Relaciones Exteriores

Periodo Parlamentario 1995-2000

Perú-Ecuador

Acuerdo de Bases respecto de la rehabilitación o reconstrucción de la bocatoma y obras conexas del Canal de Zarumilla Grupo de Trabajo sobre el Canal de Zarumilla

 

Acuerdo de Bases


I. LA ADMINISTRACIÓN DEL CANAL DE ZARUMILLA

A. Conceptos generales

1. Mediante la construcción hecha por el Perú, en atención a lo dispuesto por la Fórmula Aranha, el Canal de Zarumilla empezó a funcionar en 1947.

2. El tiempo transcurrido y particularmente los eventos hidrológicos extraordinarios en el área han deteriorado la captación y la conducción, llevando a una situación que obliga a un esfuerzo complementario no previsto, con el fin de asegurar el cumplimiento de la obligación peruana establecida en la Fórmula Aranha.

3. Los derechos y obligaciones del Perú y Ecuador con relación al funcionamiento y operación del Canal de Zarumilla, se consignaron en un Reglamento que establecerá el régimen futuro del manejo del Canal para la conducción y la utilización de sus aguas, de conformidad con la Fórmula Aranha.

4. El Reglamento que se acuerde deberá tener en cuenta las propuestas presentadas por el Ecuador (21 de mayo de 1997) y el Perú (5 de marzo de 1998). El Reglamento establecerá una Comisión Binacional Permanente como órgano directivo y responsable de la administración del Canal de Zarumilla.

5. El tema relativo al reparto de los caudales de aguas que discurran por el Canal de Zarumilla ha quedado pendiente para la próxima reunión. Internamente cada país hará las entregas según sus propias legislaciones.

6. Por razones ecológicas, el caudal mínimo que discurrirá por el cauce del río Zarumilla aguas debajo de la captación hasta el mar será de 0,4 m3/s, cuando exista disponibilidad del recurso.

B. Obligaciones del Perú

Obligaciones Inmediatas

7. En la fase de evaluación de daños de las estructuras existentes, estudiar la reconstrucción mejorada de la bocatoma actual o construcción de una nueva, según corresponda, luego de un análisis técnico y económico, informando de los resultados al Ecuador.

8. En la fase de proyecto, presentar a Ecuador para su opinión y sugerencias, los estudios y diseños que fueran necesarios para la reconstrucción de la bocatoma actual o para la construcción de una nueva, que en ambos casos deberá satisfacer los requerimientos modernos exigibles a tal estructura (desarenador , vertedero de excedentes, descargador de fondo, rejillas), incluyendo las necesidades de

encauzamiento o protección inmediata aguas arriba de la bocatoma.

9. En la fase de ejecución de las obras, reconstruir la bocatoma actual o construir una nueva, asumiendo los costos correspondientes y de acuerdo a los diseños definitivos, convenidos con Ecuador.

10. Incorporar en la bocatoma sistemas automáticos de medición y transmisión instantánea a distancia de información (niveles y caudales), que se capten o que pasen aguas abajo en el río Zarumilla, para conocimiento de Ecuador.

11. Rehabilitar el Canal de Zarumilla en su integridad, a su costo.

12. Solucionar en el sector peruano los problemas que provocan en el Canal obras de derivación de las aguas, especialmente en el kilometro 2 + 650m., en el sitio Dos Bocas.

Obligaciones mediatas y permanentes

13. Operar y mantener la bocatoma -nueva o mejorada- de conformidad con lo que se acuerde en la Comisión Binacional Permanente y en el Reglamento para la Administración del Canal de Zarumilla.

Las compuertas serán manejadas por el Perú en cumplimiento de calendarios, horarios y demás modalidades por la Comisión Binacional Permanente y de común acuerdo con un observador ecuatoriano.

14. Mantener a su costo los sistemas automáticos de medición y transmisión de datos a distancia (niveles y caudales) que se captan o que pasan aguas abajo en el río Zarumilla, para conocimiento del Ecuador.

