CAPÍTULO VII
CAPÍTULO VII
DE LA EDUCACIÓN INICIAL
Artículo 37º-
La educación inicial es el primer nivel del sistema educativo. Se imparte a los menores de 6 años y está destinada a orientar a los padres de familia y comunidad para lograr el desarrollo de las capacidades y vocación del niño.
Se ofrece a través de:
Cunas para menores de 3 años;
Jardines de niños de 3 a 5 años; y
Artículo 38ª-
Los objetivos de la educación inicial son:
b) Prevenir, descubrir y tratar oportunamente los problemas de orden biosico-social que puedan perturbar el desarrollo del niño;y
c) Contribuir a la integración y fortalecimiento de la familia y la comunidad.
Artículo 39º-
El Estado reconoce la importancia de la educación inicial. A través de susistema educativo apoya y orienta la acción de la familia y la ayuda o la reemplaza en caso necesario y en la medida de sus posibilidades.