Relaciones Exteriores

Periodo Parlamentario 2021-2026

Plan de trabajo
Inicio > Sobre la Comisión > Plan de trabajo

Plan de trabajo de la Comisión de Relaciones Exteriores

 Periodo Anual de Sesiones 2022-2023   


I. Presentación

La Comisión de Relaciones Exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 34 del Reglamento del Congreso de la República está encargada del seguimiento y fiscalización de los actos de gobierno y del funcionamiento de los órganos estatales en materia de política exterior, relaciones y cooperación internacional, comunidades peruanas en el exterior, integración y desarrollo fronterizo, recuperación y tráfico ilícito del patrimonio cultural de la Nación; asimismo en el estudio y dictamen de los proyectos de ley y proyectos de resolución legislativa que sean puestos en su conocimiento y, de absolver las consultas sobre asuntos que sean de su competencia y especialidad.

Así como del cumplimiento de efectuar la dación de cuenta ante el Pleno del Parlamento de los tratados ejecutivos internacionales de conformidad a lo establecido en el artículo 57 de la Constitución Política del Perú y el artículo 92 del Reglamento del Congreso de la República.

Por otro lado, corresponde a la Comisión de Relaciones Exteriores propiciar la relación con otros congresos y organizaciones parlamentarias internacionales, y aprobar la creación y/o reactivación de las Ligas Parlamentarias de Amistad, entendiéndose éstas como una asociación de congresistas de la República que propugnan el acercamiento entre el Congreso de la República del Perú y los organismos legislativos de otros Estados, fomentando un acercamiento interinstitucional, así como el intercambio de información y experiencias de labores propias y de interés común.

Finalmente, otro punto importante son las audiencias públicas descentralizadas en las zonas de frontera y en otras de especial relevancia que será un canal importante de comunicación con la población que vive en estas localidades de nuestro país, afianzando la presencia de este importante órgano legislativo.


II. Conformación

La Comisión de Relaciones Exteriores, está conformada por congresistas de diferentes grupos parlamentarios, siendo 22 miembros titulares y 22 miembros accesitarios, respectivamente, de acuerdo al Cuadro Nominativo de Comisiones para el Periodo Anual de Sesiones 2022 -2023, aprobado el jueves 18 de agosto de 2022.


III. Marco Legal

  • Artículos 56, 57, 96, 97 y 118 inciso 11, de la Constitución Política del Perú.
  • Artículos 34 y 35 inciso a, 48 y 49 del Reglamento del Congreso.
  • Ley Nº 26647, Establecen normas que regulan actos relativos al perfeccionamiento nacional de los Tratados celebrados por el Estado Peruano.

IV. Funciones ámbitos de acción

La Comisión de Relaciones Exteriores desarrollará su labor dentro de los siguientes ámbitos y lineamientos de acción:

4.1. Ámbito Legislativo

La Comisión de Relaciones Exteriores realizará su función legislativa respecto de los proyectos de ley que le sean puestos a consideración, tratados internacionales ordinarios y tratados internacionales ejecutivos que celebre el Estado peruano.

Los temas abordados con carácter prioritario serán los que guarden relación con la Agenda Legislativa del Congreso de la República que se apruebe para el presente período anual de sesiones, conforme al procedimiento previsto en el artículo 29º del Reglamento del Congreso de la República y lo previsto en el artículo 36° del mismo cuerpo normativo.

En este sentido, realizará el estudio y dictamen de los tratados ordinarios que remita el Poder Ejecutivo y proyectos de ley, poniendo especial énfasis en aquellos temas que se refieren a:

