|
Rafael Rey exhibió comportamiento contrario a las normas jurídicas y los principios éticos parlamentarios
El congresista Jorge Mufarech ratificó su denuncia contra el congresista Rafael Rey en la Comisión de Ética, por haber exigido a la juez Mercedes Gómez, titular del Decimosexto Juzgado Penal de Lima, información sobre una resolución judicial en forma amenazante y contraviniendo la ley.
Mufarech Nemy indicó que “la Constitución es clara en el artículo 139, al señalar que ninguna autoridad puede interferir en el ejercicio de las funciones del órgano jurisdiccional, en ese sentido Rafael Rey ha intentado vulnerar la independencia del Poder Judicial”.
Según denunció la Juez Mercedes Gómez en un oficio dirigido a Víctor Raúl Masilla, entonces Presidente de la Corte Superior de Lima, el congresista Rey acudió a su despacho para que se le brinden explicaciones y fundamentos por los cuales se resolvió no abrir instrucción contra Orlando Caminada y otros, denunciados por el presunto delito de Colusión Ilegal en agravio de la Municipalidad de Lima.
En un evidente acto de prepotencia y abuso, Rey amenazó a la juez Gómez y le dijo, que “mandaría se le investigue como había hecho con otro magistrado” y, antes de retirarse del recinto Judicial, vociferó al personal del juzgado que: “vayan buscando un lugar donde irse”, según consta en el oficio que remitiera la juez al Presidente de la Corte Superior de Lima, lo cual ha sido ratificado por la magistrada a la propia Comisión de Ética.
De igual forma, la magistrada indica en el mismo documento, que anteriormente el congresista Rey telefoneó al juzgado, solicitando información respecto al contenido de dicha resolución y al ser informado por el secretario Walter Alcalá León, el parlamentario amenazó al funcionario, diciendo: “no saben en que lío se han metido”.
Enterado de los hechos, el entonces Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, Víctor Raúl Mancilla Novella, emitió una resolución advirtiendo la vulneración a la autonomía jurisdiccional, trasladándola para su conocimiento a la Comisión de Justicia del Congreso.
“Los congresistas de acuerdo al artículo 96º de la Constitución tienen la facultad de solicitar información, en el ejercicio de su función pública, a las instituciones que señala la ley, siempre y cuando se realice con las formalidades exigidas en el artículo 87° del Reglamento del Congreso, vale decir fundamentando dicho pedido por escrito”, sostuvo Mufarech Nemy.
Con el ruego de su difusión.
Lima, 10 de mayo de 2006.
|