La Comisión de Trabajo del Congreso aprobó por unanimidad el proyecto de ley que crea el Registro de Empleadores Morosos, en el cual figurarán las empresas, socios y accionistas que hayan incumplido con pagar los beneficios sociales a sus trabajadores. Para que el empleador pase al registro, previamente debe existir una sentencia consentida o ejecutoriada expedida por el Poder Judicial.
Lista estará en tres entidades. El registro será realizado por el Ministerio de Trabajo. Este incluirá los nombres y apellidos completos del empleador moroso y, cuando corresponda, la denominación de la entidad o empresa morosa. Asimismo, el monto de la obligación pendiente e intereses hasta la fecha de la comunicación.
La ley también dispone que el Órgano de Gobierno del Poder Judicial proporcione a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) mensualmente, la lista actualizada de los empleadores morosos, a efectos de que se registre la deuda laboral en la Central de Riesgos de dicha institución. Asimismo, esta información podrá ser remitida también a las centrales de riesgo privadas.
Piden capacidad sancionadora. Los congresistas de las diversas bancadas respaldaron el proyecto, pues señalan que beneficiará a los trabajadores debido a que ayudará a hacer más efectivo el cobro de sus beneficios laborales, mediante el registro de morosidad del empleador.
No obstante la congresista Yaneth Cajahuanca (GPN) sugirió incluir en la ley una capacidad sancionadora, así como también prohibírsele a las empresas morosas contratar con el Estado. Esto sería agregado al texto final, previo a su aprobación en el Pleno del Congreso.