  1. La participación del Perú en los temas regionales de carácter comercial, cultural, social, político, económico, tecnológico, tributario y otros.
  2. Tratados referidos al desarrollo de la legislación en materia de defensa, derechos humanos, ambientales, culturales, comerciales, cooperación tecnológica, etc.
  3. El fortalecimiento de la democracia, lucha contra la pobreza y la captación de cooperación orientada a la superación de la exclusión y la desigualdad social, el terrorismo, narcotráfico, delincuencia organizada, discriminación, entre otros.
  4. Desarrollo e integración fronteriza.
  5. La inserción competitiva del Perú en los mercados regionales y mundiales.
  6. Revisión y fortalecimiento de la política migratoria, con especial énfasis en la migración calificada (profesionales, trabajadores y académicos altamente capacitados sin distinción de nacionalidad) como herramienta de integración y transferencia de conocimiento para la educación, ciencia y tecnología, desarrollo comercial y reactivación económica.
  7. Fortalecer el intercambio de experiencias políticas, sociales y económicas con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), Alianza del Pacífico, Parlamento Andino, Unión Interparlamentaria y otros organismos internacionales.
  8. Fortalecer la Diplomacia Científica a través de la cooperación internacional, a fin de implementar dicha política blanda en el Estado peruano, promoviendo la participación de la comunidad científica en la solución de retos globales.
  9. Implementar y fortalecer el gobierno digital en las oficinas consulares del Perú en el exterior.
  10. Estudio y dictamen de los tratados ordinarios (art. 56 de la Constitución Política), tratados ejecutivos internacionales (art. 57 de la Constitución Política del Perú) y proyectos de ley decretados por su especialidad a la comisión.

4.2  Ámbito de Fiscalización y Control Político

La Comisión de Relaciones Exteriores ejercerá su función de fiscalización y de control político realizando los lineamientos siguientes:

  1. Velará para que la actuación del Perú en sus relaciones internacionales sea concordante con los intereses permanentes del país en su política exterior, en el marco de su normativa interna y respeto por la defensa de nuestra soberanía e integridad territorial.
  2. Fortalecerá y velará por la imagen de nuestro país en el exterior en el marco de nuestra política de promoción cultural.
  3. Convocará a representantes de los diversos sectores de la administración pública y a expertos y personalidades que acuerde el pleno de la comisión para que informen y opinen sobre temas de competencia y especialidad de esta comisión.
  4. Velará por la recuperación y combatirá el tráfico ilícito de piezas pertenecientes al patrimonio de la Nación, con especial énfasis a las subastas realizadas en el extranjero.
  5. Efectuará el seguimiento del retiro de minas en zonas de frontera.
  6. Control y seguimiento respecto a los proyectos de los sectores involucrados que tienen ámbito de influencia en zonas de fronteras.
  7. Control y seguimiento de la reactivación económica en las regiones fronterizas de nuestro país.
  8. Establecerá coordinaciones permanentes con el Poder Ejecutivo para la apertura y tratamiento de nuevos acuerdos comerciales con diversos países en beneficio de nuestro país.
  9. Fiscalizará la labor de las misiones diplomáticas y consulados, especialmente en el apoyo que éstas brinden a los connacionales en sus necesidades, en el marco del respeto irrestricto de los derechos humanos.
  10. Fiscalizará a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, respecto al cumplimiento de la normatividad vigente frente a las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) Nacionales receptoras de Cooperación Técnica Internacional, Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Instituciones Privadas sin fines de Lucro Receptoras de Donaciones de Carácter Asistencial o Educacional provenientes del Exterior (IPREDA) y Donantes de la Cooperación Internacional, entre otros.
  11. Observará el cumplimiento del artículo 92 del Reglamento del Congreso de la República en relación a los Tratados Ejecutivos Internacionales.

4.3  Ámbito de Representación

La Comisión de Relaciones Exteriores ejerce la labor de representación de todos los peruanos en diversas áreas referidas a su especialidad, desarrollando las acciones siguientes:

  1. Promoción de la creación de nuevas Ligas Parlamentarias, así como apoyar el trabajo de aquellas ya reactivadas a fin de que los señores congresistas puedan hacer uso eficaz de dicho instrumento de cooperación interparlamentaria.
  2. Realización de sesiones conjuntas, sesiones y audiencias públicas descentralizadas en las zonas de frontera y en otras regiones de especial relevancia para nuestra comisión.
  3. Realización de reuniones bilaterales con comisiones de congresos extranjeros encargadas de los temas correspondientes a la Comisión de Relaciones Exteriores.
  4. Absolución de consultas y pedidos de ciudadanos, así como de instituciones públicas o privadas, respecto de los temas que son de su competencia. En relación a ello, trabajará en forma permanente con la Oficina de Participación Ciudadana del Congreso y otras áreas del Congreso vinculados a la materia.

