomento, del Tesoro Público de ambos países y del aporte de países amigos y de otras entidades financieras internacionales.
Se ha objetado fundamentalmente que no existen garantías ciertas en el monto aproximado de inversión privada, que es del orden de ochocientos millones de dólares.
Sobre esto la Comisión ha tenido la oportunidad de apreciar que trescientos cincuenta millones corresponden al proyecto de utilización del oleoducto que es de altísima rentabilidad y que ahora está subutilizada y que se hará en el marco de la privatización del uso de éste.
Cien millones están vinculados a la habilitación de las tierras que se generarán con el Proyecto Puyango Tumbes.
Por tanto, más de la mitad del financiamiento privado está prácticamente cubierto quedando un saldo pequeño pendiente de definición.
Problema referido a las comunidades nativas
Se ha señalado que con la construcción de los ejes viales, producto del Acuerdo Amplio de Integración Fronteriza se alteraría el sistema de vida de todas las comunidades campesinas y nativas por la penetración y posible colonización.
Sobre el particular, debe señalarse que de acuerdo al sistema jurídico nacional la capacidad de uso de las tierras están normadas así como cualquier proceso de poblamiento.
De igual manera, existen normas diversas de derecho público de protección de las comunidades campesinas y nativas así como de la protección del ambiente y los ecosistemas que garantizan que el riesgo que se señala no se produzca más allá de los límites permitidos.
Inclusive, se señaló que las entidades financieras internacionales tienen condicionamientos muy claros en lo que se refiere al otorgamiento de créditos para estas regiones, y cuentan con normatividad muy estricta en lo que se refiere a la preservación del medio ambiente.
VII. EVALUACION EN FUNCION DEL COSTO BENEFICIO GENERAL DEL ACUERDO Y SUS ANEXOS
La Comisión de Relaciones Exteriores, para efectos de esta parte del Dictamen, ha tenido que evaluar el contenido del presente Tratado, pero también, de manera general, el contexto global del acuerdo amplio y definitivo con el vecino país del Ecuador.
Citamos a continuación los principales elementos de este análisis de costo-beneficio.
Perú y Ecuador salen ganando
Perú y Ecuador han dedicado esfuerzos humanos y de carácter económico durante decadas por el hecho de vivir bajo la sombra de un conflicto armado no declarado pero latente, con sucesivos conflictos focalizados.
El proceso de integración entre ambos países ha sufrido en las inversiones que se han dejado de hacer en materia de salud, educación, empleo productivo, las que no fueron posibles dado que los gobiernos debieron privilegiar sus gastos a la defensa nacional respectiva.
Estamos ante el inicio de un proceso amplio de integración bilateral
El Acuerdo amplio de integración fronteriza es un acuerdo marco a partir del cual se iniciará un proceso amplio de cooperación entre los países, con perspectivas insospechadas de complementación de las respectivas economías.
Es un tratado Acuerdo de promoción económica
Lo importante de este Acuerdo es que busca promover específicamente el desarrollo de las zonas fronterizas a todo lo largo de la frontera.
Se busca así dinamizar economicamente las zonas fronterizas, lo que traerá como correlato el desarrollo de los pueblos amazónicos y la aceleración de la cooperación fronteriza en las regiones fronterizas de la costa y sierra.
Permitirá la cooperación fronteriza en diversos aspectos
En las zonas fronterizas con el vecino país del Ecuador tenemos problemas comunes cuya atención, por efecto del conflicto genera doble gasto en su atención.
El hecho que este Acuerdo permita desarrollar programas conjuntos aminorará los gastos que demande su realización.
Permite consolidar el proceso de Paz
Es hoy una verdad universal que ningún país puede lograr un desarrollo armónico si no ha conseguido una convivencia de paz y amistad con los países vecinos.
Uno de los grandes esfuerzos primordiales, entonces, como condición para el desarrollo, tiene que ser la consolidación de la paz entre el Perú y el Ecuador.
A las puertas del siglo XXI, con una fuerte corriente mundial del pensamiento en la construcción de la denominada cultura de paz, es positivo para el Perú y el Ecuador, ingresar a una nueva etapa marcada por la cooperación y la buena voluntad que reemplace casi un siglo de conflicto fronterizo y desconfianza mutua.
Permite el desarrollo interno del país
Cuando el Estado se encuentra en una situación de conflicto latente, tiene que utilizar horas hombre y recursos para atender este potencial conflicto. Estos representan costos altísimos en el presupuesto público, en la deuda externa, en la tributación, implicando por otra parte la desatención de otros sectores prioritarios como la atención de la salud, la educación, la alimentación.
Todos esos costos dedicados a la defensa militar pueden ser reasignadas a fin de dedicarlos a los sectores sociales y productivos.
