Yonhy Lescano Ancieta

Periodo Parlamentario 2016-2021

Primera Plana
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09 / 02 / 2010
Colegiado reconoce que Tratado colisiona con artículos 54º y 70º de la Constitución; pero lo declara válido


SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL SOBRE TLC PERU-CHILE ES PREVARICADORA


Acción Popular apelará a instancias internacionales en defensa del orden constitucional.

En relación a la resolución del Tribunal Constitucional que declara infundada la demanda de inconstitucionalidad contra el TLC Perú-Chile presentada por un grupo de parlamentarios, el congresista Yonhy Lescano, miembro titular de la Comisión de Relaciones Exteriores del Parlamento, declaró que dicha resolución es contradictoria por cuanto no se entiende cómo es que declara infundada la demanda y al mismo tiempo dice que es necesario para que el TLC sea constitucional incorporar como un supuesto más de expropiación la causal de “seguridad nacional” tal como está en el artículo 70 de la Constitución pero que no aparece en el indicado TLC.

“Si el TLC Perú-Chile ha modificado el artículo 70 de la Constitución como lo reconoce el el propio Tribunal en su resolución, entonces dicho tratado tiene que aprobarse por el mismo procedimiento que rige la reforma de la Constitución, esto es, con intervención del Congreso conforme lo manda el artículo 57 de la Constitución” dijo enfáticamente Lescano, quien agregó que esto mismo ha ocurrido en relación a la definición de “territorio” que trae el TLC Perú-Chile, la que colisiona con la definición que trae nuestra Constitución.

En efecto, el TLC impugnado no considera expresamente en su definición de “territorio” nuestro dominio marítimo hasta las 200 millas, con lo cual colisiona con el artículo 54 de la Constitución que sí los considera expresamente. Esto lo reconoce el Tribunal en su resolución, señalando que la mencionada definición no es inconstitucional siempre que se interprete de acuerdo con el citado artículo 54 de nuestra Carta Magna. Sin embargo nada obliga en el TLC Perú-Chile a que se haga tal interpretación, por lo que, una vez más este tratado está modificando la Constitución, por lo que es imprescindible que sea revisado por el Congreso de acuerdo al mandato del artículo 57 de la misma .

“El Tribunal admite que el TLC Perú-Chile ha violado los artículos 54 y 70 de la Constitución; pero lo declara válido con lo cual la sentencia se convierte en prevaricadora, pues atropella el artículo 57 de la Carta Magna” dijo Lescano, quien advirtió que Acción Popular apelará este fallo ante la justicia supranacional.


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