15. Efectuar el mantenimiento del Canal de Zarumilla asumiendo el cincuenta por ciento de los trabajos o de los costos del mismo.

C. Obligaciones del Ecuador

Obligaciones inmediatas

16. Presentar al Perú sus sugerencias para los estudios
y diseños que fueran necesarios para la rehabilitación de la bocatoma actual o de una nueva.

17. Otorgar y garantizar las facilidades necesarias para la realización de estudios en la ribera de la margen derecha del río Zarumilla, aguas arriba de la bocatoma.

18. Efectuar el seguimiento de la rehabilitación de la bocatoma actual o de la construcción de una nueva.

19. Construir a satisfacción del Perú y Ecuador, las obras de encauzamiento, protección u otros, en la margen derecha, inmediatamente aguas arriba de la bocatoma.

20. Colocar terminales compatibles para recibir a distancia, datos (niveles y caudales) que capten o que pasen aguas abajo en el río Zarumilla, dede la bocatoma y de sus sistema automático.

21. Dejar disponibles 10 metros en la margen derecha del Canal y construir en esa franja un camino de servicio.

22. Remover las edificaciones ubicadas al borde del Canal y eliminar el vertimiento de aguas servidas y de aguas saladas con desechos procedentes de cisternas larveras.

Obligacioness mediatas y permanentes

23. Mantener los terminales en territorio ecuatoriano para recibir la información proveniente de sistemas automáticos de medición y transmisión de datos a distancia (niveles y caudales) que se captan o que pasan aguas abajo en el rio Zarumilla, desde la bocatoma del Perú.

24. Contribuir al mantenimiento del Canal de Zarumilla, asumiendo el cincuenta por ciento de los trabajos o de los costos, así como el mantenimiento del camino de servicio de la margen derecha que será de costo exclusivo del Ecuador.

25. Efectuar el mantenimiento de las obras de
,

encauzamiento de las bocatoma en su ribera y asumir la totalidad de los costos.

D. Obligaciones conjuntas

26. Mantener el trazado del Canal y remover todos los obstáculos existentes que se opongan al buen funcionamiento del Canal, originados en su respectiva orilla por la acción de la naturaleza o por actividades perjudiciales causadas por sus pobladores; así como eliminar todas las causas de contaminación y los represamientos de arena existentes en el curso del Canal.

27. Los dos países construirán las obras de partición y derivación que acuerden para el aprovechamiento de los respectivos derechos de agua que se establezcan.

28. Limpiar y descontaminar el Canal y sus márgenes.

29. Preparar un Reglamento en función del presente documento, por el cual la Comisión Binacional Permanente para la administración del Canal de Zarumilla tenga, entre otras, las siguientes atribuciones:

29.1 Planificar anualmente las tareas de mantenimiento del Canal, a partir de las recomendaciones contenidas en el Manual de Mantenimiento (rutinario y excepcional) que presente el estudio para al rehabilitación del Canal.

29.2 Asignar anualmente iguales partidas presupuestales para el mantenimiento del Canal.

29.3 Mantener el Canal mediante la contratación de una empresa privada, de preferencia binacional, o elegir otro opción que decida la Comisión Binacional Permanente.

29.4 Acordar turnos para el uso del agua, sin perjuicio del cumplimiento de os señalado en el numeral 5 del presente documento.

29.5 Delegar en la Comisión Binacional Permanente la preparación de su propio Manual Operativo en el marco del Reglamento que se acuerde.

30. Analizar la Conveniencia de prolongar el Canal revestido en concreto, desde el Puente internacional hasta el Codo de Hualtaco, en aproximadamente 5kms., siguiendo la línea de frontera.

II. MEDIDAS SOBRE MANEJO DE LA CUENCA DEL RIO ZARUMILLA

1. Compartir la propuesta ecuatoriana hecha en Washington DC los días 18 y 19 de Febrero de 1,998, en el sentido de incluir este tema en el listado de proyectos a ser considerados por la Comisión de Integración encargada de formular un Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza.





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