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DIARIO DE LOS DEBATES
SEGUNDA LEGISLATURA ORDINARIA DE 2002
5.ª SESIÓN
JUEVES 13 DE MARZO DE 2003
PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES CARLOS FERRERO Y JESÚS
ALVARADO HIDALGO
SUMARIO
El señor PRESIDENTE (Carlos Ferrero).—
Han registrado su asistencia 69 señores
congresistas. El quórum para esta sesión
es de 51 congresistas.
Con el quórum reglamentario, se reanuda la sesión.
Señores, quiero recordarles que las cuestiones
previas se plantean sobre algo que se está discutiendo,
sobre la procedibilidad del debate, de tal manera que,
según la Agenda, lo que corresponde es discutir
las modificaciones a la Ley de los delitos aduaneros.
El señor PRESIDENTE
(Carlos Ferrero).— Bien, señor
congresista.
Tiene la palabra el congresista Mufarech Nemy.
El señor MUFARECH NEMY
(PP).— Bien, Presidente.
Como dijo el congresista Chamorro, soy miembro de la
Comisión de Comercio Exterior y Turismo, y fui
encargado por el presidente de la Comisión de
Economía, el congresista Rodrich, de participar
en la reunión con la Comisión de Justicia,
y así lo hemos hecho, Presidente; además,
soy autor de uno de los proyectos.
En la sesión plenaria de la semana pasada, los
congresistas Natale Amprimo, Mauricio Mulder y, posteriormente,
el congresista Ántero Flores-Aráoz, todos
ellos miembros de la Comisión de Justicia, hicieron
algunas observaciones e importantes aportes al proyecto
de la nueva Ley de los delitos aduaneros, los cuales
han sido recogidos e incorporados a un nuevo texto consensuado
entre las Comisiones de Economía y de Comercio
Exterior y Turismo y por los señores congresistas
miembros de la Comisión de Justicia que asistieron
a esa reunión.
En la elaboración de este nuevo texto también
han participado las congresistas Judith de la Mata y
Anel Townsend, así como los congresistas Carlos
Almerí, Alcides Chamorro, Jorge del Castillo,
José Luis Delgado y Mauricio Mulder, por la Comisión
de Justicia, pues ellos también asistieron a
las sesiones celebradas el viernes y lunes pasado.
Entre los principales aspectos que se han consensuado
podemos mencionar los siguientes:
Se ha mantenido el rango de las penas de todas las figuras
delictivas, tal como está establecido en la ley
actual, atendiendo la observación del congresista
Mulder, quien señalaba que lo establecido en
el proyecto era sumamente represivo.
También se ha modificado la forma de penalizar
la tentativa, a sugerencia de los congresistas Mulder,
Chamorro y Almerí. Ahora se propone penalizarla
con la pena mínima legal que corresponda al delito
consumado, siguiendo la tendencia de países como
México, Costa Rica, Chile, Argentina, entre otros.
Además, el nuevo texto ya no considera la sanción
de los casos en los cuales el agente desista voluntariamente
de proseguir con los actos de ejecución del delito
o impida que se produzca el resultado; aspecto que también
fuera observado por los congresistas Mulder y Flores-Aráoz.
En cuanto a la inhabilitación, este nuevo texto
remite como pena accesoria al artículo 36.°
del Código Penal, que establece sanciones que
van desde la suspensión de la función
pública, en el rango de cinco a ocho años,
hasta la privación de los grados militares y
policiales. Este punto también ha sido modificado
a solicitud del congresista Flores-Aráoz.
Asimismo, se ha retirado la posibilidad de que el agente
para los delitos aduaneros sea un magistrado o auxiliar
jurisdiccional, en cuanto retarden, dificulten o varíen
la tipificación de estos delitos, ya que estas
acciones están contempladas en otras figuras
delictivas. También se ha realizado esta modificación
a sugerencia del congresista Flores-Aráoz. Pero
esperamos los cambios de actitud de parte de todas las
autoridades, especialmente aduaneras, policiales y judiciales.
También se ha uniformizado en todo el texto la
utilización de la denominación “administración
aduanera”, para referirse a la Sunad, a la Aduana
o a la autoridad aduanera, con la finalidad de que haya
una mejor comprensión.
