12. RECOMENDACIONES Y ACCIONES
POR ADOPTAR
De conformidad con las conclusiones a las que se
han arribado en el presente informe y a las consideraciones
de hecho y de derecho que la sustentan, se formulan
las siguientes recomendaciones:
Respecto al Informe de la Comisión
Investigadora encargada de investigar las circunstancias
que produjeron el siniestro en la Discoteca Utopía.
Disponer la remisión del presente Informe
al Ministerio Público, con los Anexos y Folios
(....) que forman parte integrante del mismo, a fin
que de conformidad con lo dispuesto en el inciso g)
del artículo 88° del Reglamento del Congreso
de la República, a fin que se formule denuncia
contra los presuntos responsables por la comisión
de los ilícitos penales contenidos en los numerales
11.2, 11.3, 11.4 y 11.6 de las conclusiones del presente
informe.
Respecto a los locales que viene operando
sin las respectivas licencias municipales.
Solicitar que la Municipalidad Distrital de Santiago
de Surco, realice un operativo de fiscalización
en el Centro Comercial Jockey Plaza; aplicando las
sanciones que correspondan para aquellos casos en
donde se haya edificado o se viene operando sin las
autorizaciones municipales respectivas.
El informe sobre el encargo dispuesto será
remitido a la presente Comisión Investigadora
del Congreso de la República, en el plazo de
cuarenticinco días contados a partir de la
notificación del presente informe.
Respecto a las funciones del Instituto Nacional
de Defensa Civil en procedimientos iniciados a pedido
de parte y no de oficio.
Solicitar que el Instituto Nacional del Defensa Civil,
remita a la Municipalidades correspondientes y a la
presente Comisión Investigadora del Congreso
de la República, los pedidos formulados de
parte ante su institución, relativos a la seguridad
de los locales comerciales y de entretenimiento, con
el objeto de advertir a dichos gobiernos, sobre el
posible incumplimiento de normas de seguridad.
Respecto a la empresa administradora del
Centro Comercial Jockey Plaza Shopping Center.
Solicitar a la empresa administradora del Centro
Comercial Jockey Plaza, Centros Comerciales del Perú
SA; la ejecución de acciones inmediatas de
supervisión y fiscalización en los locales
y su infraestructura (pistas y parqueo vehicular)
a fin que se corrijan las deficiencias de seguridad
que podrían existir en previsión de
hechos como los ocurridos en la Discoteca Utopía.
Estas acciones deberán ser comunicadas a
la Comisión Investigadora del Congreso de la
República, en el plazo de treinta días,
contados a partir de la fecha de notificación
del presente informe, bajo responsabilidad.
Respecto a la participación de la
Compañía de Seguros Pacífico
Peruano Suiza.
Solicitar que la Superintendencia de Banca y Seguros
realice una investigación sumaria sobre la
participación de la Compañía
de Seguros Pacífico Peruano Suiza, respecto
a la Póliza de Seguro MRIE-438829, contratada
por la empresa Inversiones García North SAC,
propietaria de la Discoteca Utopía, por existir
la presunción de diversas irregularidades en
su tramitación y procedimiento, tales como:
Los resultados de la investigación deberán
ser comunicados a la Comisión Investigadora
del Congreso de la República, en el plazo de
treinta días, contados a partir de la fecha
de notificación del presente informe, bajo
responsabilidad.
Respecto a diversos locales que explotan
juegos de casino y máquinas tragamonedas.
Solicitar que el Ministerio de Comercio Exterior
y Turismo, de conformidad con lo establecido en el
Artículo 69° del Reglamento del Congreso
de la República, remita a la brevedad posible
la relación de empresas que explotan juegos
de casino y máquinas tragamonedas que han cumplido
con acreditar la renovación del Certificado
de Inspección del Instituto Nacional de Defensa
Civil, que dispone la Sétima Disposición
Transitoria de la Ley N° 27796, modificada por
la Ley N° 27910.
Respecto a diversos locales de entretenimiento
abiertos al público vinculados a los accionistas
de Inversiones García North.