El Perú en el contexto internacional
En un mundo globalizado y cada vez más interdependiente, la solución definitiva de las diferencias existentes entre el Perú y Ecuador, llevará un mensaje importante al mundo, en el sentido de la madurez alcanzada por los dos países, cuyos gobiernos son capaces de alcanzar un Acuerdo de esta naturaleza y sus pueblos capaces de darles el respaldo necesario para su aprobación por los Congresos.
Este mensaje al mundo es de suma importancia para la proyección internacional del Perú como país estable y susceptible de recibir la inversión foránea necesaria para su desarrollo.
VIII. APRECIACIONES FINALES Y CONCLUSIONES
- El Acuerdo amplio de integración fronteriza es un acuerdo marco a partir del cual se iniciará un proceso amplio de cooperación entre los dos países.
- No existen temas que afecten la soberanía nacional
- Estamos ante un instrumento internacional que al tener por objetivo la consolidación
de la paz y amistad entre los dos países, y al contar con
instrumentos adecuados, permitirá que los dos países puedan acudir
ante los organismos financieros internacionales y países amigos, con
una posición fortalecida, a fin de obtener financiamiento de desarrollo
de la zona fronteriza.
IX. FORMULA LEGAL
Por las consideraciones expuestas, se recomienda la aprobación de la siguiente Resolución Legislativa:
FORMULA LEGAL
Resolución Legislativa No.
El Congreso de la República
Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:
Artículo único.- Aprobación del Acuerdo Amplio de Integración Fronteriza, Desarrollo y Vecindad y sus Anexos.
Apruébase el Acuerdo Amplio de Integración Fronteriza, Desarrollo y Vecindad y sus Anexos, suscrito entre las Repúblicas de Perú y Ecuador.
Salvo mejor parecer
Lima, 10 de noviembre de 1998
Oswaldo Sandoval Aguirre
Presidente
Carlos Ferrero Costa
Vice Presidente
Angel Bartra Gonzáles
Secretario
Andrés Reggiardo Sayán
Jorge Ruíz Dávila
Francisco Pardo Mesones
Jorge Velásquez Ureta
Harold Forsyth Mejía
Agustín Mantilla Campos
Rafael Rey Rey
Relación de Participantes en la Sesión de la
Comisión de Relaciones Exteriores para exponer el
Acuerdo Amplio de Integración Fronteriza, Desarrollo y Vecindad y sus
Anexos
* DR. FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA.
Ministro de Relaciones Exteriores
* EMBAJADOR JORGE VALDEZ.
Viceministro de Relaciones Exteriores
* DR. DRAGO KISIC WAGNER.
Coordinador de los miembros peruanos en la Comisión Peruano - Ecuatoriana para elaborar el Proyecto de Acuerdo Amplio de Integración Fronteriza
* DR. ALFONSO BUSTAMANTE BUSTAMANTE.
Miembro de la Comisión Peruano - Ecuatoriana para elaborar el Proyecto de Acuerdo Amplio de Integración Fronteriza
* DR. DIEGO CALMET MUJICA.
Miembro de la Comisión Peruano - Ecuatoriana para elaborar el Proyecto de Acuerdo Amplio de Integración Fronteriza
* ING. EDUARDO GUERRA
Miembro de la Comisión Peruano - Ecuatoriana para elaborar el Proyecto de Acuerdo Amplio de Integración Fronteriza
* MIN. CARLOS PAREJA
Secretario Ejecutivo por parte del Perú de la Comisión Peruano - Ecuatoriana para elaborar el Proyecto de Acuerdo Amplio de Integración Fronteriza
* DR. LUIS OLIVEROS
Asesor de la Comisión Peruano - Ecuatoriana para elaborar el Proyecto de Acuerdo Amplio de Integración Fronteriza
* MAYOR FAP JORGE KISIC
Asesor de la Comisión Peruano - Ecuatoriana para elaborar el Proyecto de Acuerdo Amplio de Integración Fronteriza
* RP. JOAQUÍN GARCÍA
Asesor de la Comisión Peruano - Ecuatoriana para elaborar el Proyecto de Acuerdo Amplio de Integración Fronteriza
* DR. JORGE ORTÍZ
Asesor de la Comisión Peruano - Ecuatoriana para elaborar el Proyecto de Acuerdo Amplio de Integración Fronteriza
* ING. YOLANDA GUZMÁN
Presidente del Instituto de Investigación de la Amazonía Peruana
* SR. FELIPE ORTIZ DE ZEVALLOS.
Miembro de la Comisión Consultiva del Ministerio de Relaciones Exteriores y Presidente del Grupo Apoyo.
* GENERAL SINECIO JARAMA.
Presidente de la Sociedad de Industrias de la Amazonía
* CONTRALMIRANTE A.P. ( R ) GERARDO RUIZ.