Para darle mayor celeridad a estos procedimientos se
establece que estos delitos sean tramitados por la vía
del proceso sumario, a fin de evitar que por el paso
del tiempo, como sucede en la actualidad, se pierdan
o se deterioren o se roben las mercancías incautadas
o sus accesorios o partes, en perjuicio del país.
Esta propuesta es personal, señor Presidente,
y la formulo por las experiencias que hemos vivido en
el pasado.
Del mismo modo, se ha consensuado la participación
de las Fuerzas Armadas sólo como colaboradores,
en la forma y proporcionalidad que el caso amerite y
cuando la capacidad de respuesta de la administración
aduanera resulte insuficiente para la represión
de estos delitos.
Con respecto a la constitucionalidad de la participación
de las Fuerzas Armadas, que también ha sido objetada
por algunos congresistas, debo precisar que esta propuesta
ha sido formulada por el Poder Ejecutivo; y no hay que
olvidar que en las zonas de frontera, en especial en
las del sur del país, los contrabandistas irrumpen
con contingentes armados, denominados “convoyes”
o “culebras de camiones”, incluso con armas
de guerra que están prohibidas, lo cual impide
que la Policía Nacional, y menos aún el
personal de los puestos aduaneros, realice un control
efectivo.
Todos sabemos que la tenencia y uso de armamento de
guerra está prohibida, sin embargo, esos delincuentes
las usan libremente para repeler o intimidar cualquier
reacción de la Policía Nacional. En este
nuevo texto se señala que las Fuerzas Armadas
prestarán colaboración en forma proporcional
y de acuerdo con la gravedad del caso, y bajo responsabilidad.
No se establece que esta participación sea permanente,
sino excepcional, cuando las posibilidades de respuesta
de la Aduana y de la Policía no sean suficientes.
Además, la participación de las Fuerzas
Armadas se realizará sólo a petición
de la autoridad aduanera, no habrá discrecionalidad
de acción.
El artículo 165.° de la Constitución
establece que las Fuerzas Armadas tienen como finalidad
primordial garantizar la independencia, la soberanía
y la integridad territorial de la República.
Entonces, la norma constitucional no establece que estas
facultades sean exclusivas, sino primordiales, principales,
entre otras que la ley asigne. Por eso consideramos
que no hay ninguna incompatibilidad de naturaleza constitucional,
como se ha expresado alguna vez.
Por último, debo manifestar que afortunadamente
regresé ayer al Congreso, aproximadamente a las
nueve y veinte de la noche, a su solicitud, señor
Presidente, porque la Sociedad Nacional de Industrias
envió, a través de su presidente, un documento
en el que solicitaba que sea destruida directamente
la mercancía de importación prohibida
o restringida y las sujetas al pago del impuesto selectivo
al consumo, tales como las gaseosas, cervezas, licores,
cigarrillos, combustibles y otros.
Por ello propongo al presidente de la Comisión
de Economía que el literal d) del artículo
28.° quede redactado de la siguiente manera:
“d) La mercancía de importación
prohibida o restringida, las que atenten contra la salud,
el medio ambiente, los derechos de autor y de propiedad
intelectual, las sujetas al pago del impuesto selectivo
al consumo, las que queden sin ofertas en la última
subasta y los productos sensibles que la administración
aduanera determine, por afectar la recaudación
tributaria, a la industria nacional y al importador
formal, serán destruidas directamente”.
Por lo expuesto, considero que este nuevo texto se encuentra
expedito para ser puesto a consideración del
Pleno del Congreso.
Muchas gracias, señor Presidente.
El señor PRESIDENTE
(Carlos Ferrero).— Tiene un minuto, congresista
Mufarech Nemy.
El señor MUFARECH NEMY
(PP).— Sólo un minuto, Presidente.
Ese tema ha sido debidamente discutido durante muchos
meses con el mismo personal de Aduanas, Presidente.
El Ejecutivo no ha contemplado esa posibilidad, y ningún
país del mundo saca su mercadería a remate
internacional. Eso nos llevaría a organizarla
por primera vez en el mundo, porque no es rutina hacer
este tipo de remates.
Se había contemplado que el producto sea rematado
al cincuenta por ciento del precio base, pero eso no
quiere decir que sea adjudicado por ese precio. Además,
en ese remate no van a participar los contrabandistas,
sino las empresas formales que estarían siendo
afectadas y que están debidamente inscritas en
la Sunat. Es justamente todo lo contrario, es para beneficiar,
Presidente.