Solicitar al Instituto Nacional de Defensa Civil,
realice de oficio la inspección técnica
de seguridad a diversos locales de entretenimiento
y espectáculos, de propiedad de las mismas
personas naturales y jurídicas que participaron
en el accionariado de Inversiones García North
S.A.C., conductora de la Discoteca Utopía,
debido a que existen indicios razonables que permiten
presumir que en dichos establecimientos se estarían
incumpliendo las disposiciones municipales y las medidas
de seguridad, tal como lo han denunciado a la Comisión
Investigadora, la ex Alcaldesa de la Municipalidad
Distrital de Barranco, en relación a los negocios
"Del Carajo" y "Don Jijuna", que
igualmente vienen operando sin licencia de funcionamiento
municipal, en razón de Acciones de Amparo concedidas
por el Poder Judicial, negándose la inspección
de seguridad por las autoridades municipales.
Entre las empresas que se ha podido identificar,
tenemos:
La dirección de los establecimientos se pueden
ubicar en la Dirección Ejecutiva de Juegos
de Casino y Máquinas Tragamonedas del MINCETUR.
Respecto a las empresas vinculadas a los
señores Alan Azizolahoff y Edgar Paz.
Solicitar a la Superintendencia Nacional de Administración
Tributaria, SUNAT, y a las municipalidades provinciales
y distritales donde se encuentran las empresas vinculadas
a los señores Alan Azizolahoff Gate y Edgar
Paz Ravines, iniciar una investigación sumaria
sobre la situación tributaria de las mismas,
al haberse evidenciado que muchas de ellas vienen
operando de manera informal, lo cual hace presumir
una posible evasión de impuestos.
Los resultados de la investigación deberán
ser comunicados a la Comisión Investigadora
del Congreso de la República, en el plazo de
treinta días, contados a partir de la fecha
de notificación del presente informe, bajo
responsabilidad.
Respecto al Instituto Nacional de Defensa
Civil.
Solicitar a la Presidencia del Consejo de Ministros
se declare en emergencia el INDECI y se proceda, en
un plazo prudencial, a evaluar las reales condiciones
de seguridad de todos los establecimientos abiertos
al públicos en el país, debiendo remitirse
mensualmente al Congreso de la República las
conclusiones y recomendaciones de dicho trabajo.
Respecto al personal de la Dirección
General de Migraciones.
Recomendar al Ministerio del Interior iniciar una
investigación sumaria sobre la actuación
del señor Rafael García Melgar, ex Director
General de Migraciones, respecto a la falta de colaboración
con la Comisión Investigadora al no haber comunicado
al ciudadano sudafricano Alan Azizolahoff Gate - al
momento de su salida del país - el requerimiento
que le había formulado la presidencia de la
Comisión Investigadora, para que se apersone
a brindar su declaración en el Congreso Nacional;
por cuanto este funcionario público conocía,
directamente y fue alertado a través de los
medios de comunicación de tal requerimiento.
Asimismo, solicitar al titular de esta cartera ministerial,
iniciar una investigación sumaria sobre la
actuación de las autoridades de la Dirección
General de Migraciones, por cuanto han estado tramitando
- al parecer en complicidad - la renovación
del Carnet de Extranjería del ciudadano sudafricano
Alan Azizolahoff Gate, sin actualizar ni verificar
sus datos desde hace 18 años, entre ellos la
fotografía de frente inexistente en dicho registro
de control migratorio.
Respecto a la personas que resultaron con
diversas lesiones en el cuerpo y en las vías
respiratorias.
Solicitar al Ministerio de Salud, a fin que de manera
directa o a través de los organismos de cooperación
internacional adscritos a dicho Sector, brinde cobertura
total de salud y tratamiento de rehabilitación
física y psicológica integral a las
personas que resultaron con diversas lesiones en el
cuerpo y la salud como resultado del incendio producido
en la Discoteca Utopía. Asimismo de ser el
caso, se coordine con los organismos de cooperación
internacional la asistencia de cirugía reconstructiva
de las referidas personas. Dicho beneficio se hará
extensivo a las víctimas a la tragedia de Meda
Redonda.
El Ministerio de Salud remitirá el plan de
acciones relacionados con el encargo encomendado en
el párrafo precedente a la Comisión
Investigadora del Congreso de la República,
en el plazo de treinta días, contados a partir
de la fecha de notificación del presente informe,
bajo responsabilidad.
Respecto al Personal del Cuerpo General de
Bomberos Voluntarios del Perú.
