Page 74 - Manual de Técnicas Legislativas
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I.  USO DE LAS LETRAS MAYÚSCULAS Y LAS LETRAS
                MINÚSCULAS


             Las funciones básicas de las letras mayúsculas son la delimitación
             de  determinados  fragmentos  del  discurso  y  la  identificación  de
             nombres propios.

             Uso de mayúsculas para delimitar las unidades textuales


             Hay usos de la mayúscula condicionados  estrictamente por
             la puntuación;  la conjunción  de ambos factores, puntuación  y
             mayúsculas, marcan los límites de las unidades textuales básicas,
             que son los enunciados.


             El enunciado  es una unidad comunicativa de sentido completo,
             formada por una palabra o un grupo de palabras. En el plano oral,
             se delimita por pausas y, en el plano escrito, por la mayúscula inicial
             de su primer elemento y el signo de puntuación que señala su cierre.
             El uso de la mayúscula,  junto con la puntuación, permite captar
             fácilmente la estructura interna de los textos.

                 Las universidades son promovidas por entidades privadas o públicas. La ley fija las
                 condiciones para autorizar su funcionamiento.

             Uso de mayúsculas para marcar los nombres propios


             Los nombres propios son sustantivos o grupos nominales creados
             específicamente  para  designar  y  referirse  a  seres  únicos,  ya  sea
             animados o inanimados: personas, animales, lugares geográficos,
             instituciones, obras de creación, acontecimientos, etc.


             La mayúscula inicial no condicionada por la puntuación se aplica en
             español a dos tipos de elementos, que son los siguientes:


             •  Los nombres propios genuinos, cuyos elementos prototípicos
                 son  los  antropónimos  (nombres  de  persona)  y  los  topónimos
                 (nombres propios de lugar), como Juan o Perú.





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