CAPÍTULO XV

CAPÍTULO XV

DEL INGRESO, EVALUACIÓN Y CERTIFICACIONES

Articulo 83º-

El ingreso a las instituciones educativas se efectúateniendo en cuenta las características y exigencias de cada nivelymodalidad. La ley da igualdaddeoportunidades a todos.

Artículo 84º-

Ingresan al nivel de Educación Inicial los niños menores de 6 años.

Artículo 85º

- Ingresan al primer grado de Educación Primaria, preferentemente, los niños a partir de los 6 años de edad. No es requisito la Educación Inicial.

Los educandos que han concluido la Educación Primaria en cualquiera de sus modalidades, tienen derecho a ingresar al Primer Grado de Educación Secundaria.

Artículo 86º-

La matrícula en Educación Primaria y Secundariaes única para cada nivel y se realiza al ingresar a cada uno de dichos niveles.

Artículo 87º-

Los postulantes a Educación Primaria con edad mayor a la normal pasan por una prueba de ubicación que permite su matrícula en el grado que les corresponde de acuerdo con su preparación. Una prueba análoga pasan los adultos que postulan a las modalidades de Primaria y Secundaria.

Artículo 88º-

Los educandos que han concluido la EducaciónSecundaria en alguna de sus modalidades están aptos parta postular al ingreso a nivel de la Educación Superior. Los órganos competentes según ley regulan el ingreso a los centros de Educación Superior teniendo en cuenta la capacidad educativa de los centros, el número de los postulantes y las necesidades prioritarias del desarrollo regional y nacional.

Artículo 89º-

El ingreso a los centros de Educación Especial está sujeta a requisitos propios y se realiza a partir de la comprobación de la excepcionalidad correspondiente.

Artículo 90º-

Los educandos que no poseen documentos de identificación no están impedidos de ingresar al nivel de Educación Primaria.

El interesado y las instituciones educativas están obligadas aprocurar la regularización correspondiente.

Los organismos públicos competentes facilitan la expedición del documento de identificación requerido.

Artículo 91º-

La evaluación del educando es integral, permanente y flexible. La escala de calificación es vigesimal. Al términode los estudios de cada grado de Educación Primaria hay una evaluación general complementaria a las evaluaciones llevadas a cabo durante el año.

En la Educación Secundaria las evaluaciones son por asignatura, incluyendo la general complementaria y las de recuperación y subsanación.

Artículo 92º-

Lacertificación de cada grado, nivel y modalidadeducativa se otorga a los educandos quehan cumplido satisfactoriamente con las exigencias respectivas. Esta certificación es requisito para ser promovido.

En la Educación Primaria y Secundaria se otorgan certificados de grado; al término de educación secundaria se otorga un certificado con mención de la variante respectiva.

Las universidades otorgan los grados académicos de Bachiller, Maestro y Doctor, así como certificados. También otorgan títulos profesionales, inclusive los de segunda y ulterior especialización.

Los institutos y escuelas superiores otorgan títulos de Profesional, Técnico y Experto en sus respectivos ramos, así como los de segunda y ulterior especialización profesional. También otorgan los certificados correspondientes.

Los títulos otorgados en Educación Superior se expiden a nombre de la Nación.

Artículo 93º-

En la Educación Ocupacional se otorga la Certificaciónrespectiva, a nombre de la institución correspondiente, una vez cumplidos los requisitos establecidos por el Ministerio de Educación o de Trabajo, según el caso.

Artículo 94º-

ElEstado reconoce y certifica los estudios primarios ysecundarios realizados en forma independiente y revalida o convalida los estudios realizados en el extranjero. El Ministerio de Educación señala las normas correspondientes.