Solicitar a la Presidencia del Consejo de Ministros
iniciar una investigación sumaria sobre la
actuación del personal del Cuerpo General de
Bomberos Voluntarios del Perú, que participó
en las labores de control y extinción del incendio;
así como de rescate de las personas al interior
de la Discoteca Utopía; por cuanto, existen
indicios razonables que permiten presumir que durante
la emergencia no actuaron conforme al procedimiento
al haberse desplazo,- teniendo información
de lo que sucedía al interior de la discoteca
- por la Av. Manuel Olguín en vez de ingresar
por la puerta principal de acceso al Centro Comercial,
perdiendo considerables minutos que hubieran permitido
salvar la mayoría de estas vidas.
Respecto al Personal de la Policía
Nacional y de las Fuerzas Armadas.
Solicitar al Ministerio del Interior y al Ministerio
de Defensa a fin que evalúen las condiciones
económicas y demás beneficios del personal
de estos institutos armados, a efecto de que prescindan
de ser contratados por particulares, en sus días
de franco con el propósito de brindar servicios
de seguridad en establecimientos abiertos al público,
y compitan de manera desleal con las empresas especializadas
en brindar seguridad privada.
Respecto al Levantamiento del Secreto Bancario
y de la Reserva Tributaria.
Solicitar el levantamiento del secreto bancario a
la Superintendencia de Banca y Seguros, al amparo
de lo dispuesto en el inciso e) artículo 88°
del Reglamento del Congreso de la República,
habiendo cumplido con las exigencias establecidas
en el artículo 143° de la Ley N° 26702
- Ley General del Sistema Financiero y del Sistema
de Seguros y Orgánica de la Superintendencia
de Banca y Seguros Artículo 143°.- Levantamiento
del Secreto Bancario.- "El secreto bancario no
rige cuando la información sea requerida por:
4.- El Presidente de una Comisión Investigadora
del Poder Legislativo, con acuerdo de la Comisión
de que se trate y en relación con hechos que
comprometan el interés público".
Asimismo, solicitar el levantamiento de la reserva
tributaria a la Superintendencia Nacional de Administración
Tributaria - SUNAT, habiendo cumplido con los requisitos
establecidos en el literal a) del articulo 85°
del Decreto Supremo N° 135-99, "Artículo
85°.- Reserva Tributaria a) Las exhibiciones de
documentos y declaraciones que ordene el Poder Judicial
en los procedimientos sobre tributos, alimentos disolución
de la sociedad conyugal o en los procesos penales
penales; el Fiscal de la Nación en los casos
de presunción de delito; y la Comisión
de Fiscalización o de las Comisiones Investigadoras
del Congreso, con acuerdo de la comisión respectiva,
con arreglo a ley y siempre que se refieran al caso
investigado".; respecto de:
Los señores Alan Azizolahoff Gate y Edgar
Jesús Paz Ravínes; así como de
las empresas en las que participen en condición
de accionistas, miembros del Directorio o representante
legal.
El requerimiento obedece a que existe la presunción
que dichas empresas estarían funcionando de
manera informal y que por lo tanto, se estarían
evadiendo impuesto e incumpliendo con las normas mínimas
de seguridad.
Respecto al Convenio de Saneamiento Físico
Legal suscrito por Centro Comerciales del Perú
S.A. y la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco
Solicitar a la Contraloría General de la República
inicie una acción de control respecto a la
naturaleza jurídica del Convenio de Saneamiento
Físico Legal suscrito entre la Municipalidad
Distrital de Santiago de Surco y Centros Comerciales
del Perú S.A. con fecha 16 de abril de 1996,
cuyo objeto fue subsanar la falta de habilitación
urbana, conformidad de obra, licencia de construcción,
declaratoria de fábrica y licencia de funcionamiento
de la Parcela "H" de propiedad del Jockey
Club del Perú.
Respecto al Robo o Hurto de Bienes Diversas
Personas
Solicita al Ministerio Público profundice
las investigaciones por los presuntos delitos contra
el patrimonio en la modalidad de robo y hurto que
se dieron durante el siniestro en la Discoteca Utopía
y al momento de la evacuación y traslado de
las víctimas y lesionados.
Lima, 04 de febrero de 2003.
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