Pero van a quedar muy pocos productos para remate, porque
a solicitud de la Sociedad Nacional de Industrias se
ha considerado establecer en un artículo del
proyecto la adjudicación de varios productos.
Además, no se puede destruir un automóvil,
por ejemplo, el precio base del remate va a ser el cincuenta
por ciento del valor determinado por la administración
aduanera, y van a pujar hasta llegar al precio que quieran
pagar.
Voy leer el artículo 30.° del proyecto, Presidente:
“Artículo 30.°.— Adjudicación
de bienes
La Administración Aduanera adjudicará
directamente, dando cuenta al fiscal o juez penal que
conoce la causa, los siguientes bienes:
a. Todos los productos comestibles del Programa Nacional
de Apoyo Alimentario, previa constatación de
su estado por la autoridad competente.
b. Todos los productos farmacéuticos para uso
humano, así como los insumos, instrumental y
equipo de uso médico u odontológico, al
Ministerio de Salud.
c. Todos los productos de uso veterinario, al Ministerio
de Agricultura.
d. Todos los equipos y material de uso educativo, al
Ministerio de Educación para ser distribuidos
a los centros estatales a nivel nacional.”
Además, si consideramos que hemos incorporado
las mercancías de importación prohibida
o restringida, las que atentan contra la salud, el medio
ambiente, los derechos de autor y de propiedad intelectual,
así como las sujetas al pago de impuesto selectivo
al consumo, las que queden sin ofertas en la última
subasta y los productos sensibles a la administración
aduanera, yo creo que hemos reunido prácticamente
todos los productos.
El señor PRESIDENTE (Carlos
Ferrero).— Tiene la palabra el congresista Mufarech
Nemy.
El señor MUFARECH NEMY (PP).—
Presidente: Estoy totalmente de acuerdo con el colega
Zumaeta Flores, quien ha planteado que sólo debemos
discutir los puntos sobre los cuales hay discrepancias.
Éste es un proyecto que viene del Ejecutivo,
y como dice el colega Zumaeta Flores, ya tiene dos años
aquí, lo hemos entrampado todos nosotros. Y así
como en el tema de Telefónica se ha dicho que
están haciendo lobby, en este caso parece que
estuvieran haciendo lobby los contrabandistas, Presidente.
El señor PRESIDENTE
(Carlos Ferrero).— Congresista Mufarech,
yo preferiría, interpretando a la Sala, que cuando
algún congresista piense distinto, no creamos
nosotros que es por un determinado interés, porque
los congresistas tienen el derecho de pensar diferente,
sin que nosotros mismos podamos sospechar de nadie.
Entonces, le pido que retire esa frase para que no haya
ninguna interrupción.
El señor MUFARECH NEMY
(PP).— Está retirada, Presidente;
no hay ningún inconveniente.
El señor PRESIDENTE
(Carlos Ferrero).— Ha sido retirada.
Puede continuar, congresista Mufarech.
El señor MUFARECH NEMY
(PP).— Yo soy testigo de que la colega
Judith de la Mata ha estado en la Comisión de
Justicia, donde en lugar de asistir catorce congresistas
sólo estábamos tres o cuatro, Presidente.
Hemos estado allí el viernes y el lunes, pero
no hemos podido sesionar por falta de quórum.
El texto del proyecto que se iba a aprobar en la Comisión
de Justicia es exactamente igual al consensuado, en
el que se ha cedido en muchos puntos.
Con respecto a lo manifestado por el colega Villanueva
Núñez, sobre receptación aduanera,
quiero decirles que en este proyecto se ha reducido
de cuatro Unidades Impositivas Tributarias —aproximadamente
4 mil dólares— a dos Unidades Impositivas
Tributarias. Es decir que si una persona ingresa mercancía
ilegal por un valor menor a los 2 mil dólares,
aproximadamente, no va a la cárcel, la sanción
es administrativa, colega Villanueva. Más bien
con referencia al ejemplo de la gallina que usted había
mencionado, esta gallina tendría que valer más
de 2 mil dólares, y no conocemos una de ese valor.
Finalmente, con relación a que si se agrava la
pena o no, quiero decirle que se ha señalado
sanciones de ocho a doce años para aquellos que
incurran en las circunstancias agravantes que se señalan
en este proyecto. Se trata de sancionar arriba de los
2 mil dólares, aproximadamente.
Gracias, señor Presidente.
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