 

V. Sesiones

5.1.Sesiones ordinarias

Se desarrollan los días lunes a horas 11 a.m. en el Hemiciclo Raúl Porras Barrenechea o bajo la modalidad virtual a través de la plataforma de Microsoft Teams de cuya citación y agenda serán informados los señores congresistas veinticuatro (24) horas antes de conformidad con el Reglamento del Congreso de la República.

5.2.Sesiones extraordinarias y/o conjuntas

Se desarrollan en función a la urgencia y requerimientos de la comisión, informando debidamente a los congresistas titulares y accesitarios dentro de los plazos de ley.

Las sesiones conjuntas, se efectúan con otras comisiones ordinarias y pueden realizarse en Lima o en otras ciudades de nuestro país.

 

VI. Audiencias públicas

La Comisión de Relaciones Exteriores contempla de suma importancia el desarrollo de audiencias públicas para el presente Periodo Anual de Sesiones 2022 – 2023, básicamente en zonas de frontera a fin de fortalecer el carácter unitario de la Nación y la identidad nacional, así como consolidar la soberanía, seguridad y defensa nacional en los espacios fronterizos, así como en otras regiones del país que involucren el trabajo ordinario de la comisión.

No obstante, las audiencias públicas descentralizadas podrán celebrarse en Lima y/o provincias con carácter temático a fin de recoger distintas peticiones o posiciones de la población peruana y atender sus requerimientos, promoviendo en este sentido las condiciones y orientando los procesos por la vía legislativa o ejecutiva.

 

VII. Grupos de trabajo

La Comisión de Relaciones Exteriores cuenta con grupos de trabajo especializados cuyas temáticas a desarrollar se encuentran articuladas con las materias de competencia y especialidad de la comisión.

Para su creación y conformación, se requiere de la votación mayoritaria del pleno de la comisión, advirtiéndose que no puede ser mayor a tres (3) integrantes titulares, ejerciendo cualquiera de ellos la coordinación. Su labor se fija a través de plazos perentorios, aprobados en sesión de comisión.

El coordinador del grupo de trabajo, tendrá como equipo de apoyo para el desarrollo de las labores encomendadas al personal de confianza de su despacho y en temas específicos al personal del Servicio Parlamentario de la comisión. Se precisa, que los miembros accesitarios no podrán conformar ni ser parte de grupos de trabajo que se conformen en el seno de la comisión.

Los grupos de trabajo, celebran reuniones y sesiones públicas y al término del plazo establecido para el encargo, mediante acuerdo de comisión, presentan un informe final, el cual debe contener todas las acciones generadas para su cumplimiento, así como las conclusiones, recomendaciones y anexos (asistencias, actas, documentos remitidos, recibidos y otros). Las conclusiones y recomendaciones que arribe el grupo de trabajo serán remitidos a las entidades de la administración pública competente, previa aprobación del informe final por el seno de la comisión.

 

VIII. Comisión Consultiva

La Comisión de Relaciones Exteriores cuenta con un equipo consultivo multidisciplinario de profesionales de reconocido prestigio, cuyo encargo será orientar e ilustrar al pleno de la comisión respecto de temas de su especialidad y competencia, en calidad de Ad Honorem. La presidencia podrá proponer la conformación de sus miembros.


IX. Reglamento de la Comisión

La Comisión de Relaciones Exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 de Reglamento del Congreso de la República, para el desarrollo de sus sesiones ordinarias y extraordinarias aplicará el citado Reglamento, en lo que fuere pertinente y en todo aquello que no se encuentre expresamente contemplado en el presente Plan de Trabajo.

 

Plan de trabajo de la Comisión de Relaciones Exteriores


Developed by VIS