Presidente de la Federación de Cámaras del Oriente - FEDECAM Oriente
* SEÑOR WALTER PASACHE.
Director del SIAP _ Sociedad de Industrias de la Amazonía Peruana
* SEÑOR JORGE BASTOS.
Director del SIAP - Sociedad de Industrias de la Amazonía Peruana
* SEÑOR SAMUEL DYER
Director del SIAP - Sociedad de Industrias de la Amazonía Peruana
* SEÑOR MARCOS SEGURA
Gerente del Comité Nacional de Productores de Arroz
* SEÑOR ALFREDO RONDÓN
Asesor del Instituto de Investigación de la Amazonía
* DR. SEBASTIAN ALEGRETT (VENEZUELA).
Secretario General de la Comunidad Andina
* SR. VÍCTOR MANUEL RICO FRONTAURA
Director General de la Comunidad Andina
* SR. NICOLÁS LLOREDA RICAURTE
Director General de la Comunidad Andina
* SR. JORGE VEGA CASTRO
Director General de la Comunidad Andina
* SR. CARLOS LONGA GONZÁLES
Funcionario Técnico de la Comunidad Andina
* SR. HERNANDO ARCINIEGAS SERNA
Funcionario Técnico de la Comunidad Andina
* SR. CÉSAR MONTAÑO HUERTA
Funcionario Técnico de la Comunidad Andina
* SRTA. MÓNICA ROSELL DE MENDOZA
Funcionario Técnico de la Comunidad Andina
* SRTA. MARÍA ESPINOZA DANGOND
Funcionario Técnico de la Comunidad Andina
* SEÑOR GUSTAVO FERNÁNDEZ SAAVEDRA
Representante de la Corporación Andina de Fomento (CAF)
* DR. GUILLERMO VEGA ALVEAR
Asesor del Director Ejecutivo de Proyectos de la CAF.
* SEÑOR VICTOR LOERO
Funcionario del Area Financiera de la CAF
* GENERAL DE DIVISION (R ) FRANCISCO MORALES BERMUDEZ
Ex Presidente de la República
* ARQ. RICARDO FLORES DIOSES
Alcalde Provincial de Tumbes.
* SRA. MARCELINA BURGOS.
Alcalde Provincial de Sullana.
* SR. JOEL SIANCAS RAMIREZ.
Presidente de la Cámara de Comercio de Sullana.
* SEÑOR ANIBAL BALCAZAR TORREJÓN.
Presidente de la Cámara de Comercio de Jaen.
* SEÑOR WALTER PRIETO MAYTRE.
Alcalde Provincial de Jaén.
* SEÑOR FRANKLIN SANCHEZ ORTIZ
Alcalde Provincial electo de Tumbes
* SEÑOR ANTONIO SALAZAR OLIVERA
Presidente de la Cámara de Comercio de Bagua
* SEÑOR JOAQUÍN PLANAS MORELLI.
Presidente de la Cámara de Comercio de Loreto
* DOCTOR FRANCISCO TUDELA
Ex Ministro de Relaciones Exteriores del Perú
* DR. FERNANDO SCHWALB LÓPEZ _ALDANA
Presidente de la Comisión Consultiva del Ministerio de Relaciones Exteriores
* DR. FÉLIX DENEGRI LUNA
Miembro de la Comisión Consultiva del Ministerio de Relaciones Exteriores
* VICEALMIRANTE ( R ) JORGE DUBOIS GERVASI
Miembro de la Comisión Consultiva del Ministerio de Relaciones Exteriores
* GENERAL DE DIVISIÓN E.P. ( R ) JULIÁN JULIÁ FREYRE
Miembro de la Comisión Consultiva del Ministerio de Relaciones Exteriores
* EMBAJADOR ( R ) JORGE MORELLI PANDO
Miembro de la Comisión Consultiva del Ministerio
de Relaciones Exteriores
Relación de Comunicaciones recibidas en la Comisión de Relaciones Exteriores a propósito de la Consulta Pública convocada
1. Municipalidad Ecológica Provincial San Ignacio, suscrita por su Alcalde,
Sr. Raúl Aguirre Camacho.
2. Concejo Provincial de Piura, suscrita por su Alcalde, Sr. José Aguilar Santisteban.
3. Municipalidad Provincial de Jaén, suscrita por su Alcalde, Sr. Walter Prieto Maitre.
4. Municipalidad Provincial de Tumbes, suscrita por su Alcalde, Sr. Ricardo Flores Dioses
5. Cámara de Comercio, Agricultura e Industria de Bagua, suscrita por su Presidente Antonio Salazar Olivera.
6. Central de Trabajadores de la Revolución Peruana, suscrita por su Secretario General, Sr. Juan Bernaola Cueto y su Secretario Nacional de Educación y Cultura, Sr. Luis Marcaró Cárdenas.
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