Relaciones Exteriores

Periodo Parlamentario 1995-2000

Perú-Ecuador

P E R Ú - E C U A D O R
1.10 Acuerdo de Creación de una

Zona de Vigilancia y Control

 


En la reunión realizada entre el Coordinador General de la MOMEP y los oficiales Generales de Enlace de la República del ECUADOR y PERU, de acuerdo a la autorización efectuada por los Altos Funcionarios de los Países Garantes a la MOMEP para colaborar con carácter excepcional y temporario en la supervisión y verificación de la separación de fuerzas Ecuatoriano - Peruanas al Sur de la Zona Desmilitarizada y a fin de evitar nuevos incidentes que alteren las relaciones de Paz que deben existir entre los pueblos hermanos del Ecuador y Perú.

LAS PARTES CONVlENEN

1. Cumplir con carácter urgente y como condición previa a la separación de las fuerzas las siguientes actividades:

a. Suspender a partir de la firma del presente acuerdo, todo tipo de operaciones militares, incluyendo patrullajes, reconocimientos y mantenimiento de picas/trochas, en la zona comprendida desde el límite Sur de la Zona Desmilitarizada hasta 5 (cinco) Km al Sur del Destacamento PAQUISHA ALTO (50 Km de longitud en línea recta, aproximadamente, de acuerdo a la Carta Topográfica MOMEP regional Series: Cordillera del Cóndor; Escala 1:250.000).

b. Informar a cada una de las Fuerzas de cada Parte, que a partir de 1as 12:00 horas del 14 de Agosto 98, la MOMEP estará autorizada a efectuar vuelos en la zona establecida, además
de los correspondientes a su actual zona de responsabilidad, por lo tanto, las partes dispondrán las medidas pertinentes para brindar la seguridad durante los vuelos de control de las aeronaves de la MOMEP.

c. Elevar el 17 de Agosto del corriente año a la MOMEP, un inventario completo de las unidades, efectivos, pertrechos, incluso las armas colectivas de tiro curvo, las armas de defensa antiaérea y los equipos que se encuentran en la zona establecida, su dispositivo y ubicación actual en el terreno sobre una carta topográfica, localizado por GPS y actualizado al día 13 de Agosto de 1998.

d. Solicitar las recomendaciones de las Partes sobre las técnicas que creen necesarias para efectuar la separación de fuerzas.

e. Permanecer en sus actuales posiciones, evitando todo movimiento o actitud que pueda provocar la reacción de la otra parte, hasta la ejecución del Plan de Separación de Fuerzas de la MOMEP.

f. No efectuar ningún relevo de personal hasta la separación de las Fuerzas.

g. Efectuar el reabastecimiento de víveres, solamente, previa coordinación con la otra parte y bajo el conocimiento de la MOMEP por modo aéreo y/o terrestre, proponiendo cada parte las rutas de vuelo y/o itinerarios para tal actividad.


C O M I S I Ó N D E
2. Ejecutar el Plan de Separación de Fuerzas y establecimiento de una Zona de Control de carácter transitorio, delimitada por coordenadas geográficas, según Carta Topográfica Regional Series: Cordillera del Cóndor Escala 1:250.000, conforme calco anexo que constituye parte de este acuerdo, remitido por la MOMEP a cada una de las PARTES. La referida Zona de Control no deberá poseer efectivos ni materiales militares de las Partes.

3 Dejar fuera de la referida Zona de Control, lo siguiente:

a. Puesto de Vigilancia 2 (PV-2) (9601600-795400)

b. Destacamento CONDOR MIRADOR (9595400-788100)

c. Destacamento MACHINAZA ALTO (9582000-785400)

d. Destacamento PAQUISHA ALTO (9564400-774100)

Estos puntos deberán quedar dentro de la Zona de Exclusión respectiva.

4. Supervisar el cumplimiento riguroso de la Cartilla de Seguridad como aspecto fundamental para mantener la tranquilidad en todo el sector.

5. Se adjunta con el anexo del presente acuerdo el croquis de la Zona de Control y Vigilancia de la MOMEP con las respectivas coordenadas.

6. Todos los puntos indicados en este Documento y sus Anexos serán verificados en terreno con elementos de precisión, a fin de obtener mayor exactitud.

En fe de lo cual, firman el presente acuerdo en la ciudad de QUITO-ECUADOR, a las 17:30 hora del día 13 de Agosto de 1998 en presencia del Coordinador General de la MOMEP.


Por la República del Ecuador
Gral Div CARLOS CALLE CALLE

Por la República del Perú
Gral Brig RAUL O'CONNOR LA ROSA

 

Por la MOMEP

Gral Div PLINIO ABREU COELHO



 

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