El diario oficial El Peruano publica el martes 17 la Ley 30753, modificación de los artículos 11, 12, y 24 de la Ley 29408, Ley General de Turismo, los mismos que quedan redactado9s en los siguientes términos:
Articulo 11. Plan Estratégico Nacional de Turismo.
El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo aprueba y actualiza el Plan Estratégico Nacional de Turismo (PENTUR) dentro de las políticas de Estado, como instrumento de planeamiento y gestión del sector turismo de largo plazo en el ámbito nacional.
El proceso de elaboración y actualización del PENTUR, es liderado por el Ministerio de Comercio Exterior y con la participación del gobierno nacional, los gobiernos regionales, locales, el sector privado y la sociedad civil.
Artículo 12. Plan estratégico regional de turismo.
Los gobiernos regionales, de conformidad con su ley orgánica, aprueban el plan estratégico regional de turismo (PENTUR) como instrumento de planificación y gestión que impulsará el desarrollo de turístico de cada región, además identifica la vocación turística regional en concordancia con los lineamientos establecidos en el PENTUR vigente. El reglamento de la presente ley establece sus componentes esenciales.
Los programas y proyectos priorizados en el PENTUR son considerados en el plan de desarrollo locales concentrados, según corresponda.
Artículo 24. Declaración de las zonas de desarrollo turístico prioritario.
Corresponde a los gobiernos regionales declarar las zonas de desarrollo turístico prioritario de alcance regional con la finalidad de lo siguiente:
La declaración de las zonas de desarrollo turístico prioritario debe enmarcarse dentro de los objetivos y estrategias del PENTUR.
Adecuación del Reglamento de la Ley General de turismo, mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Comercio Exterior y Turismo, se adecuará el reglamento de la Ley la Ley General de Turismo, aprobado con el decreto Supremo 003-2010-MINCETUR, a las modificaciones establecidas en la presente ley.
La norma publicada lleva las firmas del presidente del Congreso, Luis Galarreta; y del mandatario de la República, Martín Alberto Vizcarra Cornejo.
PRENSA-CONGRESO 17-4-18
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